Zusammenfassung der Ressource
EL CUMPLIMIENTO DE LAS
OBLIGACIONES
- FORMAS ESPECIALES DE PAGO: muchos
piensan que la palabra pago implica solo a la
entrega de dinero y no es asì, el pago se puede
referir a entregar algo a una obligaciòn de
realizar determinados actos positivos o bien a
una abstenciòn al no realizar determinados
actos
- Dar
- Hacer
- No hacer
- TRANSMISION DE LAS OBLIGACIONES: Son formas o
maneras por medio del cùal una obligacion se
puede transferir o transladar a otra persona
- Cesiòn de deudas: Es la forma
de trasladar las obligaciones del
deudor (sujeto pasivo) a otra
persona, es hacer el cambio del
deudor.
- Cesiòn de derecho: es la forma en que
sede obligaciones pero la diferencia es
que no se hace camblio de deudor
(sujeto pasivo) sino del sujeto activo
- Subrogaciòn: Es otra manera de transferir las
obligaciones, y consiste en que una persona
que tiene interès en que una obligaciòn se
cumpla y paga al acreedor sustituyendose en
lugar de este
- EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES: las obligaciones
nacen para cumplirse asì como la ley, los contratos
se crean para cumplirse, pero en este caso estas
obligaciones en especifico pueden o no cumplirse
- Cumplimiento
- E incumplimiento
- EXTINCIÒN DE OBLIGACIONES: en pocas palabras
es la forma de acabar con una obligaciòn
- Pago: el pago es el modo
natural de extinguir una
obligaciòn o deuda.
- Daciòn en pago: Es el modo de
extinguir una obligacion de manera
diferente a la que se habìa pactado
- Compensaciòn: Es la forma practica de acabar
con una obligaciòn que consiste de una
cantidad de mas restarle un menos y solo se
entregarìa la diferencia
- Confusiòn: Es el modo de extinguir una obligaciòn
que se produce cuando por algùn motivo concurre,
es decir, se confunden en una misma persona las dos
posiciones contrapuestas de una obligaciòn
- FORMAS DE EXTINCION DE OBLIGACIONES
- Remisiòn: Es la condonaciòn o perdon de la
deuda es el acto jurìdico por el que un
acreedor expresa su voluntad de extinguir
total o parcialmente su derecho de crèdito,
sin recibir nada a cambio.
- Prescripciòn extintiva: Es la forma
de extinguir alguna obligaciòn por
el simple transcurso del tiempo .
- Termino extintivo: Es la forma de
acabar con una obligaciòn al dejar
de tener vigencia ya que se termino
el plazo
- Perdida de la cosa: Esta extinciòn de la
obligaciòn se da por la imposibilidad de
realizar la prestaciòn objeto de la obligaciòn
es decir se destruye o se pierde de tal
manera se pierde y ya no es apto para la
obligacion a la que se comprometio.
- Nulidad: Es la forma de acabar con la
obligaciòn basado en el hecho de que no se
haya cumplido con un requisito esencial del
acuerdo que se tratò originalmente.
- EXTINCIÒN DE LAS OBLIGACIONES
- Resoluciòn: Decisiòn tomada por
las autoridades competentes
- Rescisiòn: Esta forma de extincion de obligaciòn
consiste en que ambas partes se ponen de acuerdo
para dar por terminado de manera anticipada un
acuerdo que haya celebrado con anterioridad
- Revocaciòn: Es el acto donde todo acreedor
puede decidir la extinciòn del negocio
celebrado por el deudor en perjuicio.