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- DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
- Es un ordenamiento de la comunidad internacional regido por normas y principios
- ORGANISMOS INTERNACIONALES
- El derecho internacional público lo toma como una comunidad constituida por un orden jurídico determinado que presenta características únicas y propias, la cual tiene requisitos por cumplir.
- Relacionarse con otros estados
- Son entidades intergubernamentales, establecidas por un acuerdo internacional dotadas de órganos permanentes propios e independientes encargados de gestionar intereses colectivos y capaces de expresar una voluntad jurídica distinta de la de sus miembros.
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- La necesidad de poseer personería jurídica internacional para que la organización pudiera cumplir sus cometidos.
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- La existencia de órganos a los que se les ha encomendado el cumplimiento de tareas específicas.
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- La existencia de obligaciones de los miembros con respecto a la organización. Ej. realización de aportes económicos.
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- La existencia de órganos a los que se les ha encomendado el cumplimiento de tareas específicas.
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- La posesión de capacidad jurídica, privilegios e inmunidades en el territorio de sus miembros.
- El canon 361 del Codex Iuris Canonici establece que debe entenderse ordinariamente por Santa Sede la reunión del Romano Pontífice y de los organismos superiores de la Curia Romana, o sea las congregaciones, tribunales y oficios de los cuales se vale el Sumo Pontífice para el gobierno ordinario de la Iglesia.
- La insurrección puede definirse en los términos utilizados en los diccionarios como el levantamiento, sublevación o rebelión de un pueblo o ejército, o parte e ellos, contra el régimen constituido. En el contexto del Derecho Internacional, constituye un grupo de personas que se lev
- Movimiento de Liberación Nacional
- Se distinguen de otros sujetos de derecho internacional, bien sea por el objetivo que persiguen en la lucha, por quienes lo integran o el régimen gubernamental contra el cual luchan.
- Podemos referirnos a una potencia, grupo o Estado que se encuentra en guerra o que esta de parte de alguno de los contendientes.
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- Que el movimiento beligerante revista importancia y continuidad.
- Debe tratarse de un movimiento auténticamente nacional, no admitiéndose injerencia extranjera.
- El levantamiento de los beligerantes debe estar regido por las normas y costumbre de guerra, respetándose el Derecho Humanitario, Convención de Ginebra, etc.
- Es un estado soberano reconocido internacionalmente. Las actividades diplomáticas de la Orden están estrechamente vinculadas a su misión humanitaria: de hecho, la presencia de sus misiones diplomáticas, acreditadas en más de 100 países, sirve para apoyar las actividades de la Orden.
- Supranacionalidad de Organismos Internacionales
- Es entendida como un Orden Jurídico que se halla por encima del orden jurídico interno de cada estado, no fuera de el, sino que el estado le da razón de existir.
- Los estados se obligan entre sí sujetándose jurídicamente a un plexo normativo superior a través de un tratado internacional en ejercicio de su soberanía, de manera que las garantías constitucionales resultan reaseguradas y reforzadas por ese orden jurídico superior.
- Internacionalización de la economía
- Regulación de las transacciones internacionales
- Preservación de derechos humanos y el medio ambiente
- Implantación de sistemas monetarios supranacionales
- En el derecho internacional público, la soberanía es uno de los fundamentos principales de la igualdad de los Estados, su integridad territorial y su independencia política.
- En el derecho internacional público, la soberanía debe ser entendida como una cualidad que hace que los Estados sean actores iguales, que actúen legalmente al mismo nivel de ojos.
- MOO RIOS LUIS RICARDO
(180300126)
- Fuentes consultadas:
- Vídeo consultado de la plataforma Classroom otorgado por la profesora.
- Pérez, G. (2016). DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO. Universidad Autónoma del Estado de México Facultad de Economía. Recuperado de: http://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:fsCsBqurXrEJ:ri.uaemex.mx/bitstream/20.500.11799/66707/1/secme-13054.pptx+&cd=6&hl=es&ct=clnk&gl=mx
- Girotto, L. (2002) . LA SUPRANACIONALIDAD EN LOS PROCESOS DE INTEGRACION. IRI. Recuperado de: https://www.iri.edu.ar/images/Documentos/primercongreso/derecho/girotto.pdf
- Kaiser, E. (s.f.). EL EJERCICIO DE LA SOBERANÍA DE LOS ESTADOS. Recuperado de: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/6/2790/6.pdf