El Alcoholismo en Ecuador

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los efectos y problemas que dan el alcoholismo
Emily Jaramillo
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  • El alcoholismo
  • El alcoholismo es una enfermedad crónica que infiere en la salud física, mental, social y familiar, así como responsabilidades laborables. El toxico produce un deterioro intelectual así como también problemas con el lenguaje, presenta alucinaciones y delirios que vuelven al sujeto más peligroso.
  • El alcohólico presenta actitud hostil y agresiva, consecuencia de sus sentimientos de inferioridad personal integrada con imágenes de rechazo. Bajo esta serie de imágenes el individuo busca el alcohol como sustituto.
  • Existen 3 formas de embriaguez o estado crónico:
  • La embriaguez alcohólica aguda ordinaria: presenta un trastorno psíquico más o menos profundo por la ingestación de bebidas alcohólicas en cantidades variables durante un breve lapso. Los delitos más comunes en esta forma de embriaguez son los de calumnia contra las personas, especialmente delitos de violencia intrafamiliar.
  • La embriaguez patológica: se presenta por una reacción extraordinaria patológica producida por una cantidad de alcohol relativamente pequeña debido a susceptibilidad o especial intolerancia al alcohol (conduce al cometimiento de delito). Se presenta en individuos epilépticos, histéricos, esquizofrénicos, psicópatas con trastornos mentales)
  • La embriaguez crónica: costumbre de ingerir alcohol alterando sus funciones orgánicas y producir un desequilibrio, por lo general los delitos que comete son sexuales, agresiones, delitos por omisión entre otros.
  • En esta clase se presentan 3 delitos de embriaguez:
  • El COIP  en el Art 37 contempla  las reglas que se deben observar para la responsabilidad en embriaguez o intoxicación:
  • Responsabilidad en embriaguez o intoxicación.- Salvo en los delitos de tránsito, la persona que al momento de cometer la infracción se encuentre bajo los efectos del alcohol o de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan, será sancionada conforme con las siguientes reglas:
  • 1. Si deriva de caso fortuito y priva del conocimiento al autor en el momento en que comete el acto, no hay responsabilidad. 2. Si deriva de caso fortuito y no es completa, pero disminuye considerablemente el conocimiento, hay responsabilidad atenuada imponiendo el mínimo de la pena prevista en el tipo penal, reducida en un tercio. 3. Si no deriva de caso fortuito, ni excluye, ni atenúa, ni agrava la responsabilidad. 4. Si es premeditada con el fin de cometer la infracción o de preparar una disculpa, siempre es agravante.
  • La dipsomanía alcohólica: primeros periodos de la embriaguez crónica. Se caracteriza por el descontrol y alteraciones del sistema nervioso. Desatiende deberes familiares y sociales. Para conseguir alcohol acude a hurtos o robos. El estado delirante: es una etapa mucho más adelantada y peligrosa de la embriaguez habitual. La memoria sufre un gran deterioro. Se caracteriza por la postración nerviosa que conduce a delitos contra personas, el más común, el homicidio. Síndrome de Korsakow: descubierto en 1887 por Sergei Korsakow. Se caracteriza por una alteración notable de la memoria  por el consumo de excesivo alcohol, la cual ocasiona su destrucción crónica y la carencia de vitamina B1 (tiamina) que es necesaria para la memoria.
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