Zusammenfassung der Ressource
Procedimiento De Reenganche Y Pago
De Salarios Caídos
- El trabajador o trabajadora o su representante
presentarán un escrito que debe contener
- Identificación y domicilio del trabajador o de la trabajadora
- El nombre de la entidad de trabajo donde presta servicios
- Puesto de trabajo y condiciones en que lo desempeñaba
- Razón de su solicitud
- El Inspector o Inspectora del Trabajo examinará la
denuncia dentro de los dos días hábiles
siguientes a su presentación
- Si queda demostrada la procedencia del fuero o
inamovilidad laboral, el Inspector o la Inspectora
del Trabajo ordenará el reenganche
- Con el pago de los salarios caídos
- Demás beneficios dejados de percibir
- Un funcionario o funcionaria del Trabajo
- Se procederá a notificar al patrono
- Denuncia presentada
- La orden del Inspector o Inspectora del Trabajo
para que se proceda al reenganche
- El patrono, patrona o su
representante podrá
- Presentar
los alegatos
- Documentos
pertinentes
- El funcionario o la funcionaria del Trabajo deberá ordenar
- Prueba e Investigación
- Presentación de libros,
registros u otros
documentos.
- Dejará
constancia en
acta de todo lo
actuado.
- Si obstaculizan la ejecución de la orden de reenganche
- Solicitará el
apoyo de las
fuerzas de
orden público
- Garantizando el
cumplimiento del
procedimiento
- La decisión del Inspector o Inspectora del Trabajo será inapelable