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Ley 820 de 2003
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Por la cual se expide el régimen de arrendamiento de vivienda urbana y se dictan otras disposiciones
Flowchart by
Lonardo Fabio Quintero
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Created by
Lonardo Fabio Quintero
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Capitulo I Genralidades
Art. 1. Fijar criterios de contratos de arrendameinto
Art. 2.Vivienda urbana
dos partes se obligan reciprocamente
Servicios, cosas o usos conexos
concede el goce del inmueble
Paga un precio determinado por el goce
Servicios, cosas o usos adicionales.
Conextos Servicios públicos domiciliarios
No puede exceder el 50% del consto del arriendo
Capitulo II Formalidades
Art. 3. Forma del contrato (Verbal o escrito)
Datos a contener
Nombres de contrtantes
Id. objeto del contrato
Id. inmueble que se arrienda
Precio y forma de pago
Relación de los servicios
duración del contrato
Designación de la parte contratante Pagos
Art. 4. Clasificación
Capitulo III Obligaciones
Individual.
Mancomunado
Compartido
De pensión.
Art. 5. Término del Contrato
Art. 6. Prórroga
En iguales condiciones, si ambas partes cumplieron, avengado reajustes.
(1) año, a falta de estipulación expresa
Art. 7. Solidaridad
Art. 8. del arrendador
Entregar al arrendatario en la fecha convenida y en buen estado.
Mantener en el inmueble los Servicios, las cosas y los usos conexos y adicionales en buen estado.
Cuando conste por escrito copia del contrato (10) días a partir de la fecha.
Copia normativa si es propiedad horizontal.
Obligaciones del Capítulo II, Título XXVI, Libro 4 del Código Civil.
incumplimiento multas equivalentes a tres (3) mensualidades de arrendamiento
ARt. 9. del arrendatario.
Art. 10. Procedimiento de pago por consignación extrajudicial del canon de arrendamiento
Pagar el precio estipulado en el contrato
Cuidar el inmueble y las cosas recibidas en arrendamiento
Cumplir las normas de los reglamentos de propiedad horizontal
Cumplir con los pagos establecidos en el contato
Ley 820 de 2003
La consignación se realizada a favor del arrendador o quien lo represente.
La entidad expide y entrega a quien la realice dos (2) duplicados del título.
El arrendatario deberá dar aviso de la consignación efectuada. "Cinco (5) siguientes".
Con el incumplimiento hará incurrir al arrendatario en mora.
La entidad ue haya recibido el pago, entregará al arrendador o a quien lo represente, el valor.
Las consignaciones subsiguientes deberán ser efectuadas dentro del plazo estipulado.
Cumplir su obligación consignando las respectivas sumas.
ARt. 11 Comprobación del pago.
ARt. 12. Lugar para recibir notificaciones.
Indicar en el contrato dirección de notificación
Recibos de pago
Art. 13. Obligación general.
Art. 14. Exigibilidad.
Códigos de convivencia
Las pactadas en contrato conforme a
Códigos Civil y de Procedimiento Civil.
Art. 15. Decreto 3130 de 2003
Servicios públicos domiciliarios y otros
El arrendador
Arrendatario
Exigencia de garantías de pago previo
Correspondiente a (2) períodos consecutivos Art. 18 de la Ley 689 de 2001, promedio (3) meses últimos.
Denunciará ante la respectiva empresa, la existencia del contrato de arrendamiento y las garantías.
Deja de ser responsable y su inmueble dejará de estar afecto al pago de los servicios públicos.
Podrá terminar el pleno derecho el contrato de arrendamiento (15) hábiles por incumplimiento.
Se hace objeto de responsabilidad sobre el pago de los servicios públicos. Res 527 de 2004
Los adeudos anteriores no son responsabilidad del arrendatario
Tiene derecho de tener un contrato propio de prestación de servicios.
Capítulo IV Prhibición de garantías y depósitos
No se puede exigir depósitos u otras causaciones reales para garantizar el cumplimiento
Capitulo V Subarreiendo o seción del contrato
No puede ceder o subarrendar a menos que este autorizado
Capítulo VI Renta de arrendatarii
Art. 20. Reajuste cada (12) meses
Art. 19. Fijado en cualquier moneda o divisa extranjera al cambio representativo del mercado.
Art. 18. Renta no podrá exceder el 1% del valor comercial del inmueble y no exceder (2) veces el avalúo catastral.
No puede superar el 100% del incremento de indice del consumidor del año calendario inmediatamente anterior.
Capitulo VI Terminación del contrato de arrendamiento
Si se incurrir en culpa,se aplica El inciso tercero del artículo 52 del Código de Procedimiento Civil.
Art. 21. Mutuo acuerdo
Capitulo XI Disposiciones
Terminación
Requisitos previo aviso Unilateral por parte del
Art. 23. Arrendador (Requisitos)
Art. 25. Arrendador (Requisitos)
Art. 24 Arrendatario
Art. 22 Arrendador
No pago del canon de arriendo
No pago de la cuenta de servicios públicos
Subarriendo total o parcial
Comisión de contravenciones o actos delictivos
Modificaciones físicas del inmueble
Por no pago de las obligaciones del arrendador
Procede desde la arrendador que impidan el disfrute de la propiedad
Por terminado el contrato (con previo aviso)
Violación de reglamento de propiedad horizontal
Por término de contrato
Por necesidad del uso propio del inmueble
Comunicación por medio oficial
Pago de la consignación correspondiente
A la entrega del inmueble el arrendatario recibirá la consignación
Planteamiento de las causas de la terminación del contrato
Comunicación por medio oficial
Pago de la consignación correspondiente
Planteamiento de las causas de la terminación del contrato
A la entrega del inmueble el arrendador recibirá la consignación
Capítulo VII Actividad de bienes raíces
Art. 28. Obligación del arrendador de matricularse ante la autoridad Administrativa correspondiente
Art. 29. (Requisitos de matriculación) Personería jurídica, modelo de contrato de arrendamiento
Art. 30. Término obligatorio para la matriculación de arrendadores
Art. 31. Obligación de publicidad de la matrícula de arrendador
Capítulo IX Inspección y control y vigilancia
Art. 32. La función de inspección, control y vigilancia recae sobre las alcaldías
Art. 33. Función de la alcaldía como ente regulador de los contratos de arrendamiento
Conocimiento de las controversias
Asumir las actuaciones de Autoridad Competente
Conocimiento de los casos
Conocimiento de las controversias por no expedición de comprobante de pago
Conocimiento de las controversias por abuso En el canon de arriendo
Incumplimiento en el mantenimiento, conservación, uso y orden de los contratos de arrendamiento
Investigar y sancionar cuando haya lugar
Aplicar las sanciones administrativas
Controlar la actividad inmobiliaria en viviendas urbanas
Vigilar el cumplimiento de las obligaciones
Capítulo X Sanciones
Por no realizar el registro de la matrícula de arrendador
Por incumplimiento de las obligaciones estipuladas
Por publicidad sin mención del número de matrícula
Por incumplimiento de cualquier tipo de norma
Por incumplimiento de las obligaciones contraídas en subarrendatarios
Por la no obtención de la matrícula de arrendador
Art. 34. Aplicación de las sanciones por la autoridad competente
Art. 36. Restitución provisional
Art. 35. Medidas cautelares
Art. 38. Consultas
Art. 37. Pago de servicios
Art. 39. Trámites preferentes y única instancia
Art. 40. (Derogado)
Capitulo XII Disposiciones finales
Art. 41. Fomento a la inversión preeminencia de desplazados y personas de la tercera edad
Art. 43. Esta ley se aplicará a los contratos suscritos con posterioridad a la publicación de la Presente ley
Art. 42. Aplicación del régimen en contratos en ejecución
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