RESOLUCIÓN NÚMERO 05884 DEL 27-12-2019, Por la cual se expide el Manual para la Administración de los Recursos Logísticos de la Policía Nacional de Colombia

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RESOLUCIÓN NÚMERO 05884 DEL27-12-2019, Por la cual se expide elManual para la Administración de losRecursos Logísticos de la PolicíaNacional de Colombia
adolfo luis padilla velez
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Resumen del Recurso

RESOLUCIÓN NÚMERO 05884 DEL 27-12-2019, Por la cual se expide el Manual para la Administración de los Recursos Logísticos de la Policía Nacional de Colombia
  1. Comité de clasificación
    1. Para los efectos requeridos se deberá conformar el comité de clasificación y actualización de los elementos devolutivos y de consumo el cual estará integrado por : • El Jefe Área Logística Dirección Administrativa y Financiera o quien haga sus veces. • Almacenistas Dirección Administrativa y Financiera. • Almacenistas DISAN, DIJIN, DIPOL, DIRAN, DIASE, DITRA, DIBIE. • Jefe Contaduría General.
    2. Concepto de bien
      1. Se consideran los elementos que componen el grupo de las propiedades, planta y equipo de la Institución, todos los bienes tangibles e intangibles y los recibidos para la administración.
      2. Bienes tangibles
        1. Son bienes que ocupan un espacio y tienen un valor de acuerdo con sus especificaciones físicas y técnicas.
        2. Bienes muebles
          1. Son todos aquellos bienes devolutivos y de consumo transportables de un lugar a otro por sí mismo o por una fuerza o energía externa.
          2. Bienes inmuebles
            1. Son aquellos que no se pueden transportar de un lugar a otro por sus especiales características, como los edificios, terrenos, el bien inmueble por antonomasia es la tierra.
            2. Bienes devolutivos
              1. Son los bienes y equipos que por su naturaleza no se extinguen o consumen con el primer uso y perecen por deterioro, obsolescencia, número de horas de uso o condición.
              2. Bienes de consumo
                1. Son todos aquellos bienes no retornables, que por su utilización en el desarrollo de las actividades que realiza la entidad, tienen desgaste parcial o total con el primer uso que se hace de ellos.
                2. Activo fijo
                  1. Comprende los bienes tangibles adquiridos a cualquier título cuyo costo sea superior a 50UVT de la vigencia a registrar y que cumpla con los criterios para reconocimiento de activo descrito en la Política Contable de Propiedades, planta y equipo.
                  2. Bienes reparables
                    1. Son todos los componentes de equipos que sufren un daño o han cumplido su ciclo de vida y que de acuerdo a la evaluación técnica acepta reparación o mantenimiento para ser puestos al servicio de acuerdo a las necesidades.
                    2. Bienes en bodega
                      1. Son los bienes muebles, que transitoriamente se encuentran en depósito debidamente identificados, mientras son puestos al servicio en las dependencias, adquiridos a cualquier título, en desarrollo de la función administrativa o en cumplimiento de la misión estatal.
                      2. Bienes inservibles
                        1. Son aquellos bienes muebles e inmuebles que por su estado físico y/o de obsolescencia, no son útiles o no poseen potencial de servicio para el desarrollo de las actividades de cometido estatal.
                        2. Bienes intangibles
                          1. Son todos aquellos bienes que no tienen apariencia física (derechos, licencias, software, patentes, etc.), sobre los cuales la Policía Nacional tiene el control.
                          2. Bienes de arte y cultura
                            1. Corresponde a los bienes adquiridos a cualquier título como son, las obras de arte, bienes de culto, las joyas, los elementos de museo, los elementos musicales, los libros y publicaciones de investigación y consulta de la entidad entre otros.
                            2. Bienes históricos y culturales
                              1. Los bienes muebles o inmuebles, que hayan sido declarados históricos, culturales o de patrimonio nacional.
                              2. Criterios básicos para la baja de bienes
                                1. Los jefes de área y dependencias de las unidades, deben hacer llegar al almacenista los bienes para dar de baja, relacionados en un listado debidamente cuantificado, identificado, y valorado, anexando el concepto técnico avalado por personal idóneo (peritos) que certifiquen su calidad de inservible u obsolescencia.
                                2. Baja de bienes
                                  1. La baja de bienes se define como el proceso administrativo mediante el cual la entidad retira definitivamente de su patrimonio los bienes y equipos adquiridos a cualquier título, que no cumplan con los criterios para ser reconocidos como activos de la entidad (no tenga potencial de servicio)
                                  2. Entrada de bienes
                                    1. Objetivos de la entrada: Realizar el ingreso físico de los bienes de consumo y devolutivos adquiridos mediante órdenes de compra, contrato, comodato, convenio y donación. - Realizar el registro contable correspondiente - Determinar la propiedad de la planta y equipo de la unidad - Mantener actualizados los inventarios y sistemas de información que soporta la administración de bienes por cada subcomponente.
                                      1. Formalización de las entradas: El documento “Entrada de bienes”, deberá estar soportada por los documentos idóneos que correspondan de acuerdo a la procedencia y origen del hecho económico (compra, donación comodato, etc.)
                                        1. Clasificación de las entradas: La entrada de los bienes según la procedencia de los mismos se clasifica entre otras, por: compras, donación, reintegros, recuperación, reposición, transferencia, nacimiento de semovientes, compensación, reconstrucción de equipos, sobrantes, traspasos y comodatos.
                                        2. Almacenamiento de los bienes
                                          1. Proteger los bienes de los siguientes factores: tiempo, calor, luz, humedad, insectos y roedores, lo cuales pueden agilizar efectos de deterioro.
                                            1. Clasificar de manera apropiada los bienes a almacenar, teniendo en cuenta sus características, el almacenista debe definir la zona de ubicación de manera que permitan su ubicación, en los sitios destinados para tal fin.
                                              1. Distribuir de manera adecuada los espacios de los estantes, piso, estibas, islas, bahías y sitios para el almacenamiento de toda clase de bienes.
                                                1. La ubicación de los bienes debe facilitar la toma física de inventario, movimientos e inspección de los bienes en bodega, teniendo en cuenta la rotación de los bienes (Reconocimiento).
                                                  1. El retiro de bienes de los estantes para entrega, debe llevarse a cabo con un mínimo de manipulación.
                                                    1. La ubicación de los bienes en los almacenes, no deben interferir con el sistema de extinción de incendios, el libre tránsito por corredores internos y puertas.
                                                      1. No debe apilarse el material en cajas, sino hasta un máximo de carga permitido, a fin de evitar el daño de los que se hallan como base del arrume, y sobre estibas en el piso (debe usarse avisos que indiquen el peso permitido).
                                                      Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

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