Proceso de selección contractual y modalidades de contratación

Descripción

Mapa Mental sobre Proceso de selección contractual y modalidades de contratación, creado por jason cardona el 07/03/2022.
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Mapa Mental por jason cardona, actualizado hace más de 1 año
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Resumen del Recurso

Proceso de selección contractual y modalidades de contratación
  1. Contratos de la nación y sus entidades descentralizdas estaban regidas por el decreto 222 de 1983
    1. La constitución política de 1991 trajo consigo cambios a nivel económico, político y social que obligaron a la creación de un nuevo estatuto de contratación
      1. EN 1993 es expedida la ley 80, denominada estatuto general de contratación, pública, cuyos destinatarios están consignados así:
        1. Entidades estatales, servidores públicos, servicios públicos.
    2. Colombia eficiente
      1. Principio de transparencia
        1. Igualdad respecto a todos los interesados, garantia del derecho de contradicción, objetividad, neutralidad, claridad
        2. Principio de economia
          1. Tiene como finalidad asegurar la eficiencia de la adminstración en actividad contractual, traducida en lograr los máximos resultados
          2. Principio de selección objetiva
            1. El precio, plazo, complimiento en contratos anteriores, la calidad, la experiencia
            2. Principio de igualdad
              1. Derecho del particular de participar en un proceso de seleccion en identicas oportunidades respecto de otros ofertantes
              2. Principio de planeación
                1. Impone que la decisión de contratar no sea el resultado de la imprevisión, la improvisación o la discrecionalidad de las autoridades, sino que obedezca a reales necesidades de la comunidad
              3. La ley 80 de 1993, definía dos modalidades de selección, licitación pública y la contratación directa, sin embargo la ley 1150 del 2007 recogiendo buenas prácticas internacionales definió que debía hacerse una compra eficiente y transparente,
                1. buscando precisamente esa sinergia se crearon unas modalidades de selección que ya no atiende simple y llanamente la cuantía, sino que tienen en consideración contratar bien, de ahí la importancia de que la modalidad de selección se escoja atendiendo al objeto de la contratación como lo menciona en su artículo 5 la ley 1150, que nos señala el principio de selección objetiva, columna vertebral de la contratación pública.
                  1. El Estado puede contratar bienes, obras, y servicios necesarios para el mantenimiento y funcionamiento de las entidades públicas que pueden ser contratados a través de:
                    1. - Liquidación pública. - Selección Abraviada. - Concurso de Meritos. - Minima Cuantia. - Contratación Directa
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