Zusammenfassung der Ressource
Fundamentos del Derecho
Laboral Individual
- Regulador de las relaciones entre el
empleador y uno o varios trabajadores a nivel
individual
- Soportado en la Constitución Política de Colombia
- Articulo 25
- El trabajo es un derecho y una obligación
social y goza, en todas sus modalidades,
de la especial protección del Estado. Toda
persona tiene derecho a un trabajo en
condiciones dignas y justas
- Artículo 26
- Toda persona es libre de escoger profesión u
oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad.
Las autoridades competentes inspeccionaran
y vigilaran el ejercicio de las profesiones. Las
ocupaciones, artes y oficios que no exijan
formación académica son de libre ejercicio,
salvo aquellas que impliquen un riesgo social.
- Artículo 43
- La mujer y el hombre tienen iguales
derechos y oportunidades. La mujer no
podrá ser sometida a ninguna clase de
discriminación. Durante el embarazo y
después del parto gozará de especial
asistencia y protección del Estado, y recibirá
de este subsidio alimentario si entonces
estuviere desempleada o desamparada.
- Artículo 39
- Los trabajadores y empleadores tienen derecho a
constituir sindicatos o asociaciones, sin
inter"ención del Estado. Su reconocimiento
jurídico se producir con la simple inscripción del
acta de constitución
- Artículo 39
- Los trabajadores y empleadores
tienen derecho a constituir
sindicatos o asociaciones, sin
intervención del Estado. Su
reconocimiento jurídico se
producirá con la simple inscripción
del acta de constitución
- Artículo 54
- Es obligación del Estado y de los
empleadores ofrecer formación y
habilitación profesional y técnica a quienes
lo requieran. El Estado debe propiciar la
ubicación laboral de las personas en edad
de trabajar y garantizar a los minusválidos
el derecho a un trabajo acorde con sus
condiciones de salud.
- Artículo 56
- Se garantiza el derecho de huelga,
salvo en los servicios públicos
esenciales definidos por el
legislador.
- Artículo 57
- La ley podrá establecer los estímulos
y los medios para que los trabajadores
participen en la gestión de las
empresas.
- Artículo 55
- Se garantiza el derecho de
negociación colectiva para regular las
relaciones laborales, con las
excepciones que señale la ley. Es
deber del Estado promover la
concertación y los demás medios
para la solución pacífica de los
conflictos colectivos de trabajo.
- Artículo 53
- El Congreso expedirá
el estatuto del
trabajo
- Tiene en cuenta
- Subordinación
- Prestación personal del servicio
- Salario