Zusammenfassung der Ressource
Delitos contra la administración pública
- Ley 599 de 2000
- Titulo XV
- Normatividad
- Capitulo primero
- Del peculado
- Etimología
- Peculio
- Significa
- Desfalcar
- Malversas
- Fondos públicos
- CLASES
- Peculado por apropiación
- Art, 397 código penal
- Incurrirá en
prisión de 96 a
270 meses
- Multas
- Apropiado
supera
200
salarios
minimos
- Si no supera un valor
de 50 salarios
minimos
- Inhabilitación
para el
ejercicio de
derechos y
funciones
públicas
- Cartilla
- Cometido únicamente por un funcionario publico
- Se le confía y entrega
- Bienes muebles e inmuebles
- Dineros públicos
- Se apropia de esto
para usarlos
indebidamente
- Verbo rector
- Peculado por uso
- Art, 398 código penal
- Prisión entre 16 a 54 meses
- Multa
- Cartilla
- Servidor público tiene bajo su custodia por
su cargo
- Bienes muebles e inmubles
- Dineros, titulos
y valores
- Se apropia de ellos
- Los vende, intercambia o
explota
- Para obtener un lucro que incrementa su patrimonio
- Dos modalidades
- Permitir que otro lo use
- Usar el mismo
- Peculado culposo
- Art, 400 código penal
- El servidor público fue
descuidado, negligente e
imprudente
- Se pierdan, extravíen o dañen
- De los bienes que estaba administrando
- Prisión
16 a 54
meses
- Multa
- Omisión de agente retenedor o recaudador
- Art, 402 código penal
- Prisión entre 48 a 108 meses
- Decreto 624 de 1989
- Art, 368
- Agentes de retención, desempeñan
funciones en fondos de inversión,
valores, pensiones...
- Peculado por aplicación oficial diferente
- Art, 399 código penal
- Conducta plural
- Dar a los bienes
aplicación oficial
diferente de
aquella a que
estaban
destinados
- Comprender sumas
superiores a las fijadas
en el presupuesto
- Invertir o utilizar sumas en
forma no prevista en el
presupuesto
- Calificación especial
- Sujeto determinado
- Cometidos por
- Servidores públicos
- Persona que ejerce una función publica
- Art, 123 Constitución politica
- Art, 20 código penal
- Ejercicio de una función publica
- calidad de servidor público
- Comisión de estos
delitos
- Concusión
- Art, 404 código penal
- Multa
- Prisión entre 96 a 180 meses
- Servidor público abusa de sus funciones
- hace exigencia o comete una arbitrariedad sobre una persona
- Finalidad de obtener un beneficio
- Para el mismo
- Tercero
- Cohecho
- Propio
- Cometido por un servidor
público
- Omite hacer un acto propio de sus funciones o
deja que otra persona haga sus funciones
- A cambio de dinero
- sacando provecho económico e ilicito a
sus funciones públicas.
- Art, 405 código penal
- 80 meses a 144 meses
- Impropio
- Código penal, art 406
- 64 a 126 meses
- El servidor público acepta para sí o para otra
persona dinero a cambio de ejecutar un acto
propio de sus funciones
- Aparente o no retributivo
- Código penal, 406
- El servidor público recibe dinero u otra utilidad de
una persona que tenga interes en un asunto de su
conocimiento.
- Por dar u ofrecer
- código penal, art 407
- 32 a 90 meses
- Una persona ofrece dinero un servidor público
- para que haga un acto legal propio de sus funciones
contrario al de sus funciones propias
- Trafico de influencia de servidor público
- art, 411 código penal
- 64 meses y 144 meses
- Servidor público utiliza indebidamente el
ejercicio de su cargo en provecho propio o de
un tercero
- Enriquecimiento ilícito
- Art, 412 código penal
- servidor público obtiene un
incremento patrimonial injustificado
- Prevaricato
- CLASES
- Por acción
- Art, 413 código penal
- El servidor emite un concepto
contrario a la ley que beneficia o
perjudica a otra persona.
- Por omisión
- El servidor de manera injustificada niega
un acto propio acto de sus funciones y esto
es ilegal
- Art, 414 código penal
- Utilización de asunto sometido a reserva legal
- Art, 419 código penal
- El servidor utiliza provecho propio o
ajeno de documentos que estan a
reserva legal
- Utilización indebida de información oficial privilegiada
- Art, 420 código penal
- El servidor hace uso indebido de la información que ha conocido
- Con el fin de obtener provecho para
si mismo o un tercero
- Asesoramiento y otras actuaciones ilegales
- Art, 421 código penal
- El servidor que ilegalmente represente, litigue,
gestione o asesore en su materia