Artículo 146

Descripción

Proceso de aprendizaje del artículo 146
Test Constitución Española
Apunte por Test Constitución Española, actualizado hace más de 1 año
Test Constitución Española
Creado por Test Constitución Española hace casi 8 años
38
0

Resumen del Recurso

Página 1

Creado por www.TodoConstitucion.com

Artículo 146

El proyecto de Estatuto será elaborado por una asamblea compuesta por los miembros de la Diputación u órgano interinsular de las provincias afectadas y por los Diputados y Senadores elegidos en ellas, y será elevado a las Cortes Generales para su tramitación como ley.

Explicación:Entramos en el ámbito del Estatuto, el proyecto (iniciativa del artículo 143 CE) es elaborado por miembros de la Diputación de las provincias que pretendan acceder a la autonomía, y por los Diputados y Senadores elegidos en ellas, debiendo ser llevado a las Cortes Generales para su tramitación como una ley.

Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

Similar

Tema 2: Constitución Esañola (I)
Francisco Afonso
Tema III. La Constitución Española (II)
Francisco Afonso
Test de examen nivel básico
Test Constitución Española
Aprendizaje Título III
Test Constitución Española
Test de examen nivel medio
Test Constitución Española
Aprendizaje Título VII
Test Constitución Española
Aprendizaje Título IV
Test Constitución Española
Test de examen nivel avanzado
Test Constitución Española
Aprendizaje Título V
Test Constitución Española
Aprendizaje Título IX
Test Constitución Española