Zusammenfassung der Ressource
ESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO
Anmerkungen:
- Colombia es un estado social de derecho, con soberania sobre un territorio y con autoridad para manejar las instituciones que estan dentro de ese territorio como lo dice la constitucion de 1991. Referencia https://enciclopedia.banrepcultural.org/index.php/Estructura_del_Estado_colombiano
- ORGANISMOS DEL ESTADO
- ORGANIZACION
ELECTORAL
- Está compuesta por el Consejo Nacional Electoral, que está a cargo de dar posesión a su cargo al
Registrador Nacional del Estado Civil, conocer los recursos interpuestos al resultado de una elección,
supervisar el cumplimiento de las normas sobre partidos políticos y elecciones y efectuar el escrutinio
de toda la votación nacional, entre otras funciones. Referencias:
https://congresovisible.uniandes.edu.co/democracia/ramaspoderpublico/
- REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
- La Registraduría Nacional del Estado Civil tiene a su cargo la organización de las elecciones, su dirección
y vigilancia, así como lo relativo a la identidad de las personas. El Registrador Nacional del Estado Civil
es nombrado por las Altas Cortes, a través de un concurso de méritos.
- ORGANISMOS DE CONTROL
- CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
- La Contraloría vigila la gestión de los recursos de la administración y de los particulares o entidades que
manejan fondos o bienes de la Nación. Es una entidad técnica y tiene autonomía administrativa y de
presupuesto. Referencia: https://congresovisible.uniandes.edu.co/democracia/ramaspoderpublico/
- PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION
- La Procuraduría formula las políticas generales en materia de control disciplinario de los funcionarios y
demás personas que prestan servicios al Estado. Su vigilancia es con fines preventivos. Actúa ante las
autoridades administrativas y judiciales y promociona y defiende los derechos humanos. Referencia
https://congresovisible.uniandes.edu.co/democracia/ramaspoderpublico/
- DEFENSORIA DEL PUEBLE
- La Defensoría del Pueblo ejerce funciones bajo la dirección del Procurador General de la Nación. Su
función es velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos. Referencia:
https://congresovisible.uniandes.edu.co/democracia/ramaspoderpublico/
- La Constitución de 1991 dotó de importancia a estos órganos,
confiriéndoles autonomía e independencia frente a las tres ramas del
poder público. Como su nombre lo indica, los organismos de control velan
por que los recursos públicos se gasten en beneficio de la comunidad y no
vayan a parar al bolsillo de unos pocos. Del mismo modo, estas entidades
vigilan la protección de los derechos y libertades de los ciudadanos.
Referencia:
https://congresovisible.uniandes.edu.co/democracia/ramaspoderpublico/
- Artuculos 117 al 121
- RAMAS DEL PODER PUBLICO
Anmerkungen:
- En 1945 por medio de una reforma politica se formaron las tres ramas del poder publico, en 1991 a raiz de la nueva constitucion, se determino en dividirlo en ramas y organos.
Referencia: https://www.colombia.co/pais-colombia/estructura-del-estado-colombiano/como-se-conforma-el-poder-publico-en-colombia/
- RAMA LEGISLATIVA
- Representado por el Congreso de la República (Senado y Cámara de Representantes). Entre sus
funciones más importantes están: promulgar y modificar las leyes, reformar la Constitución,
ejercer control político sobre las acciones del Gobierno y elegir a altos funcionarios pertenecientes
a la rama judicial, los organismos de control y la Organización Electoral. Referencia:
https://congresovisible.uniandes.edu.co/democracia/ramaspoderpublico/
- CONGRESO DE LA REPUBLICA
- SENADO
- El Senado de la República es una Corporación de elección popular por circunscripción nacional, es decir se
contabiliza el total de votos obtenidos por el aspirante en todo el territorio nacional, está compuesto por 108
Senadores. -100 senadores(as) de la República elegidos por circunscripción nacional. -2 senadores(as) de la
República elegidos pertenecientes a la circunscripción especial indígena. -1 senador(a) de la República, quien
fuera el candidato(a) presidencial que obtenga la segunda votación más alta en las elecciones para el cuatrienio
presidencial que inicia en agosto del mismo año en que inicia el cuatrienio constitucional para el Congreso. - 5
senadores(as) de la República pertenecientes al partido FARC (Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común).
Estas 5 curules en cumplimiento del Acuerdo de Paz firmado entre el Gobierno nacional y las entonces FARC-EP.
(Estas curules serán otorgadas durante dos períodos constitucionales de manera excepcional),.
- CAMARA DE
REPRESENTANTES
- La Cámara de Representantes es una Corporación de circunscripción territorial, elegidos sus miembros por
cada departamento y por el Distrito Capital de Bogotá. Está compuesto por 171 representantes, quedando
pendiente la reglamentación de la curul para la comunidad raizal y así completar 172 miembros establecidos
en la norma: -161 representantes a la Cámara por circunscripción territorial, así 2 representantes a la Cámara
más 1 por cada 250.000 habitantes, por cada circunscripción territorial. -2 representantes a la Cámara por las
comunidades afro. -1 representante a la Cámara en representación de los colombianos en el exterior. -1
representante a la Cámara por las comunidades indígenas. -1 Representante a la Cámara, quien fuera el
candidato(a) como fórmula vicepresidencial que obtenga la segunda votación más alta en las elecciones para
el cuatrienio presidencial que inicia en agosto del mismo año en que inicia el cuatrienio constitucional para el
Congreso.
- Titulo VI
- RAMA EJECUTIVA
Anmerkungen:
- Representado por el Presidente de la República, que hace las veces de Jefe de Estado y Jefe de Gobierno. También está integrado por los ministros, los directores de los departamentos administrativos y los superintendentes, que tienen la función primordial de garantizar el cumplimiento de los derechos y deberes de todos los colombianos. En el nivel regional está representado por gobernadores y alcaldes.
Referencia: https://congresovisible.uniandes.edu.co/democracia/ramaspoderpublico/
- PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
- El presidente de la Republica es Jefe
de Estado, Jefe del gobierno y
suprema autoridad administrativa.
- GOBERNADORES
- El artículo 303 de la Constitución Política de Colombia de 1991,
establece que el gobernador es el jefe de la administración
seccional y el representante legal del Departamento. Referencia:
https://elpilon.com.co/%C2%BFque-hace-un-gobernador/
- ALCALDIAS
- El Alcalde Mayor, es el jefe de la ciudad. Su elección se
hace a través del voto popular. Referencia:
http://www.yovotoyosumo.com/este-es-el-alcalde/
- MINISTROS
- Siguiendo la tradición, nuestra Constitución de 1991 se ocupa más de los ministros que de los ministerios, organizando sus principales roles y
funciones. Ante todo, los ministros constituyen el gobierno con el presidente de la República, de conformidad con la definición del artículo 115
de la Carta, exigiendo así para la validez de los actos del presidente la firma de su ministro, haciéndolos responsables de la decisión adoptada.
Se garantiza así la consulta del presidente con sus ministros, pero el criterio que se impone en caso de desacuerdo es el del jefe de Gobierno.
Referencia:https://www.banrepcultural.org/biblioteca-virtual/credencial-historia/numero-145/los-ministerios-y-el-consejo-de-ministros
- DIRECTORES DE LOS DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y
SUPERINTENDENTES
- Los directores de los departamentos administrativos y los superintendentes, que tienen la función
primordial de garantizar el cumplimiento de los derechos y deberes de todos los colombianos.
- En el articulo 115 de la
constitucion
- Representado por el Presidente de la República, que hace las veces de Jefe de Estado
y Jefe de Gobierno. También está integrado por los ministros, los directores de los
departamentos administrativos y los superintendentes, que tienen la función
primordial de garantizar el cumplimiento de los derechos y deberes de todos los
colombianos. En el nivel regional está representado por gobernadores y alcaldes.
Referencia:
https://congresovisible.uniandes.edu.co/democracia/ramaspoderpublico/
- RAMA JUDICIAL
- Es el encargado de administrar justicia en nuestro país, así en algunos casos esta función es ejercida por las
otras ramas del poder o por los particulares. La rama judicial vela por el cumplimiento de la ley y castiga a sus
infractores. Según la Constitución, el poder judicial está conformado por la Fiscalía General de la Nación y por
otros cuatro organismos, conocidos en conjunto como las Altas Cortes: la Corte Constitucional, la Corte
Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y el Consejo Superior de la Judicatura. Referencia:
https://congresovisible.uniandes.edu.co/democracia/ramaspoderpublico/
- FISCALIA GENERAL DE LA
NACION
- La Fiscalía General de la Nación es la entidad encargada de investigar
y acusar ante los juzgados y tribunales competentes a quienes se
presuma han cometido algún delito que atente contra la vida, la
seguridad o los bienes de otro. Nacieron en 1991 con la promulgación
de la Constitución Política de Colombia y empezaron a operar el 1 de
julio de 1992. Esta entidad es liderada por el Fiscal General, quien para
cumplir con su objetivo está acompañado por el Vicefiscal, los fiscales
delegados y los demás funcionarios que determina la ley.
- LAS ALTAS CORTES
- LA CORTE
CONSTITUCIONAL
- La Corte Constitucional es una institución de la Rama Judicial del
Poder Público creada mediante la adopción de la Constitución de
1991 con el fin de guardar la integridad y supremacía de la Carta
Política. La Corte está integrada por nueve magistrados, nombrados
por el Senado de la República para períodos individuales de ocho
años de ternas enviadas por el Presidente de la República, la Corte
Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. La Corte Constitucional
fue instalada el 17 de febrero de 1992 por el entonces presidente
César Gaviria Trujillo. De acuerdo con el artículo 241 de la
Constitución Política, son funciones de la Corte Constitucional.
Referencia: https://www.corteconstitucional.gov.co/lacorte/
- LA CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
- La Corte Suprema de Justicia es la máxima autoridad. Se encarga de dar solución a los conflictos o
problemas en asuntos penales, laborales y civiles que tengan los ciudadanos. También hacen parte de
la jurisdicción ordinaria: Tribunales Superiores de Distrito Judicial. Juzgados civiles, laborales, penales,
penales para adolescentes, de familia, de ejecución de penas, de pequeñas causas y de competencia
múltiple, y los demás especializados y promiscuos que se creen conforme a la ley. Referencia:
https://www.ramajudicial.gov.co/web/portal-ninos-y-ninas/el-consejo-de-estado
- EL CONSEJO DE
ESTADO
- Es la encargada de solucionar los conflictos entre el Estado y los particulares, o entre las
mismas Entidades Oficiales y los ciudadanos. También hacen parte de la jurisdicción de lo
contencioso administrativo: Tribunales Administrativos Juzgados Administrativos.
Referencia: https://www.ramajudicial.gov.co/web/portal-ninos-y-ninas/el-consejo-de-estado
- EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
JUDICATURA
- Este organismo tiene la tarea de administrar los recursos de la Rama Judicial, por esto se dice que sus
principales funciones son administrar y planear. Esta compuesto por dos salas: Sala Disciplinaria:
Resuelve los procesos en los que se estén investigando funcionarios de la Rama Judicial. Sala
Administrativa: Como su nombre lo dice, administra y planea los recursos de la Rama Judicial, en
especial todo lo que tiene que ver con las personas que trabajan para ella. Referencai:
https://www.ramajudicial.gov.co/web/portal-ninos-y-ninas/el-consejo-superior-de-la-judicatura
- Artuculo 116
- En 1945 por medio de una reforma politica se formaron las tres ramas del poder publico, en 1991 a raiz de la nueva
constitucion, se determino en dividirlo en ramas y organos. Referencia:
https://www.colombia.co/pais-colombia/estructura-del-estado-colombiano/como-se-conforma-el-poder-publico-en-colombia/
- En la Constitucion en el titulo V, Capitulo
I , se habla de la estructura del estado
- Colombia es un estado social de derecho, con soberania sobre un territorio y con autoridad para
manejar las instituciones que estan dentro de ese territorio como lo dice la constitucion de 1991.
Referencia https://enciclopedia.banrepcultural.org/index.php/Estructura_del_Estado_colombiano