Recursos Via Administrativa

Descripción

Recursos via economica administrativa
gonathanlaboral
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gonathanlaboral
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Resumen del Recurso

Pregunta 1

Pregunta
¿Cuál es un acto impugnable?
Respuesta
  • La liquidación provisional. Es un acto resolutorio.
  • La propuesta de liquidación. El trámite no ha acabado y por tanto no es impugnable.

Pregunta 2

Pregunta
¿Cuáles no son objeto de recurso o reclamación?
Respuesta
  • Contestaciones a consultas tributarias escritas. No son impugnables pero si son vinculantes. Las liquidaciones provisionales.
  • Las contestaciones a consultas tributarias escritas. No son impugnables pero si son vinculantes. La información sobre el valor a efectos fiscales de bienes inmuebles a adquirir. Estos son gestionados por la CCAA. Los acuerdos previos de valoración.
  • Los acuerdos previos de valoración (renta en especie) y las liquidaciones provisionales. Las contestaciones a consultas tributarias escritas. No son impugnables pero si vinculantes. Las liquidaciones provisionales.

Pregunta 3

Pregunta
¿Cuáles no pueden ser objeto de reclamación E-A pero pueden ser impugnados con un recurso Contencioso-Administrativo?
Respuesta
  • La publicación de lista de deudores a la Hancienda Publica por deudas o sanciones tributarias. Las liquidaciones en procedimientos de inspección derivadas de actas de acuerdo. Retención del IRPF a un trabajador.
  • La publicación de lista de deudores a la Hacienda Publica por deudas o sanciones tributarias. Las liquidaciones en procedimiento de inspección derivadas de actas de acuerdo. El IRPF de una factura a un particular que no debía.
  • La publiación de lista de deudores a la Hacienda Pública por deudas o sanciones tributarias. Las liquidaciones en procedimiento de inspección derivadas de actas de acuerdo.

Pregunta 4

Pregunta
¿Qué materias son susceptibles de recurso E-A?
Respuesta
  • La retención del IRPF a un trabajador. Las liquidaciones en procedimiento de inspección derivadas de actas de acuerdo.
  • El IRPF de una factura de un particular que no debía. La retención del IRPF a un trabajador.
  • La publicación de lista de deudores a la Hacienda Pública por deudas o sanciones tributarias. Las liquidaciones en procedimiento de inspección derivadas de actas con acuerdo.

Pregunta 5

Pregunta
¿Cuál es el plazo para interponer recurso de reposición potestativo en el sistema general común?
Respuesta
  • 1 mes
  • 2 meses
  • 15 días

Pregunta 6

Pregunta
¿Cuál es el plazo para interponer el recurso contencioso administrativo?
Respuesta
  • 1 mes
  • 2 meses
  • 3 meses

Pregunta 7

Pregunta
TRIBUTOS ESTATALES POR AEAT Estos son órganos periféricos que se encargan de la gestión, inspección, recaudación, rentas, sociedades... ¿Qué recursos caben contra dicho órgano?
Respuesta
  • Recurso de reposición potestativo. Recurso E-A obligatorio: distinción según la cuantía. Recurso contencioso-administrativo: dependiendo su competencia del recurso E-A.
  • Recurso de reposición Potestativo. Recurso E-A potestativo: distinción según la cuantía. Recurso contencioso administrativo: dependiendo su competencia del recurso E-A.
  • Recurso de reposición obligatorio. Recurso E-A potestativo: distincion según la cuantía. Recurso E-A obligatorio: sin distinción de la cuantía.

Pregunta 8

Pregunta
VIA ECONÓMICO-ADMINISTRATIVA DE TRIBUTOS ESTATALES AEAT. Si la cuantía de la reclamación no no excede los 150.000 o 1.800.000 euros si la reclamación contra bases o valoraciones dictadas por órganos periféricos...
Respuesta
  • Única instancia en vía económico-administrativa ante el TEAR (de Canarias) poniendo fin a la vía administrativa. Recurso contencioso-administrativo contra la resolución del TEAR (de Canarias) ante el Tribunal Superior de Jusiticia de Canarias (Sala).
  • Única instancia en vía económico-administrativa ante el TEAC (de Canarias) poniendo fin a la vía administrativa. Recurso contencioso-administrativo contra la resoulción del TEAC (de Canarias) ante el Tribunal Superior de Jusiticia de Canarias (Sala).
  • Única instancia en vía económico-administrativa ante el TEA (de Canarias) poniendo fin a la vía administrativa. Recurso contencioso-administrativo contra la resolución del TEA (de Canarias) ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Sala).

Pregunta 9

Pregunta
Si la cuantía escede de 150.000 o 1.800.00 euros si reclamación contra bases o valoraciones, o si la cuantía es indeterminada...
Respuesta
  • A opción del demandante: 1) Doble instancia en vía E-A: REA ante el TEAR (de Canarias) y; Recurso de alzada ante el TEAC. 2) Única instancia en vía E-A: REA ante el TEAC.
  • A opción del demandante: 1) Doble instancia en via E-A: REA ante el TEAR (de Canarias( y; Recurso de reposición ante el TEAR. 2) Única instancia en vía E-A: REA ante el TEAR.
  • A opción del demandante: 1) Doble instancia en vía E-A: REA ante el TEAC (de Canarias) y; Recurso de alzada ante el TEAR. 2) Única instancia en via E-A: REA ante el TEA.

Pregunta 10

Pregunta
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE TRIBUTOS ESTATATALES POR AEAT. Contra resoluciones de TEAC, el órgano competente es...
Respuesta
  • Audiencia Nacional.
  • Tribunal Superior de Justicia.
  • Tribunal Supremo.

Pregunta 11

Pregunta
TRIBUTOS ESTATALES POR AEAT. Recursos contra los órganos centrales en materia de Delegación de Grandes Contribuyentes...)
Respuesta
  • Recurso de reposición potestativo. Reclamación económico-administrativa obligatoria ante el TEAC, sin importa la cuantía. Pone fin a la vía administrativa. Recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.
  • Recurso de reposición potestativo. Reclamación económico-administrativa potestativa ante el TEAC, sin importar la cuantía. Pone fin a la vía administrativa. Recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.
  • Reclamación económico-administrativa obligatoria ante el TEAR, sin importar la cuantía. Pone fin a la vía administrativa. Recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.

Pregunta 12

Pregunta
AGENCIA TRIBUTARIA CANARIA. Ésta puede emitir sus propios trinutos: Impuesto sobre combustible, sobres la labores del tabaco. Trbiutos REF, IGIC, AIEM. Tributos cedidos: ITPAJD, ISD. Recursos propios y tributos REF por AGENCIA TRIBUTARIA CANARIA.
Respuesta
  • Recurso de reposición potestativo. REA en única instancia ante Junta Económico-Administrativa de Canarias. Pone fin a la vía administrativa. Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
  • REA en única instancia ante el TEAC. Pone fin a la vía administrativa. Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
  • REA ante el TEAR y la Junta Económico-administrativa de Canarias. Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Pregunta 13

Pregunta
¿Para los Tributos cedidos por la Agencia Tributaria de Canaria que recursos caben si su emisor es un órgano no superior?
Respuesta
  • Recurso de reposición potestativo. REA obligatoria ante el TEA del Estado: hasta 150.000 o 1.800.00 si reclamación contra bases o valoraciones: Única instancia ante el TEAR (de canarias). Recurso C-A ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
  • Recurso de reposición potestativo. REA obligatoria ante el TEAC del Estado: hasta 150.000 o 1.800.00 si reclamación contra bases o valoraciones: Única instancia ante el TEAC (de canarias).
  • Recurso de reposición obligatorio. REA potestativa ante el TEA del Estado: hasta 150.00 o 1.800.00 si reclamación contra bases o valoraciones: única instancia ante el TEAR (de Canarias). Recurso C-A ante el Tribunal Superior de Jusiticia de Canarias.

Pregunta 14

Pregunta
¿Qué recursos cabe contra los tributos propios (combustible, tabaco) y tributos REf (IGIC, AIEM) por la Agencia Tributaria Canaria no superiores que excedan los 150.000 euros o su cuantía sea indeterminada?
Respuesta
  • Opción del demandante: A) Doble instancia en vía E-A: REA ante el TEAR (de Canarias). Recurso de alzada ante el TEAC. B) Única instancia en vía E-A: REA ante el TEAC. El recurso C-A se interpondrá ante la Audiencia Nacional.
  • Opción del demandante: A) Doble instancia en vía E-A: REA ante el TEAC (de Canarias). Recurso de alzada ante el TEAR. B) Única instancia en vía E-A: El recurso C-A se interpondrá ante la Audiencia Nacional.
  • Opción del demandante: A) Doble instancia en vía E-A: REA ante el TEAC (de Canarias). Recurso de reposición ante el TEAC. B) Única instancia en vía E-A: El recurso C-A se interpondrá ante la Audiencia Nacional.

Pregunta 15

Pregunta
¿Qué recurso cabe ante los tributos cedidos (ITPJDA, ISD) por la Agencia Tributaria de Canaria por Órganos superiores?
Respuesta
  • Recurso de reposición potestativo. Reclamación económica-administrativa obligatoria ante el TEAC. Contra la resolucion del TEAC recurso C-A ante la Audiencia Nacional.
  • Recurso de reposición potestativo. Reclamación económica-administrativa obligatoria ante el TEAR. Contra la resolución del TEAR recurso C-A ante la Audiencia Nacional.
  • Recurso de reposición potestativo. Reclamación económica- administrativa obligatoria ante el TEA. Contra la resolucion del TEAR recurso C-A ante la Audiencia Ncional.

Pregunta 16

Pregunta
TRIBUTOS LOCALES EN MUNICIPIOS DE GRAN POBLACIÓN. ¿Qué recurso cabe?
Respuesta
  • Recurso de reposición potestativo. REA obligatorio ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal. Recurso C-A ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. a) Menos de 3.000 e, única instancia. b) Más de 3.000 e, cabe apelación ante el TSJ.
  • Recurso de reposición obligatorio. REA obligatorio ante el TEA. Recurso C-A ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. a)Menos de 3.000 e, única instancia. b) Más de 3.000 e, cabe apelacion ante el TSJ.
  • Recurso de reposicion potestativo. REA obligatorio ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal. Recurso C-A ante los Juzgados de los Contencioso-Administrativo. a) Menos de 3.000 e, única instancia. b) Más de 3.000 e, cabe apelación ante el TSJ.

Pregunta 17

Pregunta
ACTOS DE GESTIÓN CATASTRAL (LEY DEL CATASTRO INMOBILIARIO) Ante los actos dictados por órganos periféricos caben...
Respuesta
  • Recurso de reposición potestativo. Recurso A-E teniendo en cuenta la cuantía. Recurso C-A en la que la competencia depende de la cuantía de la reclamación.
  • Recurso de reposición obligatorio. Recurso A-E teniendo en cuenta la cuantía. Recurso C-A en la que la competencia depende de la cuantía de la reclamación.
  • Recurso de reposición potestativo. Recurso A-E teniendo en cuenta la cuantía. Recurso C-A en la que la competencia no depende de la cuantía de la reclamación.

Pregunta 18

Pregunta
¿Si la cuantía es menor a 150.000 euros o 1.800.00 euros si la reclamación es contra bases o valoraciones, que recurso cabe?
Respuesta
  • Recurso A-E en única instancia ante el TEAR (de Canarias). Recurso C-A ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
  • Recurso A-E en única instancia ante el TEAC (de Canarias). Recurso C-A ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
  • Recurso A-E en única instancia ante el TEAR (de Canarias). Recurso C-A ante la Audiencia Nacional.

Pregunta 19

Pregunta
¿Si la cuantía es mayor a 150.000 euros o 1.800.00 euros si se reclama contra bases o valoraciones, o si la cuantía indeterminada, que recursos caben?
Respuesta
  • Opción del reclamante. A) Doble instancia en vía E-A: REA ante el TEAR (de Canarias). Recurso de alzada ante el TEAC. B) Única instancia en vía E-A: REA ante el TEAC. Contra la resolución del TEAC cabe recurso C-A ante la Audiencia Nacional.
  • Opción del reclamante. A) Doble instancia en vía E-A: REA ante el TEAC (de Canarias). Recurso del alzada ante el TEA. B) Única instancia en vía E-A: REA ante el TEA. Contra la resolución del TEAC cabe recurso C-A ante la Audiencia Nacional.
  • Opción del reclamante. A) Doble instancia en vía E-A: REA ante el TEA (de Canarias). Recurso de alzada ante el TEAR. B) Única instancia en vía E-A: REA ante el TEA. Contra la resolución del TEA cabe recurso C-A ante la Audiencia Nacional.

Pregunta 20

Pregunta
ACTOS DE GESTIÓN CATASTRAL (LEY DEL CATASTRO INMOBILIARIO). ¿Qué recursos caben si el acto lo dictan los órganos centrales?
Respuesta
  • Recurso de reposición potestativo. Reclamación E-A obligatoria ante el TEAC. Recurso C-A ante la Audiencia Nacional.
  • Reclamación E-A potestativa ante el TEAC. Recurso C-A ante la Audiencia Nacional.
  • Reclamación E-A obligatoria ante el TEAR. Recurso C-A ante la Audiencia Nacional.

Pregunta 21

Pregunta
SISTEMA ESPECIAL DE RECURSOS TRIBUTARIOS. SISTEMA ESPCIAL DE RECURSOS TRIBUTARIO. ¿Qué recursos caben ante la aplicación o imposición de sanciones locales según el régimen general de TRLRHL?
Respuesta
  • Recurso de reposición obligatorio. Posteriormente Recurso C-A ante el Juzgado C-A (en única o primera instancia).
  • Recurso de reposición potestativo. Recurso C-A ante el Juzgado C-A ( en única o primera instancia).
  • Recurso de reposición obligatorio. Posteriormente recurso C-A ante la Audiencia Nacional.

Pregunta 22

Pregunta
¿Qué recurso C-A cabe ante la aplicación o imposición de sanciones de tributos locales?
Respuesta
  • Si la cuantia es menor de 30.000 euros: En única instancia. Si la cuantía es igual o mayor a 30.00 euros: recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
  • Si la cuantía es igual o menor a 30.000 euros: recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Si la cuantía es igual o mayor a 30.000 euros: recurso de apelación ante la Audiencia Nacional.
  • Si la cuantía es igual a 30.000 euros: recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Si la cuantía es mayor a 30.000 euros: recurso de apelación ante la Audiencia Nacional.

Pregunta 23

Pregunta
RECURSOS CONTRA RESOLUCIONES E-A. ¿Qué recursos ordinarios existen?
Respuesta
  • Recurso de alzada ordinario. Recurso de anulación. Recurso extraordinario de revisión. Recurso extraordinario de alzada para unificación de criterio. Recurso extraordinario para unificación de doctrina.
  • Recurso de alzada ordinario. Recurso de anulación. recurso extraordinario de alzada para unificación de criterio. Nulidad de pleno derecho. Revocación. Recurso extraordinario para unificación de doctrina.
  • Recurso de alzada ordinario. Recurso de anulación. Recurso extraordinario de revisión. Rectificación de errores. Recurso extraordinario de alzada para unificación de criterio. Recurso extraordinario para unificación de doctrina.

Pregunta 24

Pregunta
RECURSO ORDINARIO DE ALZADA. ¿Contra qué resoluciones cabe dicho recurso?
Respuesta
  • Contra resoluciones del TEAR (de Canarias) en primera instancia (cuando se trate de cuantías superiores a 150.000 euros y se haya optado por REA ante el TEAR).
  • Contra resoluciones del TEAC en primera instancia (cuando se trate de cuantías superiores a 150.000 euros y se haya optado por REA ante el TEAR).
  • Contra resoluciones del TEA (de Canarias) en primera instancia (cuando se trate de cuantías superiores a 150.00 euros y se haya optado por REA ante el TEAR)

Pregunta 25

Pregunta
Ante quién se interpone el recurso ordinario de alzada)?
Respuesta
  • TEAC (superior jerárquico).
  • TEAR (superior jerárquico).
  • TEA (superior jerárquico).

Pregunta 26

Pregunta
¿Cuál es el plazo para la interposición del recurso ordinario de alzada?
Respuesta
  • 1 mes desde la notifiación de la resolución.
  • 1 mes desde que se dicta el acto.
  • 2 meses desde la notificación de la resolución.

Pregunta 27

Pregunta
¿Porqué motivos se puede interponer el recurso ordinario de alzada?
Respuesta
  • Por cualquier infracción del ordenamiento jurídico.
  • Por supuestos tasados.
  • Por resoluciones que lesiones derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional.

Pregunta 28

Pregunta
¿Cuándo tiene efectos vinculantes de la doctrina?
Respuesta
  • Cuando hayan resoluciones reiteradas firmes (dos o más).
  • Cuando haya una resolución.
  • Cuando hayan varias resoluciones aunque no sean firmes.

Pregunta 29

Pregunta
¿A qué órganos vincula la Doctrina reiterada del TEAC? y, ¿Qué obligaciones tiene?
Respuesta
  • A TEAR. A órganos económico-administrativos de CCAA. A resto de Administraciones Tribunataria del Estado. A resto de Administración Tributaria de CCAA. El TEAC debe recoger de modo expreso en sus resoluciones y acuerdos que se trata de doctrina.
  • A TEA A órganos ecnonómico-administrativos de CCAA. A resto de Administración Tributaria de CCAA. El TEAC debe recoger de modo expreso que sus resoluciones tratan de doctrina.
  • A TEA. A TEAR A órganos económico-adminisitrativos de CCAA. A resto de Administración Tributaria de CCAA. A órganos económico-administrativos de CCAA El TEAC recojerá de modo expreso en sus resoluciones y acuerdos que se trata de doctrina reiterada.

Pregunta 30

Pregunta
¿Debe el TEAC publicar sus resoluciones?
Respuesta
  • Si. El TEAC procederá a publicarlas.
  • No. El TEAC no procederá a publicarlas (salvo petición del interesado).

Pregunta 31

Pregunta
RECURSO DE ANULACIÓN. ¿Contra qué tipo de resoluciones cabe el recurso de anulación?
Respuesta
  • Contra resoluciones e-a (archivo de actuaciones inclusive). No cabe cuando se trate: De resoluciones del mismo recurso de anulación. De resoluciones de recurso extraordinario de revisión.
  • Contra resoluciones e-a (archivo de actuaciones inclusive). No cabe cuando se trate: De resoluciones del mismo recurso de anulación. De resoluciones de recurso ordinario de revisión.
  • Contra resoluciones económico-administrativas. No cabe cuando se trate: De resoluciones del mismo recurso de anulación. De resoluciones de recurso extraordinario de revisión.

Pregunta 32

Pregunta
¿Contra que órgano económico-administrativo se presenta el recurso de anulación? y, ¿Qué órgano resolverá el recurso?
Respuesta
  • Contra el órgano que dictó el acto: TEAR, TEAC... El mismo órgano que dicto el acto.
  • Contra el TEAC y TEAC. El órgano superior.
  • Contra el TEAC, TEAR y TEA. Indistintivamente el TEAC, TEAR o TEA.

Pregunta 33

Pregunta
¿Porque motivos se puede presentar el recurso de revisión?
Respuesta
  • Cuando se haya declarado incorrectamente la inadmisibilidad de la reclamación. Cuando se hayan declarado inexistentes alegaciones o pruebas presentadas en vía e-a. Cuando se alegue la existencia de incongruencia completa y manifiesta del expediente.
  • Cuando se haya declarado incorrectamente la admisibilidad de la reclamación. Cuando se hayan declarado inexistentes alegaciones o pruebas presentadas en vía e-a. Cuando se alegue la existencia de incongurencia completa y manifiesta del expediente.
  • Cuando se haya declarado incorrectamente la inadmisibilidad de la reclamación. Cuando se hayan declarado existentes alegaciones o pruebas presentadas en vía e-a. Cuando se alegue la existencia de incongruencia completa y manifiesta del expediente.

Pregunta 34

Pregunta
¿Quiénes pueden interponer el recurso de revisión?
Respuesta
  • Los interesados y/o Directores de Departamentos de la AEAT...
  • Los interesados o Directores de Departamentos de la AEAT.
  • Los Directores de Departamentos de la AEAT a petición de los interesados.

Pregunta 35

Pregunta
¿Cuál es el plazo para interponer el recurso de revisión?. ¿En cuánto tiempor se debe resolver? ¿Qué efectos tienen su presentación?
Respuesta
  • Plazo de 15 días. 1 mes (se entenderá desestimada si falta la resolución en plazo). Su interposición en tiempo suspende el plazo para la interposición del recurso ordinario de alzada.
  • Plazo de 1 mes. 2 meses (se entenderá desestimada si falta la resolución en plazo). Su interposición en tiempo suspende el plazo para la interposición del recurso ordinario de alzada.
  • Plazo de 15 días. 1 mes (se entendrá estimada si falta la resolución en plazo). Su interposición en tiempo suspende el plazo para la interposición del recurso ordinario de alzada.

Pregunta 36

Pregunta
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN. ¿Contra que resoluciones procede la interposición del recurso extraordinario de revisión?
Respuesta
  • Contra los actos firmes de la Administración Triburatia. Contra las resoluciones firmes de TTEA.
  • Contra los actos firmes de la Administración Tributaria. Contra las resoluciones firmes del TEAC.
  • Contra los actos no firmes de la Administracion Tributaria. Contra las resoluciones no firmes del TTEA.
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