Zusammenfassung der Ressource
IMPEDIMENTOS, EXCUSAS Y RECUSACIONES
- La recusación es dentro del derecho
procesal, una forma de apartamiento de
un juez de un proceso, cuando una parte
considera que su imparcialidad se
encuentra en duda.
- ARTICULO 320
- Límite de Recusaciones
- Solo habran dos secretarios oficiales o
notificadores
- mantener la imparicalidad con las
medidas adecuadas.
- ARTICULO 316
- Relacionada con La Ley
del Organismo Judicial.
Articulos 137, 138, 139,
140, 141, 142, 143.
- Pieza
Separada
- Trámites
- Pruebas
- Resolución
- Clasificación
- Plazo para Resolver
- Plazo para Notificar
- Requisitos
- ARTICULO 319
- Procedimientos para excusas,
recusación o impedimento
- Juez remite a otra de igual categoría
- SCATPS, se llama a suplentes o CSJ designará a otro dentro de
24 horas.
- TCA: Se llama por lista
- ARTICULO 318
- Resolución sobre Excusas y Recusación
- Estimatoria Juez remite asunto
- Desetimatoria resuelve y envia a SAJ
- Sala de Apelaciones
Jurisdiccional
- ARTICULO
317
- Petición sobre Excusa y Recusación
- Las partes tienen derecho a excusarse
- Seguimiento dentro de la ley respectiva
- Los impedimentos son barreras la cual
impiden las acciones que se quieran
realizar.
- En la jurisprudencia, una excusa es
una defensa a los cargos penales
que es distinta de una exculpación.
La justificación y la excusa son
diferentes defensas en un caso
penal.