es un contrato en el que una persona natural se pone de acuerdo con otra persona natural, o con una persona jurídica, para ejecutar una labor mediante la continua subordinación, a cambio de una remuneración o salario
PUEDE SER
VERBAL
ESCRITO
Cuando el contrato sea verbal, el empleador y el trabajador deben ponerse de acuerdo, al menos acerca de los siguientes puntos:
- condición y lugar de trabajo
- la forma de pago, ya sea por tiempo, por obra ejecutada, por tarea y los periodos de los pagos
- la duración del contrato
El contrato de trabajo escrito se extiende en tantos ejemplares cuantos sean los interesados, destinándose uno para cada uno de ellos
debe contener la siguiente información
- identificación y domicilio de las partes
- lugar y fecha de celebración
- lugar donde se haya contratado al trabajador
- donde se va a prestar el servicio
- la naturaleza del trabajo
- el salario
- forma y periodos de los pagos
- suministros y viáticos (si los hay)
- duración del contrato
- terminos de terminación de contrato
EN LOS CONTRATOS TAMBIEN UNA O MAS PARTES PUEDEN ESTAR COMPROMETIDAS A CUMPLIR UNA OBLIGACIÓN, DE AHI QUE LOS CONTRATOS TENGAN UNAS CARACTERISTICAS ESPECIALES. EN ESTE CASO PUEDEN SER UNILATERAL O BILATERAL
UNILATERAL
BILATERAL
son aquellos en los cuales quien se obliga es una parte, mientras que la otra no tiene obligación alguna. Por ejemplo el contrato de préstamo o uso de comodato
ambas partes se obligan, por ejemplo en un contrato de compraventa
gratuito: cuando solo beneficia a una de las partes, por ejemplo el contrato de donación
Oneroso: en este caso ambos contratos obtienen un beneficio
Principal: cuando no depende de otro para existir, por ejemplo el contrato de arrendamiento
Accesorio: depende de otro para poder existir
Solemne: cuando se requiere que se cumplan ciertas formalidades establecidas por la ley
Consensual: cuando se perfecciona por el solo consentimiento de las partes
Conmutativo: cuando una de las partes se obliga a hacer algo equivalente a lo que la otra parte va hacer
Aleatorio: cuando se trata de algo incierto
A TÉRMINO FIJO
el contrato no podrá exceder 3 años
INDEFINIDO
el contrato tendra vigencia mientras se cumplan las causas que le dieron origen
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
el pago que se acuerda entre las partes y no genera relación laboral
PERIODO DE PRUEBA
todo contrato de trabajo contempla un periodo de prueba, el cual tiene como objetivo que las partes conozcan sus cualidades y condiciones y se evalúen ente si, para luego determinar la conveniencia o no de continuar con el contrato
DEBE SER
ESTIPULADO
el periodo de prueba debe ser estipulado en el contrato de trabajo, sea este verbal o escrito, según el articulo 77 del codigo sustantivo del trabajo
DURACIÓN
no puede ser superior a 2 meses segun el articulo 78 del codigo sustantivo del trabajo
EFECTO JURIDICO
puede darse por terminado unilateralmente en cualquier momento, siempre y cuando exista una justa causa. Gozan de todas las prestaciones.
DERECHOS Y DEBERES
DERECHOS
DEL EMPLEADOR
Orientación en los riesgos profesionales, asesoria para los programas de higiene industrial,
DEL TRABAJADOR
Atención inicial de urgencias en cualquier IPS en el evento de un accidente de trabajo y todo lo que con lleve a su recuperación
DEBERES
DEL EMPLEADOR
El pago total de la cotización de los trabajadores, procurar el cuidado integral de los trabajadores, destinar recursos para el programa de salud ocupacional de la empresa, notificar a la ARL accidentes de trabajo, informar cualquier novedad de los trabajadores a la ARL, informar a que EPS se encuentran afiliados, entre otras
DEL TRABAJADOR
Procurar el cuidado integral de su salud, suministrar información real de su estado de salud, colaborar y velar por el cumpliento de sus labores, cumplir con las normas y reglamentos, participar en la prevención de riesgos profesionales, ente otras