Zusammenfassung der Ressource
LICENCIAMIENTO DE SOFTWARE
- SOFTWARE PRIVATIVO
- Libre (copy left)
- El autor ejerce derechos
sobre su creación, el código
de fuente no está
disponible para el usuario
final por lo que no puede
modificar o ajustar a las
propias necesidades.
- Privativo (copy right)
- Permite la libertad de
usarlo, copiarlo,
modificarlo y distribuirlo
libremente
- CREATIVE COMMONS
- Organizaciones sin
ánimo de beneficio
particular, derechos
de uso de bienes que
son comunes y
creativos
- Permiten la copia,
distribución y comunicación
pública con fines no
comerciales, reconociendo
al autor, junto con el aviso
de la licencia que la
acompaña
- El creador determina si
permite el uso comercial de
la obra, la generación de
obras derivadas y escoger
la jurisdicción más
adecuada
- El autor original da
libertad para citar sus
creaciones, reproducirlas,
crear productos derivados
y ofrecerlos abiertamente
al público o con cierto
grado de restricción
- Condiciones
- Licencias GPL (General Public License)
- Herramientas
tecnológicas que
facilitan la distribución
y el uso de contenidos
- CC LEARN
- Promueve la
difusión abierta del
conocimiento
científico
- (EULA) Licencia de Uso Final ó o CLUF
(contrato de licencia para usuario final)
- Contrato que el fabricante
brinda al usuario final de cierta
aplicación, menciona la manera
en la que se podrá usar el
software
- El usuario final no paga la
propiedad sobre el
mismo, debe respetar las
condiciones que el autor
estipula
- Shareware
- Programas con el anhelo de
dar a conocer su obra por
pequeñas empresa o
programadores independientes
- Se promueven en sitios públicos, el
autor limita su obra por un tiempo
en algunos, en algunos casos esta
son versiones incompletas y están
disponibles para que el usuario final
utilice o distribuya su obra.
Terminado el periodo de prueba el
usuario puede pagar para seguir
utilizándola
- ADWARE
- Programa que muestra
publicidad durante una
instalación, su uso con el
fin de generar lucro a
sus autores
- SOFTWARE LIBRE
- Se permite su uso,
copiar, modificar,
distribuir libremente
bajo una licencia con
derechos
- Permite utilizar el programa sin
restricciones con cualquier propósito,
estudiar el funcionamiento del
programa, adaptarlo a sus
necesidades, distribuir copias, mejorar
el programa, compartir el código
fuente y publicar
- FORMATOS ABIERTOS Ó EXTENSIONES
- LIBRES
- Creados sin fines
lucrativos, pueden
ser utilizados sin
ninguna restricción
- · ODT: Formato de texto ·
TXT: Formato de texto · PNG:
Formato de imagen · GIF:
Formato de imagen · TAR:
Formato de comprensión ·
PDF: Formato de documento
portatil · HTML: Formato
para escribir páginas web
- PRIVADOS
- Creados por empresas
con fines lucrativos o
privativos, que
permiten su uso sin
restricciones
- • WAV: Formato para escuchar
música y ver videos de la empresa
Microsoft. • JPG: Formato para
almacenar imágenes. • SQL: Lenguaje
artificial para hacer consultas a un
sistema de bases de datos. • RTF:
Formato para documentos. • PNG:
Formato de imagen. • XLS: Formato
para hoja de cálculo (Excel). • DOC:
Formato para documentos (Word)
- USO ILEGAL DEL SOFTWARE
- PIRATERÍA DE SOFTWARE
- Distribución, reproducción,
utilización, y comercialización
de programas de forma no
autorizada.
- PIRATERÍA DE USUARIO FINAL
- Cuando una persona
individualmente o en el
ámbito del trabajo reproduce
copias de software sin
autorización
- Usa una copia con licencia para
instalar el software pero hace
más uso de esta sin
autorización, instándola en
varios equipos o distribuyéndola
- PIRATERÍA EN INTERNET
- Al descargar software de internet
sin contar con la autorización del
titular de los derechos de autor
- Sitios web que ofrecen
descargas, seriales, activación de
productos, portables, subastas
de Internet infringiendo los
derechos de reproducción y
redes P2P (Peer to Peer) que
permiten la transferencia no
autorizada de programas
protegidos por derechos de
autor
- De acuerdo con la ley 603 de 2000, todas las
compañías deben declarar en sus informes
de gestión el estado, el cumplimiento de las
normas de derecho de autor y aquellas que
protegen el software. El acatamiento de la
norma está a cargo de la DIAN, donde cada
empresa debe hacer auditoria detallada
para saber que cuentan con las licencias de
cada uno de los programas instalados, sus
respectivos respaldos contables y
administrativos y de verificar la originalidad
del software. En la Ley 44 de 1993, informa
penas de entre 2 y 5 años de cárcel, así como
el pago de indemnizaciones por daños y
perjuicios a los perjudicados
- RESPONSABILIDADES ÉTICAS Y MORALES
- Quebranto de las conductas
morales entre la sociedad,
deshonestidad, deshonra,
ilegalidad
- RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
- Sanciones hasta de 200 salarios mínimos
legales mensuales, a los administradores que
incumplan la ley, estipulado por la
Superintendencia de Sociedades y multas
impuestas por la DIAN, por evasión de
impuestos derivada del software ilegal
- RESPONSABILIDADES CIVILES
- Indemnización por los daños
sufridos por la sociedad