Zusammenfassung der Ressource
Condiciones Generales del
Trabajo
- JORNADA DE TRABAJO
- Parte del día que se
dedica al trabajo
- Clases
- “Diurna: Es la comprendida entre
las seis y las veinte horas.
- Nocturna: Es la comprendida entre las
veinte y las seis horas.
- Mixta: Es la que comprende períodos
de tiempo de las jornadas diurna y
nocturna
- DÍAS DE DESCANSO
- Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día
de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro. Se
procurará que el día de descanso obligatorio sea el domingo, y el
salario de ese día de descanso se pagará como si fuera un día
laboral.
- VACACIONES
- Periodo de descanso legalmente
reconocido, a los funcionarios,
empleados y trabajadores, en
general.
- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios
disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas,
que en ningún caso podrá ser inferior a seis días
laborables, y que aumentará en dos días laborables,
hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de
servicios. Después del cuarto año, el período de
vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de
servicios
- SALARIO
- Salario es la retribución que debe pagar el
patrón al trabajador por su trabajo.
- “El salario puede fijarse por unidad de
tiempo, por unidad de obra, por
comisión, a precio alzado o de
cualquier otra manera”.
- Salarios mínimos generales
- Salarios mínimos profesionales