Zusammenfassung der Ressource
RESOLUCION
2263 DE 2004
- ART.1 Ambito de
aplicacion: Obligatoria
para la apertura de
esteticas. ins. de belleza,
centros de bronceado
- ART.2 Definiciones: Adopta las siguientes definiciones
- APARATOLOGIA:
Dispositivos medicos y
funcionales
- BIOSEGURIDAD: Practicas para
eliminar factores de riesgos
- CONTAMINACION AMBIENTAL:
Contaminantes fisicos, quimicos y biologicos
- CENTROS DE BRONCEADO:
Proporcionar un tono bronceado de la
piel, tecnicas no invasivas
- INS. DE BELLEZA: Realizan tecnicas
para con la finalidad de embellecer
- ART.3 Tecnicas de limpieza: Implementar
tecnicas que garanticen el control de
factores de riesgo quimico,fisico y biologico
- ART.4 Inst. de belleza y actividades
complementarias: Se podran ejercer siempre que
cumplan las condiciones tecnico-sanitarias
- Masaje manual estetico
- Tto facial y corporal
- Depilacion metodos no invasivos
- Maquillaje no invasivo
- ART.5 Requisitos de funcionamiento:
Apertura y funcionamiento
- CONDICIONES GENERALES
- Areas independientes, garantizar la privacidad
- Divisiones deben ser hidro-repelentes, antiadherentes, contar
con una sala de espera
- Piso paredes y techos, no poroso, no absorbente, facil desinfeccion
- DEPOSITOS Y
ELIMINACION DE
RESIDUOS
- Area dispuesta para los desechos
solidos debe ser independiente
- LENCERIA
- Se mantendra en un lugar adecuado y renovadas en cada cliente
- PERSONAL
- Ropa y calzado adecuado
- Cumplir con el manual de
bioseguridad
- ART.6 De la
informacion:Informar a
los clientes cuidados,
precauciones y riesgos del
procedimiento
- ART.7 Documentacion legal:Para la apertura y funcionamiento
- Certificado de existencia y representación legal
- Viabilidad de uso del suelo
- Planos del establecimiento
- Relación del personal que trabajara , servicios a prestar y equipo
- ART.8 Vigilancia y control:adoptarán las medidas de
prevención o correctivas necesarias para dar
cumplimiento
- ART.9 Visitas de inspeccion:Una vez al
año o las veces que sea conveniente para
verificar el cumplimento de la misma
- ART.10 Autorizacion de nuevos
servicios:informar y solicitar su autorización a la
respectiva autoridad sanitaria
- ART,11 Disposiciones transitorias Contaran
con 1 año para adecuarser