Ley 30/92: T I al TIII

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opsiciones de psicologo de servicios sociales y oposiciones de auxiliar administrativo procedimiento administrativo Flashcards on Ley 30/92: T I al TIII, created by MaríaJosé Fatuarte Troya on 04/09/2014.
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Question Answer
Procedimientos regulados en ley 30/92 GENERAL ESPECIALES - Sancionador - Reclamaciones previas -Responsabilidad patrimonial admones
procedimientos NO regulados en ley 30/92 - Elaboración reglamentos - los de materia tributaria - impugnación actos de Seg. Social - Gestión recaudatoria de Seg. Social. - Sancionador x infracción orden social -disciplinario del personal de admones - Otros
Ppos actuación de las AAPP - Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración, coordinación y legalidad EN SUS RELACIONES: cooperación y colaboración EN SU ACTUACIÓN: eficiencia y servicio al ciudadano EN SUS RELACIONES CON CIUDADANOS: transparencia y participación
Organos de coordinación entre AGE y CCAA COMISIONES BILATERALES DE CCOPERACIÓN: bilaterales y de ámbito general CONFERENCIAS SECTORIALES: multilaterales y de ámbito sectorial CONVENIOS DE COLABORACIÓN PLANES Y PROGRAMAS CONJUNTOS
COMPETENCIA DE LAS AAPP la competencia es irrenunciable. Su titularidad y ejercicio se puede desconcentrar en órganos jerárquicamente dependientes. Su ejercicio se puede delegar en órganos de la misma admón
COMPETENCIAS NO DELEGABLES - Asuntos relacionados con la Jefatura del Estado, Presidente del Gbno, Cortes, - Adopción disposiciones de caracter general. - Resolución de recursos en los órganos que hayan dictado los actos. - Las ejercidas por delegación. - Cuando diga la ley.
DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS - La delegación y su revocación se publicarán en BOE - La resolución ejercida por delegación se indicará expresamente. - La delegación será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido. - Si el órgano delegante requiere un quorum especial, sus competencias delegadas también.
AVOCACIÓN Por parte de un órgano, de un asunto cuya resolución corresponde a órgano dependiente. Mediante acuerdo motivado y notificado a sus interesados antes de la resolución final.
DELEGACIÓN DE FIRMA De un órgano en otro órgano dependiente de él. La delegación de firma no altera la competencia No necesita ser publicada En las resoluciones con firma delegada se hara constar la autoridad de procedencia NO CABE DELEGACIÓN DE FIRMA EN RESOLUCIONES SANCIONADORAS
COMUNICACIÓN ENTRE ORGANOS - Siempre directamente - por cualquier medio que asegure la constancia de su recepción
MIEMBROS DE LOS ORGANOS COLEGIADOS - Reciben por lo menos 48 h antes la convocatoria con el orden del día de las reuniones. - No pueden atribuirse las funciones de representación del órgano. - Si causa de ausencia, serán sustituidos por sus suplentes
FUNCIONES DEL SECRETARIO DE LOS ORGANOS COLEGIADOS - Asiste a las reuniones con voz y sin voto si es funcionario. - Asiste a las reuniones con voz y voto si es un miembro del organo. - Efectua la convocatoria de las sesiones del órgano por orden del presi. - Recibe los actos de comunicación de los miembros del órgano - Prepara el despacho de los asuntos - Expide las certificaciones de las consultas. - Otras
CONVOCATORIA Y SESIONES DE LOS ÓRGANOS - Se requiere la presencia del Presidente y el Secretario, y 1/2 al menos de sus miembros. - Sólo lo establecido en el orden del día (salvo que estén todos los miembros y sea declarada la urgencia) - Acuerdos por mayoría
ACTAS DE LAS SESIONES DE LOS ORGANOS - El Secretario levantará acta con asistentes, orden del día, lugar y fecha, puntos principales y acuerdos. - Figurará el voto contrario, abstención y motivos ( a solicitud de miembros) - Voto particular discreptante en 48 h - Si voto en contra, quedan exentos de responsabilidad. - Acta aprobada en la misma o siguiente sesión.
ABSTENCIÓN MOTIVOS: - Tener interés personal en el asunto - Parentesco de consanguinidad 4º o afinidad 2º con cualquier interesado -Amistad íntima o enemistad manifiesta - Haber intervenido como perito o testigo - Tener relación de servicio con interesado *La actuación de persona con motivo de abstención NO IMPLICA NECESARIAMENTE la invalidez del acto *La no abstención dará lugar a responsabilidad
RECUSACIÓN - Podrá promoverse recusación por parte de los interesados si hay motivos de abstención - La recusación se planteará por escrito - En el día siguiente el acusado manifestará a su superior si se da la causa. - Si niega la causa el superior resolverá en 3 días, previo informes y comprobaciones. - Contra esta resolución no cabrá recurso
INTERESADOS EN PROCEDIMIENTOS - Quienes lo promueven como titulares de derechos o intereses legítimos. - Los que no lo han iniciado pero tienen derechos que pueden resultar afectados - Aquellos cuyos intereses pueden resultar afectados y se personesn antes de la resolución - Asociaciones y organizaciones - Si la condición de interesado deriva de relación jurídica transmisible.
REPRESENTACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO - Interesados pueden actuar por medio de representante. - Cualquier persona con capacidad de obrar puede actuar como representante - Representación notarial o comparecencia personal para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos. - Para actos de trámite se supone la representación.
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