Dos principios básicos:
a) De solidaridad, equilibrio económico.
b) De autogobierno
Potestad legislativa, funciones plolíticas y ejecutivas.
Sometimiento CCAA al control del TC y Tribunal de Justicia.
Constitucion
Nota:
Las CCAA podrá formarse por:
a) Porvincias limítrofes
b)Teritorios insulares.
c) Provincias con entidad territorial histórica o unirpovinciales.
d)Territorios que no estén integrados en la unidad provincial (Gibraltar).
Vías de acceso a la autonomía
Nota:
1 Las vías ordinaria Art.143
2 Las vías especiales Art.151
3 Las vías excepcionales Art.144
*** Art 145: No se podrán establecer federaciones de CCAA.
Estatutos de
Autonomía
Nota:
Los Estatutos de autonomía deberán contener (Art.147):
1 Denominación de la comunidad mejor cidentidad histórica.
2 Delimitación de su territorio.
3 Las competencias asumidas.
Forma de elaboración
Nota:
1 Elaborado por los Diputados y Senadores de la Provincia.
Será elevado a las Cortes Generales para su tramitacion por Ley.
2 Aprobación del Proyecto de Estatuto por la Asamblea Parlamentaria.
Examen del mismo por la Comisión Constitucional de los Dip.
3 El texto será sometido a referéndum.
4 Si es aprobado, será elevado a las CG. El Rey lo sancionará.
Significado de los Estatutos de Autonomía
Nota:
Los Estatutos son una peculiar Constitución de cada CCAA.
Son una Ley Orgánica.
Instituciones Autonómicas
Nota:
Pactos Autonómicos 1992.
Comunidades Autónomas de
régimen especial.
Nota:
División tripartita de poderes:
a)Una Asamblea Legislativa.
b)Consejo de Gobierno ( Ejecutivo y administrativo)
c) Tribunal de Justicia.
Financiación de las CCAA
Nota:
Art 156 : Las CCAA gozarán de autonomía financiera.
Los recursos de la CCAA Art 157,1:
1 Impuestos.
2 Asignación de los Presupuestos Generales del Estado y Fondo de Compensación.
3 Operaciones de crédito.
Art 157,2 : No se pueden adoptar medidas tributarias sobre bienes fuera del territorio.
Competencias de las CCAA
Nota:
El Art 148 señala que:
1 Org de instituciones de autogobierno.
2 Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.
3 Obras públicas.
4 Ferrocarriles y careteras
5 Puertos y aeropuertos no comerciales.
6 Agricultura y ganadería
7 Aprovechamiento forestal.
8 Aprovechamiento hidráulico.
9 Pesca en aguas interiores.
10 Asistencia social
11 cultura y patrimonio monumental.
12 Sanidad e higiene.
13 Protección de sus edificios e instalaciones.
*** El Estado podrá delegar la facultad de dictar normas legislativas. Eso se realiza mediante una Ley Orgánica.
Competencia del Estado
Nota:
1 Garantizar la igualdad de todos los españoles.
2 Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo.
3 Administración de justicia.
4 Legislación penal, mercantil y penitenciario.
5 legislación laboral.
6 Legislación básica y régimen económico de la SS.
El Municipio
Alteración del término municipal
Nota:
1 La creación o supresión de municipios será regulada por la legislación de las CCAA, en ningún caso modificación de los límites provinciales.
2 La creación de nuevos municipios:
>Al menos 5000 habitantes
>Económicamente sostenibles.
>Recursos suficientes.para las competencias municipales.
>El Estado tiende a fomentar la fusión de municipios para mejorar la gestión del cumplimiento de asuntos públicos.
>El nuevo municipio no podrá segregarse hasta pasados diez años.
Deslinde de términos municipales
Nota:
Será resuelta por la CCAA , previo informe del Instituto Geográfico Nacional y dictamen del Consejo de Gobierno de ésta.
Empadronamiento.
Nota:
La población, toda persona inscrita en el Padrón municipal, considerándose vecinos.
Los extranjeros inscritos en el Padrón municipal no constituye prueba de su residencia legal en España.
El Padrón: es el egristro donde aparecen todos los vecinos de un municipio. Tiene carácter de documento público.
Los menores de edad y mayores incapacitados tendrán la misma vecindad que tengan su representante legal.
El Alcalde
Nota:
Atribuciones:1 Dirigir el Ayuntamiento.
2 Convocar y presidir las sesiones del Pleno.
3 El desarrollo de la gestión económica, según los presupuestos.
4 Aprobar la oferta de empleo público,según los presupuestos.
5 Desempeñar la jefatura de todo el personal (Nombramientos o sanciones)
6 Dictar Bandos.
7 Ejercer la jefatura de la Policía Local.
8 Aprobación de la gestión
9 Ejercicio de las acciones judiciales, administrativas y defensa del ayuntamiento.
10 Proponer al Pleno la declaración de lesividad.
11 En caso de catástrofe, adoptar las medidas necesarias.
12 Otorgamiento de licencias.
*El Alcalde nombra a los tenientes de Alcalde
**El alcalde puede delegar sus funciones,salvo convocar y presidir el pleno y de la Junta de Gobierno Local.
*** Tratamiento:
Madrid y Barcelona ---> Excelencia.
Demás Capitales de Provincia---->Ilustrísima.
Los de Municipios restantes-----> Señoría
El Ayuntamiento Pleno
Nota:
Concejales: depende de la población en el término municipal.
Atribuciones:
1 El control y la fiscalización de los órganos de gobierno.
2 Acuerdos sobre la participación en organizaciones supramunicipales,creación de municipios o supresión,alteración de la capital...
3 Aprobación del reglamento interno y de la ordenanzas.
4 Aprobación y modificación de los presupuestos.
5 Aprobación de las formas de gestión de los servicios municipales.
6 Planteamientos de competencias a otras entidades locales.
7 Aprobación de la plantilla y sus retribuciones.
* Al Pleno le corresponde la votación sobre la moción de censura y la cuestión de confianza.
La Junta de Gobierno
Nota:
Se integra por el Alcalde y 1/3 del número legal de concejales.
>Le corresponde asistir al alcalde en sus funciones.
>Las atribuciones que el Alcalde delegue.