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Derecho Constitucional..
Priscila Álvarez Velázquez
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Priscila Álvarez Velázquez
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Question Answer
Fuentes del Derecho En España, las fuentes del Derecho son las que se establecen en el artículo 1 del Código Civil, que dice que Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
Fuentes del derecho: La ley, la costumbre y los principios generales del derecho. Las fuentes citadas lo están en orden de prelación, lo que significa que primero se aplica la ley, entendida ésta como toda norma escrita; en segundo lugar se aplica la costumbre, que, tal y como señala el artículo 1.3 del Código Civil, sólo regirá en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público y que resulte probada, y en tercer lugar, a falta de ley o de costumbre, se aplicarán los principios generales del Derecho.
Principio de jerarquía normativa Esto nos lleva a contemplar el ordenamiento jurídico como una pirámide normativa, en cuyo vértice se encuentra la Constitución.En el artículo 1.2 dice que Carecerán de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior.
Principio de competencia Supone la necesidad de que cada norma, para ser válida, debe ser creada por el órgano que posea la correspondiente potestad normativa, o sea, por el órgano competente para ello. El principio de competencia se manifiesta básicamente en tres vertientes: 1. Orgánica. Se da entre los distintos entes del Estado central o de cada una de las CCAA. 2. Territorial. Opera entre distintas entidades territoriales dotadas de autonomía política y administrativa. El principio de competencia opera en este sentido de la siguiente forma: sólo son válidas las normas jurídicas dictadas dentro de la competencia de cada ente territorial. 3. Normativa. Supone que determinadas categorías de normas tienen un ámbito material determinado por la propia Constitución.
Principio de publicidad de las normas Publicación en el BOE BOC...
Principio de Irretroactividad de las disponsiciones sancionadoras no favorables y de las restrictivas de derechos individuales. Como cautela, la Constitución garantiza que esta ficción jurídica de la retroactividad nunca puede aplicarse a las normas sancionadoras, entendiendo por tales tanto las penales como las administrativas. Tampoco es posible aplicar la retroactividad a las normas restrictivas de derechos, que son las relativas a los derechos del Título I de la Constitución.
Principio de Legalidad Todos los poderes públicos se encuentran sometidos a la ley, aunque es cierto que con distinta intensidad: • El Poder Legislativo está sometido más bien a la Constitución. • El Poder Ejecutivo sí que está sometido. • El Poder Judicial también está sujeto al principio de legalidad (art. 117.1 CE). Si un miembro del Poder judicial cree que una ley es contraria a la Constitución no puede inaplicarla sino que deberá plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (art. 163 CE).
Principio de responsabilidad de los poderes públicos Los poderes públicos tienen que actuar de acuerdo con la Constitución y las leyes, tal y como señala el artículo 9.1 CE, y son responsables por sus actuaciones contrarias al Derecho, generando medidas sancionatorias para los poderes públicos responsables e indemnizatorias para los ciudadano lesionados.
**LA CONSTITUCIÓN COMO FUENTE DEL DERECHO** Norma suprema del OJ: -Poco original se basa en otras. -Larga:169 art -Imprecisa -Superrígida dificil de reformar. -Adecuada -Potencionalmente transformadora. -Inacabada
Contenido - Estructura de la Constitución -Parte Dogmática:se suele identificar los preceptos que formulan los valores, los principios básicos del régimen y los derechos y libertades de los ciudadano -Parte Orgánica:se consideran incluidos los preceptos relativos a la organización, competencias y funciones de los poderes públicos
Garantías de la CE -Control de la constitucionalidad de las leyes. -El establecimiento de un procedimiento específico y dificil de reformar.
Reforma de la Constitución -Proc ordinario:está regulado en el artículo 167 de la Constitución y es el que tiene que seguirse para las reformas que no afecten al Título Preliminar, a la Sección Primera del Capítulo II del Título I, es decir, a los Derechos Fundamentales y Libertades Públicas, y al Título II, relativo a la Corona. El proyecto de reforma debe aprobarse por mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras legislativas. Primero se vota en el Congreso de los Diputados y luego pasa al Senado. Mayoría de tres quintos.
Reforma de CE II Procedimiento extraordinario o de revisión: La propuesta de reforma debe ser aprobada por mayoría de dos tercios de cada Cámara, tras lo cual se procede a la disolución inmediata de las Cortes Generales y a la convocatoria de elecciones generales.
LEYES ORGÁNICAS Desde el punto de vista material son leyes orgánicas, según el artículo 81 de la CE: • Las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas.• Las que aprueban los Estatutos de AutonomíaLas que aprueban el régimen electoral general• Las demás previstas en la Constitución.
RESERVA DE LEY Hay determinadas materias que por su importancia sólo pueden regularse mediante Ley.Esta reserva de Ley puede venir determinada por la Constitución. Algunos ejemplos de ello lo vemos en los siguientes artículos: - : Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. -La ley regulará el estatuto orgánico del Ministerio Fiscal. -Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica
Otras Leyes -Leyes de delegación -Leyes Marco -Leyes orgánicas de transferencia -Leyes de Armonización -Ley de Presupuestos Generales del Estado
DECRETOS-LEGISLATIVOS Los decretos-legislativos están regulados en los artículos 82, 83, 84 y 85 de la Constitución, dentro del Capítulo Segundo, De la elaboración de las leyes, del Título III, De las Cortes Generales. Se pueden conceptuar los decretos-legislativos como normas con fuerza de ley dictadas por el Gobierno en virtud de una autorización expresa de las Cortes Generales denominada delegación legislativa
Tipos de delegación LEGISLATIVA -Mediante Ley de bases: cuando su objeto sea la formación de textos articulados (de gran extensión y/o complejidad), como dice el artículo 82.2 CE: La delegación legislativa deberá otorgarse mediante una ley de bases cuando su objeto sea la formación de textos articulados. -Mediante Ley Ordinaria:cuando tenga por objeto la refundición de varios textos legales en uno solo, como establece el artículo 82.2: La delegación legislativa deberá otorgarse...por una ley ordinaria cuando se trate de refundir varios textos legales en uno solo.
DECRETOS-LEYES Los decretos-leyes son las otras normas con rango de ley dictadas por el Gobierno. Están regulados en el artículo 86 de la CE, que nos permite ofrecer el concepto de decretos-leyes como normas provisionales con fuerza de ley dictadas por el Gobierno en caso de extraordinaria y urgente necesidad. Su control: Por el congreso y por el TC.
EL REGLAMENTO Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general dictada por la Administración pública y jerárquicamente subordinada a la Ley
**LOS TRATADOS INTERNACIONALES** Los tratados internacionales son acuerdos o pactos entre Estados soberanos. Son fuente de derecho. Mediante la firma de un tratado internacional los Estados se comprometen a asumir las obligaciones estipuladas en él.La elaboración de los tratados internacionales corresponde al Gobierno de la Nación.(necesaria la firma del Rey) Es exigible tras su public BOE
**TRATADOS INTERNACIONALES II En cuanto las Cortes Generales, es precisamente su intervención las que nos permite hacerla siguiente clasificación de los tratados internacionales: -Tratados que deben ser autorizados por el Parlamento mediante ley orgánica:Son tratados que atribuyen a una organización o institución supranacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución -Tratados que deben ser autorizados previamente por el Parlamento:a) Tratados de carácter político. b) Tratados o convenios de carácter militar. Como ejemplo tenemos el Instrumento de Adhesión al Tratado del Atlántico Norte (OTAN) de 29 de mayo de 1982. c) Tratados o convenios que afecten a la integridad territorial del Estado o a los derechos y deberes establecidos en el Título I de la Constitución. d) Tratados o convenios que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda Pública. e) Tratados o convenios que supongan modificación o derogación de alguna ley o exijan medidas legislativas para su ejecución.
Modificación, derogación o suspensión de un TRATADO INTERNACIONAL. Hay que tener presente que se hará de acuerdo con lo previsto en el propio tratado o segúnlo que dispongan las normas de DERECHO INTERNACIONAL y que no puede ser derogado, modificado o suspendido por normas internas estatales.
EL DERECHO DE LA UNION EUROPEA La adhesión de España a la Unión Europea en 1986 trajo consigo la cesión del ejercicio de competencias derivadas de la Constitución. El OJ de la UE está integrado por el llamado DERECHO ORIGINARIO (Conjunto de tratados internacionales por los que se creó la org) y por el poder denominado DERECHO DERIVADO.(Emana de las instituciones Europeas.
EN EL DERECHO ORIGINARIO El derecho originario es el conjunto de tratadosinternacionales por los que se creó la organización y que vienen a ser una especie de constitución. Entre ellos figuran el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en Roma el 25 de marzo de 1957, el Tratado de la Unión Europea, firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, el Tratado de Ámsterdam, firmado el 2 de octubre de 1997, y el Tratado de Niza, firmado el 26 de febrero de 2001.
EN EL DERECHO DERIVADO, Normas comunitarias más importantes del Tratado de las Comunidades Europeas. • Directivas: La directiva obligará al Estado miembro destinatario en cuanto al resultado que debe obtenerse, dejando, sin embargo, a las autoridades nacionales la elección de la forma y de los medios. • Reglamentos: El Reglamento tendrá un alcance general. Será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. ( para todos) • Decisiones: La decisión será obligatoria en todos sus elementos para todos sus destinatarios. (para uno o varios) • Recomendaciones y Dictámenes: Las recomendaciones y dictámenes no serán vinculantes ( no tienen caracter vinculante)
¿Cual es la manera en la que se relaciona el derecho (comunitario) de la Unión Europea? .
La Costumbre La costumbre ha sido definida por el Tribunal Supremo como la norma jurídica elaborada por la conciencia social mediante la repetición de actos realizados con intención jurídica. Consta, por tanto, de dos elementos: reiteración de actos y creencia generalizada de su obligatoriedad (opinio iuris). ej cesta navidad trabajadores. Esa costumbre generó ese derecho. Siempre que no sea contraria a la moral y al orden público y además tiene que ser aprobada.
Principios Generales del derecho Serán fuente del ordenamiento cuando exista laguna o una antinomia (dos normas contradictorias) Sirven para interpretar las normas.Son fuente del derecho, tienen una función teológica y hermenéutica. Son utilizados por los jueces, los legisladores, los creadores de doctrina y por los juristas en general, sea para integrar derechos legales o para interpretar normas jurídicas cuya aplicación resulta dudosa. Función creativa, interpretativa e integradora.
Convenios Colectivos La Constitución española, en su artículo 37.1, señala que La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y los empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.
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