Mapa Mental Jose Cabrales

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Ciencias Medioambientales Flowchart on Mapa Mental Jose Cabrales , created by jose ramon mejia mendoza on 07/03/2019.
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  • ACCIDENTES DE TRABAJO Y MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN
  • Qué es un Accidente de Trabajo según la Ley 1562 de 2012, Artículo 3: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
  • El que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
  • ACCIDENTES GRAVES Aquel que trae como consecuencia amputación de cualquier segmento corporal; fractura de huesos largos (fémur, tibia, peroné, húmero, radio y cúbito); trauma craneoencefálico; quemaduras de segundo y tercer grado; lesiones severas de mano, tales como aplastamiento o quemaduras; lesiones severas de columna vertebral con compromiso de médula espinal; lesiones oculares que comprometan la agudeza o el campo visual o lesiones que comprometan la capacidad auditiva” (Resolución 1401 de 2017, artículo 3).
  • ACCIDENTES LEVES Son aquellos accidentes en los cuales el trabajador no sufre una lesión grave.
  • ACCIDENTES MORTALES Son aquellos accidentes en los cuales se presenta la muerte del trabajador.
  • INCIDENTE DE TRABAJO: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con éste, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o pérdida en los procesos.
  • INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTE O INCIDENTE: Proceso sistemático de determinación y ordenación de causas, hechos o situaciones que generaron o favorecieron la ocurrencia del accidente o incidente, que se realiza con el objeto de prevenir su repetición, mediante el control de los riesgos que lo produjeron.
  • CAUSAS BÁSICAS: Las causas básicas ayudan a explicar por qué se cometen actos subestándar y por qué existen condiciones subestándar.
  • CAUSAS INMEDIATAS: Circunstancias que se presentan justamente antes del contacto; por lo general son observables o se hacen sentir. Se clasifican en actos subestándar o inseguros.
  • ACCIÓN CORRECTIVA: Es el conjunto de actividades que se desarrollan para seguir la pista de un problema hasta descubrir su causa; generar soluciones para evitar su repetición, implementar los cambios que sean necesarios y asegurar que esos cambios sean permanentes y produzcan el resultado deseado.
  • ACCIÓN PREVENTIVA: Es el proceso de analizar múltiples fuentes de información con el propósito de detectar cualquier debilidad en el sistema y para localizar problemas potenciales.
  • CRITERIOS PARA INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES De acuerdo con lo establecido por la resolución 1401 de 2007, emanada por el Ministerio de Protección Social, sobre investigación de incidentes y accidentes, la empresa o aportante debe investigar todos los incidentes y accidentes, que ocurran en la empresa, incluyendo accidentes graves y mortales.
  • A. FACTORES PERSONALES. NTC 3701 ·Capacidad física/fisiológica nadecuada · Capacidad mental/ psicológica inadecuada. · Tensión física o fisiológica · Falta de habilidad. · Falta de conocimiento. · Tensión mental o psicológica. · Motivación deficiente.
  • B. FACTORES DE TRABAJO. NTC 3701 · Supervisión y liderazgo deficientes · Ingeniería inadecuada. · Deficiencia en las adquisiciones.
  • A. Actos Subestándar (Actos Inseguros.) · Limpieza, lubricación, ajuste o reparación de equipo móvil eléctrico o de presión · Omitir el uso de equipo personal disponible. · Omitir uso de atuendo personal seguro. · No asegurar o advertir. · Bromas o juegos pesados. · Hacer inoperantes los dispositivos de seguridad. Falta de atención a las condiciones del piso o las vecindades. · uso inaderamente · cuando del equipo Uso inapropiado de las manos o partes del cuerpo · Operar o trabajar a velocidad insegura. · Adoptar una posición insegura · Errores de conducción. · Colocar, mezclar combinar inseguUsar equipo inseguro (rotulación)
  • B. Condiciones subestándar (condiciones Inseguras) ·Defecto de los agentes  ·Riesgo de la ropa o vestuario ·Riesgos ambientales no especificados en otra parte. ·Riesgo de colocación o emplazamiento (materiales, equipos exceptuando personas) ·Riesgo de colocación o emplazamiento (materiales, equipos, exceptuando personas) ·Métodos o procedimientos peligrosos ·Inadecuadamente protegido. ·Riesgos ambientales en trabajos exteriores, distintos a los otros. ·Riesgos públicos.
  • RESPONSABLES DE LA INVESTIGACIÓN                                                   1.Los responsables de la investigación de incidentes y accidentes son los aportantes o las empresas afiliadas, que tiene bajo su cargo al trabajador que sufre el evento y que lo contratan.                             2.La investigación de los incidentes o accidentes de trabajo ocurridos a trabajadores no vinculados mediante contrato de trabajo (trabajador en misión, asociado a un organismo de trabajo asociado o cooperativo o trabajador independiente) son responsabilidad tanto de la empresa de servicios temporales, como de la empresa usuaria o beneficiaria del servicio del trabajador.                                                  3. De igual manera, si por la complejidad del evento, la ARL considera que debe participar en la investigación del accidente, puede hacerlo.
  • POR QUÉ INVESTIGAR INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO Por norma en el Sistema General de Riesgos Laborales, el empleador es responsable por la afiliación, cotización y la prevención de los riesgos de sus empleados, lo cual tiene como fin garantizar la vida de sus trabajadores en los sitios y centros de trabajo.
  • LESIONES MENORES NO INCAPACITANTES Definida como la incapacidad laboral la menor a 8 horas y generada por el tiempo de consulta a la Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPS) luego de una lesión, así sea que el empleado no regrese a su trabajo durante el resto de la jornada laboral del día en que ocurrieron los hechos.
  •  La investigación permite: determinar el origen de estos eventos para identificar su causalidad e intervenir en el mejoramiento de sus procesos productivos para eliminar o minimizar su ocurrencia.
  • EQUIPO INVESTIGADOR
  • 1.El jefe inmediato o supervisor del trabajador accidentado o del área donde ocurrió el Accidente.                                                             2. Un representante del Comité Paritario de Seguridad y salud en el trabajo. COPASST                                                                                      3.El encargado del desarrollo del programa de Salud Ocupacional. 4.Cuando el accidente se considere grave o produzca la muerte, en la investigación participará un profesional con licencia en Salud Ocupacional, propio o contratado, así como el personal de la empresa encargado del diseño de normas, procesos y/o mantenimiento.
  • FUNCIONES DEL EQUIPO INVESTIGADOR DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO
  • A. Solicitar el formato e instructivo de investigación de incidentes y accidentes de trabajo, a la Administradora de Riesgos Laborales.                                                                                   B. Investigar los incidentes y accidentes de trabajo, dentro de los 15 días siguientes a la ocurrencia del evento.                                                                                                                      C. Revisar hechos y evidencias.                                                                                                       D. Determinar las causas inmediatas (actos y condiciones subestándar) y causas básicas (factores del trabajo y personales).                                                                                                E. Establecer medidas correctivas que prevengan la recurrencia del accidente, elaborar el plan de acción, coordinar su ejecución y realizar el seguimiento correspondiente.        F. Preparar el informe de la investigación, según lo descrito en el Capítulo II de la Resolución 1401 de 2007 (Ministerio de Trabajo).                                                                      G. Apoyar al Representante Legal en el desarrollo de sus funciones
  • DOCUMENTACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN
  • Este formato de investigación de incidentes y accidentes debe ser utilizado obligatoriamente, por la empresa o aportante, en caso de accidentes graves y mortales; para eventos leves o incidentes, solo si lo considera conveniente y debe ser diligenciado en su totalidad con letra clara o imprenta e información veraz y será el soporte de la visita de campo. FURAT Formato único de reporte de accidente de trabajo. FUREL Formato Único de Reporte de Enfermedad Laboral.
  • Se debe generar
  • INFORME DE LA INVESTIGACIÓN Para determinar las causas, hechos y situaciones es necesario que en el informe de investigación se detallen características específicas sobre tipo de lesión: · parte detallada del cuerpo que fue lesionada. · lesión precisa que sufrió el trabajador. · agente y mecanismo del accidente. · sitio exacto donde ocurrió el evento. · Respecto al agente de la lesión, se debe incluir información como: tipo, marca, modelo, velocidades, tamaños, formas, dimensiones y las demás que se consideren necesarias (Art. 9, párrafo 2, Resolución 1401 de 2007).
  • También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. De igual forma, se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión
  • Es también, accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o contratante, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
  • LESIONES MENORES NO INCAPACITANTES. Definida como la incapacidad laboral la menor a 8 horas y generada por el tiempo de consulta a la Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPS) luego de una lesión, así sea que el empleado no regrese a su trabajo durante el resto de la jornada laboral del día en que ocurrieron los hechos.
  • LESIONES INCAPACITANTES  Son las que generan incapacidades de más de ocho horas
  • Incapacidad temporal, es aquella que según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presente el afiliado al Sistema General de riesgos laborales, le impida desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado, determinado esto por el médico tratante adscrito a la EPS o la ARL. (Decreto 1295/94 y ley 776 de 2002).
  • Incapacidad permanente parcial, cuando el afiliado que, como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, presenta una disminución definitiva, igual o superior al cinco por ciento 5%, pero inferior al cincuenta por ciento 50% de su capacidad laboral, para lo cual ha sido contratado o capacitado (Decreto 1295/94 y ley 776 de 2002).
  • Invalidez, se considera inválida la persona que por causa de origen profesional, no provocada intencionalmente, hubiese perdido el cincuenta por ciento (50%) o más de su capacidad laboral de acuerdo con el Manual Único de Calificación de Invalidez vigente a la fecha de la calificación (Decretos 1295/94 y ley 776 de 2002)
  • LESIONES FATALES O GRAVES: Las lesiones fatales, como su nombre lo indica causan la muerte del trabajador en el curso de su evolución.  De acuerdo con las normas ANSI Z-16.1 y Z-16.2 y la NTC 3701, sobre estadísticas y análisis de accidentes, estos eventos implican que se carguen 6.000 días al cálculo de los índices de severidad.
  • DAÑOS MATERIALES: Son aquellos daños causados a instalaciones, equipos, máquinas, materiales, procesos entre otros.  Los daños materiales pueden ser menores o serios. En los incidentes de trabajo, no se presentan pérdidas, sin embargo se deberá evaluar, las que hubiera podido generar el evento si hubiera ocurrido, estas deben ser registradas y cuantificadas para así aportar a la gestión del programa y así resaltar su impacto.
  • FACTORES CAUSALES DE LOS INCIDENTES O ACCIDENTES:Una vez se ha iniciado la investigación del incidente o accidente, por parte del equipo investigador, se deberá establecer una secuencia sistemática del evento, buscando el tipo y el grado de la pérdida, potencial o real, dependiendo de las circunstancias que rodeen el hecho.   
  • Para lo anterior se deben tener cuenta los siguientes elementos: Falta de control, programas inadecuados, normas o estándares insuficientes o falta de cumplimiento de los programas establecidos.
  • PROCEDIMIENTO PARA LA INVESTIGACION: En la investigación se busca en esencia la identificación de forma secuencial de los eventos que generaron como consecuencia la ocurrencia del suceso; determinando las causas y factores que contribuyeron a su ocurrencia; identificando así acciones necesarias para prevenir su recurrencia. En la investigación se deben tener en cuenta algunas etapas o pasos secuenciales, que realizados de una forma adecuada, llevarán al éxito de esta:
  • 1. Planeación: En esta etapa se define del alcance la de investigación. Se lleva acabo la descripción inicial del evento, procedimientos normales de operación, mapas o diagramas con la localización del lugar del accidente y la lista de testigos, de igual manera los contactos que nos van a guiar dentro de la empresa o área.
  • 2. Revisión de aspectos importantes.  Antes de realizar la visita de campo se deben evaluar los procedimientos normales de operación, diagramas de flujo, manuales y normas de seguridad y permisos de trabajo, programación de mantenimiento o reportes sobre dificultades o anomalías.  En algunos casos pueden ser relevantes leyes, reglamentos.
  • 3. Visita al sitio de ocurrencia.  En esta etapa el equipo investigador debe tener en cuenta las precauciones del caso a fin de evitar lesiones, para esto es necesario analizar la seguridad del entorno antes de ingresar al área, luego se debe observar la escena donde ocurrieron los hechos para documentar aspectos como: localización de las víctimas, testigos, maquinaria y equipos, fuentes de energía, materiales peligrosos, prácticas de trabajo, mecanismos de seguridad y el uso que se les daba al momento del accidente, posición de las guardas y controles, mantenimiento del área y condiciones físicas
  • 4.Entrevista a testigos y/o empleados involucrados: Explicar el motivo de la investigación (prevenir accidentes)                                                                                  Identificar cada testigo (nombre, ocupación, años de experiencia, etc.)                    Donde se encontraba en el momento del accidente (localizar su posición en el esquema) Qué estaba haciendo en este momento; Qué vio o qué oyó; Cómo eran las condiciones ambientales; Qué estaba haciendo el trabajador lesionado; Hechos o elementos anormales previos al accidente; En su opinión cuál fue la causa del accidente; y Cómo se pueden prevenir accidentes similares en el futuro.  
  • 5. Análisis de la información.  Finalmente reunida toda la información se realiza el análisis de los datos recolectados, para esto se debe tener en cuenta que los datos de la investigación deben distinguirse entre los hechos observados, los que se obtuvieron por declaraciones y los que se basaron en deducciones.  Los elementos recogidos serán evaluados para poder llegar a conclusiones y si es necesario a la reconstrucción de los hechos, una vez se halla analizado la información se llegará a las conclusiones y recomendaciones pertinentes. 
  • Qué herramientas debe usar el investigador                                                Cámara fotográfica                                                                                                          Cinta de aislamiento del área.                                                                                          Libreta de apuntes.                                                                                                Bolígrafo o lápiz.                                                                                                                  Linterna.                                                                                                                          Grabadora (opcional)                                                                                                            Metro.                                                                                                                                  Elementos de protección.  
  • MEDIDAS O ACCIONES CORRECTIVAS:Una vez la investigación ha terminado, el investigador deberá diligenciar el formato de acciones correctivas y preventivas, para ser entregado al encargado de salud ocupacional, o a quién corresponda dentro de la organización, junto con el informe de la investigación, esta información servirá como base para el seguimiento.
  • Medidas provisionales.  Usualmente solo corrigen síntomas, es decir los actos y condiciones subestándar, aunque también se pueden iniciar tomando en cuenta las causas básicas.
  • Medidas definitivas.   Idealmente corrigen los factores personales y del trabajo, es decir, las causas básicas.  También llegan a corregir las fallas y omisiones en los programas, estándares y normas velando por su cumplimiento. 
  • SEGUIMIENTO A LAS MEDIDAS O ACCIONES CORRECTIVAS De acuerdo con la gravedad del accidente, al informe de la investigación y las acciones a tomar se realizará el seguimiento a las recomendaciones.
  • RESPONSABILIDAD LABORAL La responsabilidad laboral, surge al momento de pactar el contrato de trabajo entre el empleador y el trabajador, el cual según el Artículo 56 del Código Sustantivo del Trabajo dice: «De modo general incumben al empleador obligaciones de protección y de seguridad para con los trabajadores, y a estas obligaciones de obediencia y fidelidad para con el empleador.» El control de esta responsabilidad es ejercido por el Ministerio de Trabajo, quien tiene la función de vigilancia y control en la aplicación de las relaciones laborales legales vigentes.
  • SANCIÓN - MONTO A INDEMNIZAR: Frente a estos incumplimientos derivados de la relación laboral, surge igualmente las sanciones de carácter administrativo de la Ley 1562 de 2012 Artículo 13, dice: «El incumplimiento de los programas de salud ocupacional, actualmente seguridad y salud en el trabajo Decreto único reglamentario del sector trabajo 1072 del 2015,  y aquellas obligaciones propias del empleador, previstas en el Sistema General de Riesgos Laborales, acarreará multa de hasta quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes, graduales de acuerdo a la gravedad de la infracción y previo cumplimiento del debido proceso destinados al Fondo de Riesgos Laborales.»
  • La responsabilidad Administrativa, surge por el incumplimiento o violación de normas legales en materia de Riesgos Laborales, de Seguridad y Salud en el Trabajo. Es ejercida por entidades como el Ministerio del Trabajo, la Superintendencia Financiera y la Superintendencia Nacional de Salud, que tienen la función de vigilancia y control del Sistema General de Riesgos Laborales.
  • SANCIÓN (MONTO) La Ley 1562 de 2012, modificó el Art. 91 del Decreto 1295 de 1994, estipulando lo siguiente: «En caso de accidente que ocasione la muerte del trabajador donde se demuestre el incumplimiento de las normas de salud ocupacional, el Ministerio de Trabajo impondrá multa no inferior a veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni superior a mil (1 000) salarios mínimos legales mensuales vigentes destinados al Fondo de Riesgos Laborales.»
  • RESPONSABILIDAD CIVIL: Es la obligación de responder económicamente por los daños causados a terceros. En la relación laboral contractual, la obligación del empleador para indemnizar al trabajador surge por la negligencia en el cuidado y protección del mismo, deberá pagar los perjuicios causados en el accidente de trabajo o enfermedad laboral, conforme al artículo 216 del Código Sustantivo del Trabajo para el sector privado y al Artículo 86 del Código Contencioso Administrativo para el sector público.
  • SANCIÓN (MONTO A INDEMNIZAR) El pago de esta indemnización al trabajador y/o familiares, a causa de un accidente de trabajo o enfermedad Laboral, que se presenta por culpa del empleador es asumido por el empleador. El empleador es responsable con su patrimonio, y no puede dicho monto descontarse de lo pagado por la ARL, ya que la seguridad social no cubre la falta de diligencia y cuidado en prevención de riesgos laborales que le debe el empleador a sus trabajadores. Código Civil Art. 2356 dice: «Por regla general todo daño que pueda imputarse a malicia o negligencia de otra persona debe ser reparado por ésta».
  • RESPONSABILIDAD PENAL: La responsabilidad penal la impone el Estado, y consiste en evaluar el grado de intención dolosa y culposa del causante del hecho punible y busca castigar a la persona que ha desarrollado una conducta considerada como delito en el Código penal y la cual causa un daño o perjuicio a un tercero. Tiene soporte legal en el Libro 2, Título I - Delitos contra la vida y la integridad personal. Capítulo Segundo, Capítulo Tercero, del Código Penal Colombiano.
  • MONTO PARA INDEMNIZAR El monto de los daños no se encuentra tarifado y depende de los perjuicios causados al trabajador o a sus beneficiarios. Artículo 97 del C.P. Responsabilidad civil derivada del hecho punible                                                                                                       Art. 109 del C.P. Homicidio culposo                                               Art. 111 del C.P. Lesiones personales
  • METODOLOGÍA PARA INVESTIGAR INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO
  • METODOLOGÍA DIAGRAMA ESPINA DE PESCADO es un diagrama causal que representa gráficamente las relaciones múltiples de causa-efecto, es aplicada en la identificación de causas para control de calidad y también se utiliza en el análisis causal de incidentes o accidentes
  • METODOLOGÍA DE ÁRBOL DE CAUSAS: Es un diagrama que refleja la reconstrucción de la secuencia de antecedentes de un incidente o accidente, indicando las causas que lo ocasionaron de forma lógica y la relación existente entre estos.
  • METODOLOGÍA DE LOS CINCO POR QUÉ? Es una técnica sistemática de preguntas (mínimo cinco), usadas en el análisis de un problema, para buscar las posibles causas principales del mismo
  • METODOLOGÍA 5W- 2 H SON ¿Qué?  *what ¿Por qué?  * why ¿Quién? * who ¿Dónde?  *where ¿Cuándo? * when ¿Cómo? * how ¿Cuánto? * how much
  • CUÁLES SON LOS COSTOS OCULTOS O SIN ASEGURAR, DE UN INCIDENTE O ACCIDENTE DE TRABAJO? Tiempo de la investigación. Salarios pagados por pérdida de tiempo. Costos de contratar y/o capacitar al personal de reemplazo. Demandas y/o sanciones.  Tiempo extra de supervisión. Tiempo de trámites administrativos.  Impacto a la productividad después del evento. Daños materiales (maquinaria, equipos, materiales, locaciones). Criterios para la recolección de datos en una investigación objetiva
  • NORMATIVIDAD VIGENTE EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
  • Decreto 1072 del 2015: Sección 4 art.2.2.4.2.4.2(Sistema de gestión y seguridad en el trabajo SG-SST) Resolución 0312 del 2019 13 de febrero. cumplimiento de los estándares mínimos del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo. Resolución 1477 del 5 de agosto del 2014. Po la cual se expide la tabla de enfermedad laboral. Artículo 3. Determinación de la causalidad. Para determinar la relación causa, efecto, se deberá identificar: La presencia de un factor de riesgo en el sitio de trabajo en el cual estuvo expuesto el trabajador, de acuerdo con las condiciones de tiempo, modo y lugar, teniendo en cuenta criterios de medición, concentración o intensidad. En el caso de no existir dichas mediciones, el empleador deberá realizar la reconstrucción de la historia ocupacional y de la exposición del trabajador; en todo caso el trabajador podrá aportar las pruebas que considere pertinentes Resolución 1016 de 1989 (reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de Salud Ocupacional). Decreto 1295 de 1994 (determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Laborales). Decreto 1530 de 1996 (reglamenta parcialmente la Ley 100 de 1993). Ley 776 de 2002 (por la que se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales) Circular unificada de 2004 (unifica las instrucciones para la vigilancia, control y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales) El Artículo 11 de la resolución 2013 de 1986 establece como función del COPASST: “Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades Laborales y proponer al empleador las medidas correctivas a que haya lugar para evitar sus ocurrencia.  Resolución 1401 de 2007 (por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo) Ley 1562 de 2012 (por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional) Y demás normas vigentes complementarias aplicables a los diferentes sectores económicos.        
  • FUENTE DE LA INFORMACIÓN
  • JOSE LUIS CABRALES URIANA MARZO 07 DEL 2019 BOGOTÁ-COLOMBIA UNIVERSIDAD ECC
  • MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL – REPÚBLICA DE COLOMBIA.  Resolución 1401 de 2007.  Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo. ile:///D:/ESQUELETO%20SG%20SST%20ERIKA/D%20-%20INVESTIGACION%20DE%20ACCIDENTES%20E%20INCIDENTES/Cartilla%20Investigacion%20de%20Incidentes%20y%20Accidentes%20de%20trabajo%20%20(1).pdf
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