Zusammenfassung der Ressource
Sistema Nacional de Protección de la
niñez y adolescencia
- Significado
- Es una estructura formada por un conjunto de instituciones destinadas a la protección de niños, niñas y
adolescentes cuya rectoría es competencia del Poder Público Nacional, correspondiéndole sus servicios al Poder
Público Municipal, tal como se desprende del final del artículo 78, en concordancia el numeral 5 del artículo 178 de
la Constitución del 99. No obstante, se rige por la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
- Según artículo 117 de la LOPNNA ".... es el conjunto de órganos, entidades y servicios que formulan, coordinan,
integran, orientan, supervisan, evalúan y controlan las políticas, programas y acciones de interés público a nivel
nacional, estadal y municipal, destinadas a la protección y atención de todos los niños, niñas y adolescentes, y
establecen los medios a través de los cuales se asegura el goce efectivo de los derechos y garantías y el
cumplimiento de los deberes establecidos en esta Ley."
- Funciones y principios de los Organismos de
Protección a los Niños Niñas y Adolescentes
en Venezuela
- ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS
- El Consejo Nacional de Derechos
de Niños, Niñas y Adolescentes
- Funciones
- La defensa y protección de
los derechos colectivos y
difusos de los niños, niñas y
adolescentes en el territorio
nacional
- Principios
- a) Corresponsabilidad del Estado y de la sociedad en la defensa de los
derechos de niños, niñas y adolescentes. b) Respeto y promoción de la
interrelación administrativa entre los estados y los municipios, en lo
relativo a la protección de niños, niñas y adolescentes. c)
Fortalecimiento equilibrado de los consejos comunales, en materia de
protección de niños, niñas y adolescentes. d) Acción coordinada del
Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes con los
demás integrantes del Sistema Rector Nacional para la Protección
Integral de Niños, Niñas y Adolescentes. e) Uniformidad en la
formulación de la normativa.
- Consejos Municipales de Derechos de
Niños, Niñas y Adolescentes
- Funciones
- La defensa y protección de los
derechos individuales de niños, niñas
y adolescentes en cada municipio de
la nación
- Entidades de Atención
- Funciones
- Ejecutar programas, medidas y sanciones;
deben asegurar el respeto a los derechos y
garantías de los niños, niñas y adolescentes,
ajustando su funcionamiento al Principio del
Interés Superior del Niño.
- Defensorías
- Funciones
- Fortalecer los lazos familiares, brindar asistencia jurídica,
difundir los derechos de los niños, niñas y adolescentes,
educarlos para su autodefensa. También es competencia de las
defensoras representar a los niños, niñas y adolescentes en las
escuelas cuando confronten dificultades como falta de cupo,
falta de partida de nacimiento u otro requisito. (Arts. 201-0)
- Principios
- 1. Gratuidad. 2. Confidencialidad
y 3. Carácter orientador y no
impositivo
- ÓRGANOS
JURISDICCIONALES
- Tribunales de Protección de Niños,
Niñas y Adolescentes
- Funciones
- Resuelve las situaciones familiares que
requieren intervención judicial, siempre y cuando existan
niños, niñas o adolescentes.
- Resuelve Situaciones laborales donde los niños,
niñas y adolescentes sean legitimados activos o
pasivos en el proceso judicial.
- Conoce y resuelve Situaciones que
provienen de los consejos de derechos o
consejos de protección.
- Tribunales Superiores de
Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes
- Funciones
- Conoce de apelaciones contra
decisiones emanadas de los
Tribunales de 1era Instancia
- Sala Social del Tribunal
Supremo de Justicia
- Funciones
- Conocer del Recurso de Casación contra
decisiones emanadas de los juzgados
superiores, recurso de control de la
legalidad y de interpretación en la materia.
Art. 176 LOPNNA
- Ministerio Público, Defensoría del Pueblo y el Servicio
Autónomo de la Defensa Pública
- Ministerio Público
- Funciones
- Mejor conocido como la Fiscalía, es el
encargado de velar por el cumplimiento de las
normativas legales. Debe contar con fiscales
especializados para la protección del niño y
del adolescente. Este fiscal especializado
sustituye la figura del antiguo Procurador de
Menores.
- Defensoría del
Pueblo
- Funciones
- a) Promover, divulgar y ejecutar actividades
educativas y de investigación para la difusión
y efectiva protección de los derechos
humanos de niños, niñas y adolescentes. b)
Impulsar la participación ciudadana para velar
por los derechos y garantías de niños, niñas y
adolescentes. Velar por el efectivo
cumplimiento de las funciones de los órganos
del Sistema Rector, entre otras acciones.
- Servicio Autónomo de la
Defensa Pública
- Funciones
- a) Brindar asesoría jurídica gratuita a niños, niñas,
adolescentes y demás interesados o interesadas. b)
Brindar asistencia y representación técnica gratuita a
niños, niñas, adolescentes y demás interesados o
interesadas, en cualquier procedimiento judicial o
administrativo, para la defensa de sus derechos,
garantías e intereses individuales, colectivos o
difusos. c) Realizar gratuitamente los demás servicios
propios de la abogacía en interés de niños, niñas y
adolescentes. d) Promover acuerdos judiciales y
extrajudiciales en interés de niños, niñas y
adolescentes. e) Las demás que señale la ley. Artículo
170-B.
- Derechos humanos de los niños, niñas y
adolescentes
- Fines
- Todo se resume en un objetivo general: Asegurar el desarrollo
integral de niños, niñas y adolescentes a través del disfrute y
ejercicio de sus derechos y garantías, así como el cumplimiento de
sus deberes.
- Involucrar a todos los participantes en las figuras institucionales familiares, a
fin de desarrollar de forma responsable el procedimiento respectivo antes los
Tribunales de Protección del Niño, Niña y Adolescentes. (LOPNNA) las
Instituciones Familiares o Familia de Origen
- Principios
- El niño como sujeto de
derechos
- El rol fundamental de la familia
- El interés superior del niño
- La prioridad absoluta
- La participación de la sociedad.