LA ACCION DE TUTELA EN EL DERECHO LABORAL

Descripción

Cuando puedes y debes interponer accion de tutela en el ambito laboral
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Resumen del Recurso

LA ACCION DE TUTELA EN EL DERECHO LABORAL
  1. La acción de tutela es un mecanismo que tiene toda persona para la protección de los derechos fundamentales, que estos resulten vulnerados o amenazados por las autoridades públicas o particulares en ciertos casos, siempre que no existan otros mecanismos de defensa judicial, salvo que se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. El juez imparte la orden a la autoridad o particular para que actúe o se abstenga de hacerlo (véase C.P., art. 86). Este mecanismo se ha desarrollado a través de los decretos 2591 de 1991, 306 de 1992 y 1382 de 2000, y por la jurisprudencia que ha expedido la Corte Constitucional sobre su sentido y alcance. La definición anterior ha sido compartida por la doctrina y la jurisprudencia en varias sentencias como la T-10 de 1993 y T-134 de 1996, entre otras.
    1. ACCION DE TUTELA CONTRA PARTICULARES-Orden a empleador reintegrar a trabajador y pagar los salarios y de los aportes al Sistema General de Seguridad Social que se hayan causado desde el momento en que ocurrió el despido hasta que se configure el reintegro
      1. ACCION DE TUTELA PARA OBTENER REINTEGRO LABORAL-Improcedencia por cuanto la terminación del contrato obedeció a que finalizó el término fijo celebrado entre las partes, además no se hacía indispensable la aprobación del Ministerio de Trabajo
        1. DERECHO AL MINIMO VITAL, AL TRABAJO Y A LA SEGURIDAD SOCIAL-Orden a juzgado realizar una liquidación estimada de los ingresos mensuales del accionante, con el objeto de determinar la base para calcular su remuneración laboral
          1. PROTECCION LABORAL REFORZADA DEL TRABAJADOR CON DISCAPACIDAD La estabilidad laboral se refuerza cuando el trabajador es una persona que por sus condiciones particulares puede llegar a sufrir un grave detrimento a raíz de una desvinculación abusiva. Es por tal razón que el legislador estableció la prohibición de despedir trabajadores con discapacidad o en estado de debilidad manifiesta cuando dicho despido se dé en razón de su condición, sobre la base de que se trata de medidas discriminatorias que atentan contra la igualdad y el deber de solidaridad.
            1. ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA-Ineficacia del despido sin autorización previa y expresa del Ministerio de Trabajo
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