La delincuencia organizada transnacional no queda estancada; antes bien, es una industria siempre cambiante que se adapta a los mercados y crea nuevas formas de delincuencia. En resumen, es un negocio ilícito que trasciende las fronteras culturales, sociales, lingüísticas y geográficas y que no conoce fronteras ni reglas.
El tráfico de drogas sigue siendo la forma más lucrativa de negocio para los delincuentes, ya que tiene un valor anual estimado en 320.000 millones de dólares. En 2009 la UNODC calculó que el valor anual aproximado de los mercados mundiales de cocaína y opiáceos ascendía a 85.000 millones de dólares y 68.000 millones de dólares, respectivamente.
La trata de personas es un delito mundial en el que los hombres, las mujeres y los niños son tratados como productos con fines de explotación sexual o del trabajo. Si bien las cifras varían, según una estimación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) realizada en 2005, el número de víctimas de la trata en un momento dado era de alrededor de 2,4 millones y las ganancias anuales de unos 32.000 millones de dólares. Sin embargo, las estimaciones más recientes y precisas de la OIT sobre las tendencias generales del trabajo forzoso nos inducirían a pensar que el alcance del problema es mucho mayor. En Europa la trata de mujeres y niños, principalmente, con fines de explotación sexual genera 3.000 millones de dólares por año y conlleva 140.000 víctimas en un momento dado y una corriente anual de 70.000 víctimas.
El tráfico ilícito de migrantes es un negocio bien organizado que moviliza a las personas alrededor del mundo por conducto de redes y grupos delictivos y a lo largo de diversas rutas de tráfico. Los grupos delictivos organizados pueden ofrecer a los migrantes un "paquete de viaje" en el que el trato que reciben a lo largo de la ruta corresponde al precio que pagan a los traficantes. En el proceso de tráfico sus derechos suelen ser violados y es posible que los roben, los violen, los secuestren o incluso los dejen morir en algunos casos, cuando los riesgos aumenten demasiado para los traficantes. A muchos de los traficantes no les importa si los migrantes se ahogan en el mar, mueren de deshidratación en el desierto o fallecen sofocados en un contenedor. Ese comercio está avaluado en miles de millones de dólares por año. En 2009 se generaron unos 6.600 millones de dólares de resultas del tráfico ilegal de 3 millones de migrantes de América Latina a América del Norte[7], en tanto que el año anterior el traslado ilegal de 55.000 migrantes de África a Europa generó 150 millones de dólares.
El tráfico ilícito de armas de fuego genera de 170 millones a 320 millones de dólares por año y pone en manos de delincuentes y pandillas armas cortas y rifles de asalto. Es difícil calcular el número de personas que caen víctimas de esas armas ilícitas; no obstante, en algunas regiones (por ejemplo en América) existe una firme correlación entre los índices de homicidios y el porcentaje de homicidios perpetrados con armas de fuego.
El tráfico ilícito de recursos naturales abarca el contrabando de materias primas, entre ellas diamantes y metales raros (con frecuencia desde zonas de conflicto). Mientras tanto, el tráfico ilícito de madera en el Asia sudoriental genera ingresos anuales por valor de 3.500 millones de dólares. Además de financiar grupos delictivos, esa clase de actividad clandestina en última instancia contribuye a la deforestación, el cambio climático y la pobreza rural.
El comercio ilegal de flora y fauna silvestres es otro negocio lucrativo para los grupos delictivos organizados, en el que los cazadores furtivos consiguen pieles y partes del cuerpo de los animales para exportar a mercados extranjeros. El tráfico de marfil, cuernos de rinocerontes y pieles y huesos de tigres de África y el Asia sudoriental a Asia produce 75 millones de dólares por año de ganancias mal habidas y pone en peligro la existencia de algunas especies. Los grupos delictivos organizados también comercian plantas raras y animales vivos, amenazando su propia existencia para atender a la demanda de coleccionistas o consumidores desprevenidos. Según el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF), los traficantes trasladan ilegalmente más de 100 millones de toneladas de pescado, 1,5 millones de pájaros vivos y 440.000 toneladas de plantas medicinales por año.
La venta de medicamentos adulterados es motivo de honda preocupación, ya que entraña un comercio potencialmente letal para los consumidores. Aprovechando la expansión del comercio legítimo de productos farmacéuticos de Asia a otras regiones en desarrollo, los delincuentes comercian medicamentos fraudulentos provenientes de Asia, en particular al Asia sudoriental y África, por valor de 1.600 millones de dólares. En lugar de curar a los enfermos, esos medicamentos pueden provocar la muerte o crear resistencia a la medicación utilizada para tratar enfermedades infecciosas mortales como el paludismo y la tuberculosis. Además de los métodos de tráfico tradicionales, los delincuentes siguen desarrollando un comercio electrónico lucrativo de medicamentos fraudulentos en los países desarrollados y los países en desarrollo por igual, lo que también puede repercutir en la salud de los consumidores.
La delincuencia cibernética abarca varios sectores, pero uno de los más lucrativos es el hurto de identidad, que genera alrededor de 1.000 millones de dólares por año. Los delincuentes aprovechan cada vez más la Internet para sustraer información privada, ingresar a cuentas bancarias y obtener detalles de las tarjetas de pago en forma fraudulenta.
Definiendo el Crimen Organizado.
La complejidad, las manifestaciones múltiples y la ilicitud del crimen organizado hacen que su definición no sea una tarea sencilla, y por ello no suele haber consenso respecto de la misma. No obstante, puede afirmarse que existen dos orientaciones principales para definir al crimen organizado: una intensiva y una extensiva. La primera intenta ofrecer características que todo crimen organizado posee necesaria y suficientemente, mientras que la segunda se encarga de mencionar todos los delitos que caen en esta categoría. Dentro de las definiciones intensivas, Hagan (2006) detalla cuales son las características que más se iteran entre los autores que definen el crimen organizado, mencionando la previsión de lucro, la división del trabajo, la organización jerárquica, el uso de la violencia y algún nivel de complicidad con la esfera estatal. Por su lado, Rojas Aravena (2008) señala que la delincuencia organizada se diferencia de la “común” porque rebasa los controles gubernamentales; establece líneas de operaciones basadas en un sistema complejo de tipo empresarial; persigue el poder económico y social; posee una marcada orientación transnacional y una fuerte especialización.
Desde una perspectiva más jurídica, es meritorio mencionar la definición que realiza la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional, también llamada Convención de Palermo, que fue adoptada en 2000 y entró en vigor el 29 de septiembre de 2009, que brinda la siguiente definición de “grupo delictivo organizado” en su artículo 2: “Por “grupo delictivo organizado” se entenderá un grupo estructurado de tres o más personas que exista durante cierto tiempo y que actúe concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos graves o delitos tipificados con arreglo a la presente Convención con miras a obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro beneficio de orden material.” (ONU, 2004)
En cierto sentido, el Código Penal argentino se halla en correspondencia con tal definición, aunque lo hace respecto de la tipificación de asociación ilícita, en su artículo 210: “Será reprimido con prisión o reclusión de tres a diez años, el que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación. Para los jefes u organizadores de la asociación el mínimo de la pena será de cinco años de prisión o reclusión.”
Por otro lado, las definiciones extensivas consisten en listas de delitos que son tipificados como parte de la delincuencia organizada. No existe una lista determinada, pero pueden mencionarse el narcotráfico, el tráfico de armas, la trata de personas, el tráfico de órganos, el tráfico de bienes culturales, la falsificación de moneda, los delitos ambientales, los delitos cibernéticos, el lavado de dinero y muchos otros. Desde esta perspectiva, Buscaglia (2013), identifica veintitrés dimensiones o modalidades del crimen organizado, incluyendo al lenocinio, la extorsión, el homicidio calificado, el secuestro extorsivo y el robo de vehículos.
Esta distinción entre definiciones intensivas y extensivas es útil en términos teoréticos, pero también jurídicos, puesto que las leyes que intentan atacar y/o prevenir la delincuencia organizada, suelen seguir alguno de los modelos, y ello tiene implicancias disímiles. En general, las leyes que no emplean listas de delitos suelen tener varias ventajas, puesto que pueden generarse nuevos delitos de manera constante y más aun con el desarrollo de la tecnología. Además, es habitual que los grupos dedicados al crimen organizado no siempre se aboquen a una única actividad, sino que por el contrario suelen realizar varias de manera simultánea, e incluso mutar sus actividades predilectas dependiendo de los incentivos que reciban.
De cualquier modo, ambos tipos de definiciones son necesarias para todo tipo de análisis, y si bien aquí se detallarán algunas características propias de cualquier tipo de delito organizado, en el pormenor de cómo se desarrolla el mismo en Argentina, será productivo repasar algunos de los más relevantes delitos y sus peculiaridades. Asimismo, más allá de lo establecido por la Convención de Palermo, el foco del presente trabajo no está puesto en las pequeñas asociaciones criminales que pueden constituirse por tres personas, sino en los grandes grupos que realizan consecutivamente delitos de manera articulada. En términos generales, puede aseverarse que un grupo dedicado al crimen organizado, como se entenderá en este trabajo, posee, al menos, las siguientes características:
El medio para alcanzar el fin es el desarrollo de actividades ilícitas: la gama de actividades que pueden desarrollar estos grupos es muy amplia, y si bien se centran en acciones ilegales, no debe descartarse que muchos grupos posean fuertes interconexiones con empresas u otras organizaciones lícitas.
Su fin es el ánimo de lucro: si bien quienes integran bandas criminales pueden influenciar al poder político y social, su telos no es otro que la obtención y distribución entre sus miembros de recursos materiales.
Temporalidad: se entiende que un grupo dedicado al crimen organizado no es aquel constituido para realizar un único delito, sino que debe tener cierta continuidad en el tiempo y constancia en el desarrollo de sus actividades.
Estructura: todo grupo dedicado al crimen organizado tiene algún tipo de organización, por lo que se constituye a través de cierta estructura. Las actividades delictivas implican un alto riesgo, y más aún cuando es un número elevado de personas las que las desarrollan. Para ello, es necesario generar lazos de confianza –usualmente por medio de la existencia de vínculos familiares, étnicos o socioculturales que brindan una identidad común- o, de no ser posible, de coerción, que aseguren la fidelidad de los miembros. La literatura se ha explayado suficientemente en lo relativo a la estructura de los grupos criminales. Un informe de la UNODC (2012), sintetiza los distintos patrones de organización delictiva en los siguientes tipos: Lazos familiares; Mafias; Pandillas; Modelos mixtos con participación de miembros ajenos al grupo; Grupos con conexiones con organizaciones terroristas o paramilitares y Células y redes complejas. Algunas de las estructuras usualmente más difundidas en Latinoamérica son los denominados “carteles”, que suelen manejar porciones de territorio, y las “Bacrim” o bandas criminales, típicas de Colombia.
Altos niveles de sofisticación: en comparación con la delincuencia tradicional, la desarrollada por grupos organizados suele caracterizarse por su elevado nivel de sofisticación, con métodos y técnicas elaboradas y, en ocasiones, estandarizadas. Esta elevada sofisticación va de la mano de una alta capacidad de mutabilidad, pues dado que las organizaciones criminales no se rigen por normas formales, no padecen una dependencia de la trayectoria fuerte, haciendo que puedan cambiar y transformarse de manera mucho más rápida que las instituciones estatales.
Violencia: la violencia es usual en las actividades de los grupos criminales, sin embargo, no siempre la emplean. Inclusive ciertos estudios intentan demostrar que los grupos criminales tratan de reducir al máximo los niveles de violencia con el objetivo de disminuir la visibilidad pública y, por ende, la presión estatal (Kessler, 2011). En términos teóricos, puede decirse que la violencia surge ante dos tipos de circunstancias: cuando distintas bandas criminales se enfrentan por el control de un negocio o un territorio, o cuando una o más bandas se enfrentan con el Estado. Esto es así porque al tratarse de grupos ilícitos, no poseen formas institucionalizadas de resolver sus conflictos, por lo que recurren a métodos no institucionalizados, dentro de los cuales el más obvio es la violencia. Por el contrario, cuando una organización posee el monopolio dentro de un territorio determinado, la probabilidad de que la violencia sea elevada es relativamente baja. En este sentido, puede generarse una situación paradójica según la cual, cuando un Estado pretende enfrentar a las organizaciones, el nivel de violencia puede ser más alto que cuando las deja actuar libremente, aunque esta dicotomía se da sólo cuando se posee una concepción de combate a la criminalidad únicamente vinculada al accionar policial. De cualquier modo, aun cuando las circunstancias permiten que los niveles de violencia efectiva a los que recurren estos grupos sean bajos, éstos siempre operan bajo la lógica de una violencia latente que amenaza con aparecer cuando ello resulte necesario (pueden producir temor en la sociedad -e incluso en los operadores estatales- aun en períodos en que no recurren materialmente a la violencia).
Corrupción: casi cualquier organización delictiva de envergadura posee al menos algún vínculo con las esferas estatales, principalmente con funcionarios públicos o aquellos agentes encargados de hacer cumplir la ley mediante el potencial uso de la fuerza, como policías u oficiales penitenciarios. El desarrollo de actividades delictivas de gran tamaño sería imposible sin estos vínculos de complicidad, que se ven facilitados por los altos niveles de ganancia que estas actividades suelen poseer.
Lavado de Dinero: las enormes ganancias que producen las actividades vinculadas al crimen organizado requieren de otras actividades que sirvan para hacer pasar ese dinero por lícito casi de manera inexorable, y por supuesto esta cuestión se asocia muy fuertemente con la corrupción.
Una dimensión cada vez más transnacional: las actividades delictivas organizadas adquieren cada vez más un carácter transnacional, pues los grupos suelen operar de manera simultánea y coordinada en diferentes países, tanto de una misma región como del globo entero. En este sentido es que ha surgido el concepto de “Crimen Organizado Transnacional”, y la problemática es cada vez más aprehendida como una cuestión “interméstica”, es decir, que abarca tanto dimensiones domésticas como internacionales. Esto entra muchas veces en conflicto con el concepto westphaliano de soberanía, y con la forma de resolver problemas que ese modelo trae aparejado.
Implica fuertes costos para los Estados y las sociedades: dado el carácter ilícito del crimen organizado, cualquier estimación de sus costos es siempre aproximada, pero no por ello debe dejar de verse su importancia. Así por ejemplo, Rojas Aravena (2011) sostiene que los costos directos asociados al crimen –no sólo al organizado- en Brasil se han estimado entre un 3 y un 5% del PBI al año. Por su parte, Carrillo-Flores (2007) ha informado que el costo para Latinoamérica varía ente un 2 y un 15% del PBI de los países8. De cualquier manera, como se verá, no sólo el costo económico es importante, pues no debe dejar de notarse el importantísimo efecto que el crimen organizado acarrea sobre las instituciones en general y sobre la democracia en particular, erosionando además la confianza de la ciudadanía y consecuentemente, el desarrollo humano. Además, la violencia que trae aparejado el delito también posee amplios costos directos sobre la policía, el sistema de salud, el sistema de justicia criminal, la vivienda, los servicios sociales y los derechos humanos en general, y costos indirectos en la salud, la economía y la sociedad (Buvinic, Morrison y Shifter, 1999).
Efecto cucaracha, que refiere a la tendencia de las organizaciones criminales a fragmentarse y dispersarse. Las organizaciones de menor tamaño y con cabecillas menos identificables suelen ser más difíciles de desmantelar que las grandes organizaciones con un líder visible. Un caso típico es el de Colombia, que luego de la caída de los carteles de Medellín y Cali, fue testigo del surgimiento de una multiplicidad de organizaciones más dispersas.
La Convención Internacional de Palermo (Italia) unificó criterios y doctrinas al respecto, que hasta entonces se encontraban dispersas, avanzando en la dilucidación de factores directamente implicados con la delincuencia organizada transnacional.
Por grupo estructurado se entenderá un grupo no creado fortuitamente para la comisión inmediata de un delito y en el que no es necesario que se haya asignado a sus miembros funciones formalmente definidas ni exista continuidad en la condición de miembro o una estructura desarrollada.
Por delito grave se entenderá la conducta que constituya un delito punible con una privación de libertad máxima de al menos cuatro años o con una pena más destacada.
Por bienes se entenderá los activos de cualquier tipo, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, y los documentos o instrumentos legales que acrediten la propiedad u otros derechos sobre dichos activos. Por producto del delito se entenderá los bienes de cualquier índole derivados u obtenidos directa o indirectamente de la comisión de un delito.
Por embargo preventivo o incautación se entenderá la prohibición temporal de transferir, convertir, enajenar o mover bienes y la custodia o control transitorio de éstos por decisión de un tribunal o autoridad competente.
Por decomiso se entenderá la privación con carácter definitivo de bienes por disposición de un tribunal o de otra autoridad.
Por entrega vigilada se entenderá la técnica consistente en dejar que remesas ilícitas o sospechosas salgan del territorio de uno o más Estados, los atraviesen o entren en el mismo, con el conocimiento y bajo supervisión de sus delegados, a fin de investigar delitos e identificar a las personas involucradas en la comisión de éstos.
Por organización regional de integración económica se entenderá una organización constituida por países soberanos de una región determinada, a la que sus Estados miembros han transferido competencias en las cuestiones regidas por la Convención y que ha sido debidamente facultada, de conformidad con sus procedimientos internos, para firmar, ratificar, aceptar o aprobar la Convención o adherirse a ella; las referencias a los “Estados Parte” con arreglo a la Convención se aplicarán a esas organizaciones dentro de los límites de su competencia.
Por delito determinante se entenderá todo delito del que se derive un producto que pueda pasar a constituir materia delictiva definida en el artículo sexto de la Convención, cuyo tenor literal, en lo concerniente a la penalización del blanqueo del producto del delito, dice: Cada Estado Parte adoptará, de conformidad con los principios fundamentales de su derecho interno, las medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para tipificar como delito, cuando se cometan intencionalmente:
a) La conversión o la transferencia de bienes, a sabiendas de que éstos son producto delictivo, con el propósito de ocultar o disimular su origen ilícito o ayudar a cualquier persona involucrada en la comisión del delito determinante a eludir las consecuencias jurídicas de sus actos.
b) La ocultación o disimulación de la verdadera naturaleza, origen, ubicación, disposición, movimiento o propiedad de bienes o del legítimo derecho a éstos, a sabiendas de que son producto del delito.
c) Con sujeción a los conceptos básicos de su ordenamiento jurídico:
I.- La adquisición, posesión o utilización de bienes, a sabiendas, en el momento de su recepción, de que son producto del delito.
II.- La participación en la comisión de cualesquiera de los delitos tipificados con arreglo al presente artículo, así como la asociación y la confabulación para cometerlos, el propio intento, la ayuda, la iniciación, la facilitación y el asesoramiento en
Como en el caso de la delincuencia o crimen organizado transnacional, tampoco existe una definición universal y unánime del término “terrorismo”, sea nacional o internacional. Sin embargo, la descripción con mayor grado de aceptación es la que define el fenómeno terrorista como el uso ilegal y extremo de la violencia, motivada inicialmente por aspiraciones políticas, que se caracteriza por inducir terror en la población civil para imponer decisiones o comportamientos que de otra forma no se producirían. Dentro de estos procedimientos estratégicos se incluirían la imposición de condiciones de muy diversa índole: políticas, económicas, lingüísticas, de soberanía, religiosas, etc. Cuando este tipo de técnicas es utilizado por gobiernos oficiales, se calificaría como terrorismo de Estado o guerra sucia.
Si bien la mayoría de las definiciones actuales de terrorismo comparten un elemento habitual: la conducta violenta inspirada originalmente en ambiciones políticas, ciertos actos pueden estar ocasionados por otros factores como doctrinas religiosas fanatizadas. Es posible que algunas organizaciones, llegado su ocaso, deriven en facciones incontroladas con ausencia de jerarquía que orienten su actividad en la obtención de beneficios económicos mediante la práctica de delitos denominados socialmente de “comunes”.
De conformidad con el Consejo de la Unión Europa, se entenderá por acto terrorista la acción intencionada que, por su naturaleza o su contexto, pueda perjudicar gravemente a un país o a una organización internacional, tipificada como delito según el derecho nacional y cometida con el fin de:
I) Intimidar gravemente a una población
II) Obligar indebidamente a los gobiernos o a una organización internacional a practicar un acto o a abstenerse de realizarlo
III) Desestabilizar gravemente o destruir las estructuras políticas fundamentales, constitucionales, económicas o sociales de un país o de una organización internacional; esto es:
a) Atentados contra la vida de una persona que puedan causar la muerte
b) Atentados contra la integridad física de una persona
c) Secuestro o toma de rehenes
d) Causar destrucciones masivas a un gobierno e instalaciones públicas, transportes e infraestructuras, incluidos los sistemas de información, plataformas, lugares públicos o propiedades privadas que puedan poner en peligro vidas humanas o producir gran perjuicio económico
e) Apoderamiento de aeronaves y buques u otros medios de transporte colectivo o de mercancías
f) Fabricación, tenencia, adquisición, transporte, suministro o utilización de armas de fuego, explosivos, armas nucleares, biológicas y químicas e investigación y desarrollo de estas últimas.
g) Liberación de sustancias peligrosas o provocación de incendios, inundaciones o explosiones cuyo efecto sea poner en peligro vidas humanas
h) Perturbación o interrupción del suministro de agua, electricidad u otro recurso natural fundamental, cuyo efecto sea poner en peligro vidas humanas
i) Amenaza de llevar a cabo cualesquiera de las acciones enumeradas en los apartados (“a”) a (“h”)
j) Dirección de un grupo terrorista
k) Participación en las actividades de un grupo terrorista, incluido el suministro de información y materias, o mediante cualquier forma de financiación con conocimiento de que esa participación contribuirá a las acciones delictivas del grupo.
Los posibles “géneros” de terrorismo de acuerdo con sus objetivos e ideologías, se podrían estimar las siguientes categorías, relacionadas por orden alfabético y con las lógicas cautelas en la interpretación de definiciones que pueden variar/transmutar en diferentes partes del mundo:
a) Anarquista
b) Antiglobalización
c) Comunista/socialista
d) Derechista conservador
e) Derechista reaccionario
f) Izquierdista
g) Medioambiental
h) Nacionalista/separatista
i) Racista
j) Religioso
El crimen organizado tiene un alto impacto sobre los negocios. Algunos de ellos son la piratería, el fraude y el impacto de ambos en la competencia y el comercio por lo que es muy difícil para un negocio legítimo poder competir con precios que aparecen como "subsidiados" o bien que no tienen que ver con la realidad de la producción. Para las Instituciones el daño es mayor, posee cada vez mayores costos. El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) señalaba los altos porcentajes del Pffi que debe destinar el Estado o que pierde el Estado frente al crimen organizado, ya sea para mitigar los efectos de éste o bien para recuperar personas por medio del sistema salud o tornar control de áreas en las que operan los señores de las drogas. La intimidación que sufren las distintas instituciones y el grado de corrupción que las corroe de manera importante expresan otros costos y otras formas de daño. En esto se afecta de manera muy importante a la democracia porque le produce un desprestigio sustantivo; se reduce el apoyo, se deslegitiman los procesos, se produce un constreñimiento a la participación política y se incrementa la impunidad de los actores que usan la corrupción, todo ello en un contexto de una democracia debilitada.
Los altos niveles de delincuencia incrementan varios de los costos de las empresas. Por ejemplo, los costos de planilla aumentan a causa de que las organizaciones se ven obligadas a contratar directa o indirectamente personal adicional para llevar a cabo labores específicas en seguridad y control, en el resguardo de los activos y en la protección de personas. Esto incluye a vigilantes, personal administrativo de control y personal de apoyo a los sistemas de seguridad, funciones que, en general, agregan muy poco valor a los productos de la empresa .A mayores niveles de inseguridad, aumenta la utilización de equipos y dispositivos de seguridad tales como rejas, alarmas, tarjetas de identificación electrónicas, armas, cajas fuertes, etc., y aumenta el pago total en primas de seguros a causa del uso de menores deducibles y de mayores coberturas, y por el incremento de los precios en las primas por la mayor siniestralidad. El efecto directo de los delitos en contra de la empresa también incrementan los costos. Los robos de inventario, de herramientas, de equipos, de mobiliario, de vehículos y de maquinaria, las estafas y otros delitos financieros, los pagos por secuestro y extorsión, el pago de comisiones ilícitas por corrupción, los atentados y daños intencionales en contra de instalaciones físicas, pueden ser costos importantes. Adicionalmente, la mayor rotación de personal por problemas de despidos por delitos internos incrementa los costos de selección, de reclutamiento y de capacitación.
La alta inseguridad impacta negativamente el nivel de inversiones locales y extranjeras. A nivel de país, la inseguridad aumenta el riesgo ambiental percibido por el inversionista, lo que aumenta el retorno mínimo esperado y limita las posibilidades de inversión. En ocasiones, cuando el riesgo personal percibido es muy alto, y se añaden consideraciones familiares, los inversionistas tienden fuertemente a renunciar de invertir en ese país, a favor de otros destinos de potencial similar, pero con menores riesgos.