Zusammenfassung der Ressource
OPTATIVA II, CULTURA 3
- Art. 3.- Son deberes primordiales del Estado:7. Proteger el patrimonio natural y cultural del país. 8.
Garantizar a sus habitantes el derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral y a vivir en una
sociedad democrática y libre de corrupción.
- Art. 16.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a: 1. Una comunicación
libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social,
por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos.
- Este articulo lo podemos aplicar en la libertad de ser personas únicas y diferentes, en este caso al
tratarse de nuestras cultura podemos hablar en el idioma en que nos sintamos más cómodos, tener
una libertad de expresar nuestras diferencias culturales en la sociedad.
- Acción de protección
- Art. 21.- Las personas tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir
sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a la
libertad estética; a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural;
a difundir sus propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas. No se
podrá invocar la cultura cuando se atente contra los derechos reconocidos en la Constitución
- Una persona puede mantener su cultura al nacer, pondremos un ejemplo como la cultura indígena,
pero esta misma persona puede pertenecer a su cultura de nacimiento y a otras culturas mas con las
que se sienta identificado, con el derecho de ser libre de esta elección, además de difundir sus propias
ideas culturales.
- Acción de protección
- Art. 23.- Las personas tienen derecho a acceder y participar del espacio público como ámbito de
deliberación, intercambio cultural, cohesión social y promoción de la igualdad en la diversidad. El
derecho a difundir en el espacio público las propias expresiones culturales se ejercerá sin más
limitaciones que las que establezca la ley, con sujeción a los principios constitucionales.
- Las personas de distintas culturas pueden expresarse en espacios públicos para realizar intercambio
cultural y una promoción de igualdad entre culturas, difundir sus expresiones culturales con otras
personas tanto y cuando respetando las limitaciones que establezca la ley.
- Acción de protección
- Art. 28.- Es derecho de toda persona y comunidad interactuar entre culturas y participar en una
sociedad que aprende. El Estado promoverá el diálogo intercultural en sus múltiples dimensiones.
- El estado tiene como obligación promover el dialogo intercultural entre las diversas culturas por las
cuales se esta conformado el estado, para que exista una interacción entre estas culturas y que se
pueda aprender la una de la otra.
- Acción de protección
- Art. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de
conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos
internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos: 2. No ser objeto de racismo y
de ninguna forma de discriminación fundada en su origen, identidad étnica o cultural.
- El estado tiene el deber de reconocer y garantizar a las personas de nacionalidad indígena , a no ser
objetos de racismo y de ninguna forma de discriminación por la cultura a la que pertenecen, una
persona que quiera ser ofensivo ante una persona indígena deberá de ser castigadas según lo
estipule la ley.
- Acción de protección
- Art.57.- 13. Mantener, recuperar, proteger, desarrollar y preservar su patrimonio cultural e histórico
como parte indivisible del patrimonio del Ecuador. El Estado proveerá los recursos para el efecto. 14.
Desarrollar, fortalecer y potenciar el sistema de educación intercultural bilingüe, con criterios de
calidad, desde la estimulación temprana hasta el nivel superior, conforme a la diversidad cultural,
para el cuidado y preservación de las identidades en consonancia con sus metodologías de enseñanza
y aprendizaje.
- El estado de Ecuador tiene que dar los recursos necesarios para que se proteja, se recupere y
preservar el patrimonio cultural e histórico, como la cultura amazónica el estado ecuatoriano tiene
que ayudar a preservar su territorio y su cultura.
- Acción de protección
- Art.57.- 15. Construir y mantener organizaciones que los representen, en el marco del respeto al
pluralismo y a la diversidad cultural, política y organizativa. El Estado reconocerá y promoverá todas sus
formas de expresión y organización. 21. Que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones,
historias y aspiraciones se reflejen en la educación pública y en los medios de comunicación; la creación
de sus propios medios de comunicación social en sus idiomas y el acceso a los demás sin
discriminación alguna.
- La importancia de diversas culturas debe ser una prioridad para el estado, y estas deben ser
enseñadas en las unidades educativas y en medios de comunicación los cuales se puedan expresar en
su lenguaje dependiendo de cada cultura, y dar respecto a estas mismas culturas.
- Acción de protección
- Art. 58.- Para fortalecer su identidad, cultura, tradiciones y derechos, se reconocen al pueblo
afroecuatoriano los derechos colectivos establecidos en la Constitución, la ley y los pactos, convenios,
declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos.
- A las personas que pertenezcan a la cultura afroecuatoriana, para fortalecer su cultura e identidad se
reconocen sus derechos de manera colectiva los cuales se establecerán en la ley, tratados, convenios
e instrumentos internacionales de derechos humanos.
- Acción de protección
- Art. 60.- Los pueblos ancestrales, indígenas, afroecuatorianos y montubios podrán constituir
circunscripciones territoriales para la preservación de su cultura. La ley regulará su conformación.
- Art. 83.- Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros
previstos en la Constitución y la ley: 13. Conservar el patrimonio cultural y natural del país, y cuidar y
mantener los bienes públicos
- Los ecuatorianos tenemos el deber de preservar el patrimonio cultural y natural del país, cuidar y
mantener los vienes públicos, para preservar la cultura y la naturaleza para las próximas
generaciones.
- Acción de protección
- Art. 66.-El derecho a participar en la vida cultural de la comunidad.
- Art.264.- Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y
construir los espacios públicos para estos fines.
- Art.276.-7. Proteger y promover la diversidad cultural y respetar sus espacios de reproducción e
intercambio; recuperar, preservar y acrecentar la memoria social y el patrimonio cultural.
- Art.343.- El sistema nacional de educación integrará una visión intercultural acorde con la diversidad
geográfica, cultural y lingüística del país, y el respeto a los derechos de las comunidades, pueblos y
nacionalidades.
- Art.347.- Garantizar el sistema de educación intercultural bilingüe, en el cual se utilizará como lengua
principal de educación la de la nacionalidad respectiva y el castellano como idioma de relación
intercultural, bajo la rectoría de las políticas públicas del Estado y con total respeto a los derechos de las
comunidades, pueblos y nacionalidades.
- Art. 358.- El sistema nacional de salud tendrá por finalidad el desarrollo, protección y recuperación de
las capacidades y potencialidades para una vida saludable e integral, tanto individual como colectiva, y
reconocerá la diversidad social y cultural. El sistema se guiará por los principios generales del sistema
nacional de inclusión y equidad social, y por los de bioética, suficiencia e interculturalidad, con enfoque
de género y generacional.
- Art. 377.- El sistema nacional de cultura tiene como finalidad fortalecer la identidad nacional; proteger
y promover la diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creación artística y la
producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales; y salvaguardar la memoria
social y el patrimonio cultural. Se garantiza el ejercicio pleno de los derechos culturales.
- Art. 378.- El sistema nacional de cultura estará integrado por todas las instituciones del ámbito cultural
que reciban fondos públicos y por los colectivos y personas que voluntariamente se vinculen al
sistema. Las entidades culturales que reciban fondos públicos estarán sujetas a control y rendición de
cuentas.
- Art. 379.- Son parte del patrimonio cultural tangible e intangible relevante para la memoria e identidad
de las personas y colectivos, y objeto de salvaguarda del Estado, entre otros: 1. Las lenguas, formas de
expresión, tradición oral y diversas manifestaciones y creaciones culturales, incluyendo las de carácter
ritual, festivo y productivo.
- Art.379.-Los bienes culturales patrimoniales del Estado serán inalienables, inembargables e
imprescriptibles. El Estado tendrá derecho de prelación en la adquisición de los bienes del patrimonio
cultural y garantizará su protección. Cualquier daño será sancionado de acuerdo con la ley.
- Art. 380.- Serán responsabilidades del Estado: 1. Velar, mediante políticas permanentes, por la
identificación, protección, defensa, conservación, restauración, difusión y acrecentamiento del
patrimonio cultural tangible e intangible, de la 172 riqueza histórica, artística, lingüística y
arqueológica, de la memoria colectiva y del conjunto de valores y manifestaciones que configuran la
identidad plurinacional, pluricultural y multiétnica del Ecuador.
- Art.380.- 6. Establecer incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios
de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales.
- 7. Garantizar la diversidad en la oferta cultural y promover la producción nacional de bienes culturales,
así como su difusión masiva. 8. Garantizar los fondos suficientes y oportunos para la ejecución de la
política cultural.
- Art. 393.- El Estado garantizará la seguridad humana a través de políticas y acciones integradas, para
asegurar la convivencia pacífica de las personas, promover una cultura de paz y prevenir las formas de
violencia y discriminación y la comisión de infracciones y delitos. La planificación y aplicación de estas
políticas se encargará a órganos especializados en los diferentes niveles de gobierno.
- Art. 423.- La integración, en especial con los países de Latinoamérica y el Caribe será un objetivo
estratégico del Estado. En todas las instancias y procesos de integración, el Estado ecuatoriano se
comprometerá a: Proteger y promover la diversidad cultural, el ejercicio de la interculturalidad, la
conservación del patrimonio cultural y la memoria común de América Latina y del Caribe, así como la
creación de redes de comunicación y de un mercado común para las industrias culturales.
- El estado ecuatoriano se compromete con los países latinoamericanos a proteger y promover la
diversidad cultural de nuestro país, para conservar nuestra propia cultura y sea apreciada por las
personas de otros países.
- Acción de incumplimiento
- El estado intenta incentivar una cultura de paz entre las personas, para que exista seguridad y
tranquilidad en la sociedad a través de apoyos por parte del gobierno.
- Acción de incumplimiento
- Se garantiza la diversidad cultural, además de promover la producción nacional de vienes culturales,
como pueden ser las obras, pinturas y libros de grandes artistas de nuestro país, sean conocidas en
otros países.
- Acción de incumplimiento
- El estado establece incentivos a las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación a
que promuevan apoden y desarrollen las actividades culturales que existen en nuestro país.
- Acción de incumplimiento
- El estado se encargara de identificación, protección, defensa, conservación, restauración y difusión
del patrimonio cultural tangible e intangible de las 172 riquezas históricas que tiene nuestro estado.
- Acción de incumplimiento
- Se explica que los bienes culturales del estado son inalienables, inembargables e imprescriptibles; y el
estado tendrá que velar por la seguridad de estos y en el que caso de sufrir algún daño serán
sancionados de acuerdo a la ley.
- Acción de incumplimiento
- Aquello que conforma el patrimonio cultural tangible e intangible, es importante para las personas y
colectivos salvaguardar esta identidad cultural como pueden ser las lenguas, diversas
manifestaciones culturales incluyendo las que son de carácter ritual, festivo y productivo.
- Acción de incumplimiento
- El sistema nacional de cultura esta integrado por las instituciones de ámbito cultural que reciban
fondos públicos y por colectivos y personas que se involucren voluntariamente a este sistema.
- Acción de incumplimiento
- El sistema nacional de cultura fortalece la diversidad nacional además de proteger la diversidad de
expresiones culturales, incentivando la libre creación artística y la difusión de vienes y servicios
culturales.
- Acción de incumplimiento
- El sistema nacional de salud tiene la responsabilidad de velar por la salud y recuperación de personas
o colectivos de personas, siempre respetando la diversidad social y cultural, en pocas palabras que el
sistema de salud cuidara a cualquier persona sin importar su cultura o su diversidad social.
- Acción de incumplimiento
- El estado debe garantizar una educación intercultural bilingüe en el que la lengua principal sea el
castellano y que las personas que tengan otro idioma alternativo debe ser respetado por las demás
personas.
- Acción de incumplimiento
- El sistema de educación debe de integrar una visión cultural en los planes de estudio de acuerdo a
geografía, cultura y lingüística y además de incentivar el respeto a las comunidades y pueblos de
nuestro país.
- Acción de incumplimiento
- Los espacios que estén previstos para acciones culturales deben ser respetados y conservados para su
fin, para promover la cultura entre las personas y que se aprenda mas acerca de la cultura de nuestro
país.
- Acción de protección
- El estado tiene una obligación de difundir el espacio cultural y natural en los cantones, estos espacios
pueden ser como los parques y centros de cultura que se encuentren en las ciudades.
- Acción de protección
- Las personas tenemos el derecho de participar en todas las actividades culturales que el estado pueda
organizar.
- Acción de protección
- Las personas que pertenezcan a culturas como son, indígenas, afroecuatorianos y montuvios podrán
construir circunscripciones territoriales para la preservación de sus culturas.
- Acción de protección
- . En este articulo podemos apreciar como un deber primordial del estado es el de proteger la cultura
de la que proviene el país, y de garantizar una cultura de paz para que la sociedad conviva de una
manera adecuada
- Acción de incumplimiento