Trabajadores Expuestos, estudiantes en formación, miembros del público, población en conjunto.
Condiciones del trabajo del personal (monitoreo individual).
Mujeres embarazadas.Uso del dosímetro.Utilización de métodos de protección.
Monitoreo ambiental: sistema de ventilación, intervención o contaminación. Elementos de radio protección:
Máscaras
Guantes plomados
Cubre calzados
Cubre cabezas
Delantales (plomados)
Petos (plomados)
Buzos
Equipos autónomos
IMPLEMENTOS DE USO MÉDICO PARA LA PROTECCIÓN RADIOLÓGICA
Lentes plomadas
Guantes plomados
Delantales plomados
Cuellos tiroideos
Biombos plomados
Vidrios plomados
Protectores de bismuto
Blindaje
Dosimetría personal
Petos plomados
1. Evaluación
previa de las condiciones laborales para determinar la naturaleza y
magnitud del riesgo radiológico y asegurar la aplicación del principio
de optimización.2. Clasificación de
los lugares de trabajo en diferentes zonas teniendo en cuenta la
evaluación de las dosis anuales previstas, el riesgo de dispersión de la
contaminación y la probabilidad y magnitud de exposiciones potenciales.3. Clasificación de los trabajadores expuestos en diferentes categorías según sus condiciones de trabajo.4. Aplicación
de las normas y medidas de vigilancia y control relativas a las
diferentes zonas y a las distintas categorías de trabajadores expuestos,
incluida en su caso la vigilancia individual.5. Vigilancia sanitaria
NORMAS INTERNACIONALES DE LA PROTECCIÓN RADIOLÓGICA.
La vigilancia operacional
de los trabajadores expuestos se basa en los siguientes principios:
1. Desde 1928, la Comisión Internacional de Protección
Radiológica (CIPR o ICRP en inglés) reúne médicos, físicos y biólogos de
todos los países. Esta autoridad científica independiente emite
recomendaciones en materia de protección radiológica, aplicables a las
reglamentaciones de cada Estado cuando se considera necesario por los
mismos.2. El UNSCEAR
(United Nations Scientific Committee on the Effects of Atomic Radiation)
reúne a científicos representantes de 21 naciones. Se creó en 1955
en el seno de la ONU para reunir el máximo de datos sobre los niveles de
exposición debidos a las diversas fuentes de radiaciones ionizantes y sus
consecuencias biológicas, sanitarias y medioambientales. Constituye un
balance regular de estos datos, pero igualmente una evaluación de los
efectos estudiando los resultados experimentales, la estimación de las
dosis y los datos humanos.3. La OIEA edita periódicamente normas de seguridad y protección
radiológica aplicable a las industrias y prácticas que utilizan
radiaciones, utilizando las últimas recomendaciones de los organismos
científicos (como la CIPR o el UNSCEAR). Esas normas no son de obligado
cumplimiento para los países miembro del organismo a no ser que soliciten
la asistencia del propio organismo. Sin embargo, en gran medida se
utilizan como base para elaborar la legislación de la mayor parte de los
estados.4. A nivel europeo, la Unión Europea utiliza estas
recomendaciones en sus propias normas o directivas.
NORMA OFICIAL
MEXICANA NOM-157-SSA1-1996, SALUD AMBIENTAL. PROTECCION Y SEGURIDAD RADIOLOGICA
EN EL DIAGNOSTICO MEDICO CON RAYOS X