Según el Art. 41.- Está totalmente prohibido arrojar cualquier tipo de desecho en las partes laterales de la vías, cuerpos hídricos (ríos, riachuelos, lagunas, etc.), quebradas, zanjas, y demás lugares que pudieran causar determinado impacto ambiental, dentro del territorio cantonal, siendo de responsabilidad y obligación del GAD Municipal recuperar el área afectada por dichos desechos. Y se sancionara con multas de 5% 10% o 15% de un salario básico unificdo, dependiendo si es reincidente o no
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