Interpretación de la Ley y generalidades.

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Interpretación de la Ley y generalidades.
Valentina Muñoz Pinto
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Valentina Muñoz Pinto
Creado por Valentina Muñoz Pinto hace más de 7 años
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Resumen del Recurso

Interpretación de la Ley y generalidades.
  1. Interpretación Restringida e interpretacion amplia
    1. Problemas en la interpretación
      1. Ambigüedad
        1. Homonimio
          1. Relacional
            1. Sintáctica
            2. Vaguedad
              1. Gradual
                1. de denotación e intensión

                  Nota:

                  • La aplicación de una palabra establece un conjunto de propiedades para esta determinada palabra. Sin embargo no es posible determinar las propiedades que determinado precepto pueda poseer en el futuro, por lo que se llama "vaguedad potencial", y también "vaguedad intencional
                2. Textura abierta del lenguaje
                3. Nociones básicas del lenguaje
                  1. Signos y símbolos
                    1. Palabras de clase y nombres propios
                      1. Denotación y connotación

                        Nota:

                        • Denotación: objetos que constituyen la clase que los nombra connotación: propiedades que el objeto debe satisfacer
                      2. Lenguaje natural, lenguaje técnico y lenguaje jurídico

                        Nota:

                        • El derecho se expresa como un lenguaje natural, lo que lo dota de problemas de interpretación.  A pesar de ello, el lenguaje del derecho es un lenguaje técnico, pues posee muchos preceptos que tienen una definición especializada, por lo que un gremio de especialistas a formado algo así como un monopolio donde se manejan estos preceptos
                        1. Teorías de la interpretación jurídica
                          1. Enunciados interpretativos
                            1. Concepción cognoscitivista

                              Nota:

                              • detectar su significado, informando o describiendo dicho significado. Susceptibles de verdad o falsedad Permite hallar inequívocamente el signifcado de los preceptos. Es asociada al FORMALISMO JURÍDICO, comparte  visión con la escuela de la Exégesis, pues defienden una aplicación mecánica por parte de los jueces de normas generales a casos específicos.  Concepción esencialista: trás cada palabra se esconde su esencia, y es descubrible.
                              1. Concepción no congnoscitivista

                                Nota:

                                • La interpretación jurídica no es una actividad cognoscitiva sino una actividad decisoria o estipulativa (en el sentido que es el intérprete quien decide qué significado atribuir a los enunciados que se están interpretando). no son suceptibles de verdad o falsedad Lo defiende el realismo jurídico, 
                                1. Concepción intermedia

                                  Nota:

                                  • De acuerdo con esta concepción, en determinadas circunstancias la actividad interpretativa es una tarea cognoscitiva y en otras decisoria Algunos son suceptibles de verdad o falsedad y otros no. Se conoce como postpositivismo
                                2. Técnicas interpretativas
                                  1. Interpretación Literal

                                    Nota:

                                    • es aquella que se adecúa al uso común de las palabras y de las reglas gramaticales en una determinada comunidad. Sin embargo es difícil de determinar porque no siempre ese uso es inequívoco o exacto.
                                    1. Argumento justificador: Argumento contrario
                                      1. El legislador dijo todo lo que quería decir
                                        1. tanto para interpretación literal como para correctora restrictiva

                                          Nota:

                                          • Por ejemplo el término animales, incluye a los humanos?
                                          1. Justificador de una nueva norma

                                            Nota:

                                            • Ejemplo: “La administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad”. Pues esa regla, utilizando el argumento a contrario en su última versión, implica que la administración militar si puede imponer sanciones que supongan la privación de libertad.
                                          2. Argumentos justificadores de
                                          3. Interpretación correctora

                                            Nota:

                                            • Significado distinto al uso común de las palabras
                                            1. Argumentos justificadores de la interpretación extensiva
                                              1. Argumento Analógico

                                                Nota:

                                                • extender la solución prevista para un caso contemplado en el sistema normativo, para un caso no contemplado en él
                                                1. Argumento a fortiori

                                                  Nota:

                                                  • Bastante parecido al analógico, aunque En tercer lugar, se concluye que con mayor razón hay que atribuir al primer supuesto la solución normativa que el ordenamiento contempla para el segundo supuesto.
                                                2. Argumentos justificadores de la interpretación restrictiva

                                                  Nota:

                                                  • argumento de la disociación. Este argumento consiste en introducir, a la hora de interpretar una determinada disposición, una que el emisor de la misma no había establecido, con la finalidad de reducir el campo de aplicación de esa disposición sólo a algunos de los supuestos de hecho previstos por ella. Naturalmente, este argumento requiere de algún otro que justifique, a su vez, la restricción como podría ser el argumento teleológico o del absurdo.
                                                  1. interpretación literal o correctora
                                                    1. Argumento psicológico

                                                      Nota:

                                                      • atendiendo a la voluntad del legislador manifestada en la exposición de motivos, preámbulos y trabajos preparatorios de las reglas jurídicas.
                                                      1. Argumento sedes materiae

                                                        Nota:

                                                        • atendiendo a lugar que ocupa en el contexto del que forma parte.
                                                        1. Argumento teleológico

                                                          Nota:

                                                          • atendiendo su propia finalidad
                                                          1. Argumento a coherentia

                                                            Nota:

                                                            • prescindiendo de aquel o aquellos significados que supongan una contradicción respecto de lo establecido por otro enunciado ya interpretado.
                                                            1. Argumento ad absurdum

                                                              Nota:

                                                              • debe prescindir de aquel o aquellos significados que den lugar a consecuencias absurdas o que contrasten con valoraciones de sentido común.
                                                              1. Argumento prágmatico

                                                                Nota:

                                                                • optando por aquel significado que lo haga más eficaz para lograr su finalidad, prescindiendo de los que la hagan ineficaz.
                                                                1. Argumento económico

                                                                  Nota:

                                                                  • prescindiendo de aquel o aquellos significados que supongan una repetición respecto de lo establecido por otro enunciado normativo ya interpretado.
                                                            Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

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