El derecho y la moral

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Trabajo en Equipo por Fernando Alfonso y Daniela Hurtarte
Daniela Hurtarte
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Daniela Hurtarte
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El Derecho y la moralPor; Fernando Alfonso y Daniela Hurtarte.¿Cuándo y por qué surge la supuesta tensión entre el Derecho positivo (iuspositivismo) y el Derecho natural (iusnaturalismo)?Cuando se alude a otro Derecho, como el natural, que se dice anterior y superior al Derecho positivo, nos enfrentamos al problema de la justificación última de las normas jurídicas, de los mandatos que el poder político.La tensión original, desde un punto de vista histórico-político, entre el Derecho positivo y el natural, tiene su origen en el cuestionamiento que con carácter ético o moral se hace de las normas injustas producidas por una autoridad que posee el recurso de la fuerza institucionalizada.Si la naturaleza (physis) constituye el elemento primordial, estable y unitario del que todo surge, en la medida en que los hombres a través de su razón sean capaces de descifrar cuáles son las leyes y principios que la componen.Evidentemente, esas leyes que ex plican el funcionamiento de la naturaleza poseen, al unísono, las mismas cualidades que physis, es decir, se trata de leyes estables, absolutas y universales, las cuales no están sujetas a la voluntad humana sino que la anteceden y trascienden, pero que pueden ser 6 develadas por vía de la razón. así también deben existir leyes o principios de orden universal, absoluto y 98 eterno, asequibles a la razón, que señalen a qué debe ceñirse el actuar de los hombres.Es por ello que al Derecho que se atribuyen esas características de parámetro permanente, principio, fuente de inspiración y guía o contrapeso del Derecho positivo, se le ha denominado Derecho natural.Dado que los mandatos de la moral se dan al interior y en la soledad de cada individuo, las relaciones que éstos establecen son unilaterales, las del hombre con su propia conciencia. En cambio, el Derecho regula la vida en sociedad, nuestra relación externa con los demás, el carácter de dicha relación será bilateral.También el contraste interioridad-exterioridad nos permite deducir la autonomía de la moral y la heteronomía del Derecho. La moral es incoercible y el Derecho coercible.

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