Zusammenfassung der Ressource
Ejecucion de los fallos
- la sentencia condenatoria de la sala quedara ejecutoriadas
30 dias despues de su notificacion y deberan cumplirse
dentro de los 5 dias posteriores
- y tendra fuerza ejecutiva, constituira titulo habil
y suficiente para iniciar la accion judicial
respectiva
- cuando el responsable cumpliere la resolución,
se dispondra la tranferencia a la orden de la
autoridad correspondienteo
- vencido el plazo, sin que se haya hecho
efectivo el pago
- se entregaran al fiscal de estado copio de parte resolutiva de la sentencia (autentificada) por el
secretario del tribunal
- el comunicara al tribunal o sala la iniciaiacion del juicio, indicando juzgado y
secretaria- semestralmente informara sobre el estado del mismo remitiendo es su
oportunidad - testimonio de la sentencia que reciaga - los fondos que hubiere
recibido
- las resoluciones definitivas de la sala o el tribuna, se haran efectivas no
obstante cualquier recurso judicial que contra ellas se interponga
- la ejecucion se suspendera cuando
- se consigne el importe del cargo
- haya trabado embargo
- dado fianza suficiente a juicio de fiscalia de estado
- efectue el pago
- declarado el cargo inmprocedente
- El superior tribunal de justicia, podra, contra el fallo de sala o tribunal de ceutnas,
ordenar se paralicen le cumpilimietno de la sentencia de trnace o remate
- puede celebrar acuerdo de pagos y en
los caso de sumas que superen los
$10000 se requerira
Anmerkungen:
- - la fiscalia de estado debera dictar una reglamentacion en la que se prevean los mecanismos tendiens a reunir las condiciones previestas en esta norma
- debera promoverse la homologacion judicial del acuerdo, con comunicacion a la sala o el tribuanl de cuentas
- aber iniciado la ejecucion fiscal
- cuente con la expresa aceptacion del acuerdo por el organismo afectado
- previo conocimiento del tribunal de ceutnas a los fines de su competencia