Ley de Mercado de Valores

Descripción

Examen de Ley de Mercado de Valores
maryori retamozo
Test por maryori retamozo, actualizado hace más de 1 año
maryori retamozo
Creado por maryori retamozo hace más de 5 años
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Resumen del Recurso

Pregunta 1

Pregunta
Artículo 1: ¿Cual es la finalidad de la Ley de Mercado de Valores?
Respuesta
  • promover el desarrollo ordenado y la transparencia del mercado de valores, así como la adecuada protección del inversionista
  • Armonizar y homogeneizar la contabilidad en los sectores público y privado mediante la aprobación de la normatividad contable
  • Proporcionar información contable oportuna para la toma de decisiones en las entidades del sector público y del sector privado
  • Elaborar y proporcionar a las entidades responsables, la información necesaria para la formulación de las cuentas nacionales, cuentas fiscales y al planeamiento
  • N.A

Pregunta 2

Pregunta
En el Articulo 3 nos hablan sobre los Valores Mobiliarios , ¿Que son?
Respuesta
  • aquellos emitidos en forma masiva y libremente negociables que confieren a sus titulares derechos crediticios, no carece de efectos jurídicos.
  • aquellos emitidos en forma masiva y libremente negociables que confieren a sus titulares derechos crediticios, dominiales o patrimoniales
  • aquellos emitidos en forma moderada y libremente negociables que confieren a sus titulares derechos crediticios, no carece de efectos jurídicos.
  • aquellos emitidos en forma masiva y libremente negociables que no confieren a sus titulares derechos crediticios, dominiales o patrimoniales,
  • aquellos emitidos en forma masiva y libremente negociables pero las negociaciones de derechos e índices referidos a valores mobiliarios se equiparan a tales valores

Pregunta 3

Pregunta
¿Cuando se habla de un Oferta Pública?
Respuesta
  • La oferta dirigida exclusivamente a inversionistas institucionales.
  • Aquellas que establezca Conasev
  • La oferta de valores mobiliarios cuyo valor nominal o valor de colocación unitario más bajo sea igual o superior a doscientos cincuenta mil nuevos soles (S/. 250 000,00
  • la invitación, adecuadamente difundida, que una o más personas naturales o jurídicas dirigen al público en general
  • la invitación, adecuadamente difundida, que una o más personas naturales o jurídicas dirigen al público en general para no poder realizar cualquier acto jurídico referido a la colocación, adquisición o disposición de valores mobiliarios

Pregunta 4

Pregunta
¿Cuándo nos referimos a una oferta privada?
Respuesta
  • Son los valores que pueden ser transferidos por el adquirente original a terceros con valores nominales o precios de colocación inferiores.
  • Aquellas que no establezca Conasev
  • La oferta dirigida exclusivamente a inversionistas institucionales. Los valores mobiliarios adquiridos por estos inversionistas pueden ser transferidos a terceros, salvo que lo hagan a otro inversionista institucional o se inscriba el valor previamente en el Registro Público del Mercado de Valores
  • La oferta dirigida exclusivamente a inversionistas institucionales. Los valores mobiliarios adquiridos por estos inversionistas no pueden ser transferidos a terceros, salvo que lo hagan a otro inversionista institucional o se inscriba el valor previamente en el Registro Público del Mercado de Valores
  • La oferta de valores mobiliarios cuyo valor nominal o valor de colocación unitario más bajo sea igual o menor a doscientos cincuenta mil nuevos soles (S/. 250 000,00).

Pregunta 5

Pregunta
en el articulo 6 a que se considera intermediación
Respuesta
  • Se considera intermediación en el mercado de valores mobiliarios la realización habitual, por cuenta ajena, de operaciones de compra, venta, colocación, distribución, corretaje, comisión o negociación de valores
  • se considera intermediación las adquisiciones de valores que se efectúen por cuenta propia de manera habitual con el fin de colocarlos ulteriormente en privado y percibir un diferencial en el precio.
  • se considera intermediación las adquisiciones de valores que se efectúen por cuenta propia de manera habitual sin la finalidad de colocarlos ulteriormente en el público y percibir un diferencial en el precio.
  • n.a
  • todas
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