Mentefacto gestión interna de residuos de atención de salud y otras actividades por carlos parga

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Del borrador de la resolución nueva del 2020 de la normativa colombiana, Por la cual se adopta el Manual para la Gestión Integral de Residuos Generados en la Atención en Salud y otras actividades, y se dictan otras disposiciones.
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  • GESTIÓN INTERNA DE RESIDUOS GENERADOS EN LA ATENCIÓN EN SALUD Y OTRAS ACTIVIDADES
  • La gestión interna corresponde a las acciones desarrolladas por el generador que implican la cobertura, planeación e implementación de todas las actividades relacionadas con la minimización, generación, segregación, movimiento interno, almacenamiento interno y/o tratamiento de residuos dentro de sus instalaciones. El desarrollo de la gestión interna contempla las siguientes etapas: Planeación, Implementación y seguimiento.
  • 4.1.1 Etapa de Planeación
  • 4.1.2 Etapa de implementación
  • Formulación del compromiso institucional
  • Conformación del grupo de gestión de residuos.
  • Elaboración del componente de gestión interna del PGIRASA.
  • El representante legal del establecimiento que genere residuos se responsabiliza de cumplir con el PGIRASA
  • Los medianos y grandes generadores conformarán un grupo de gestión de residuos,  
  • Corresponde a este grupo coordinar las siguientes actividades:
  • a) Documentar e implementar el PGIRASA. b) Identificar el presupuesto  del PGIRASA y consultar con alta gerencia c) Proponer a la alta gerencia acciones preventivas y correctivas en el uso del PGIRASA. d) Revisar los informes de que trata el presente Manual.
  • Debe hacerse conforme al diagnostico
  • 1.3.1.1 Descripción general de las actividades y servicios prestados
  • 1.3.1.2 Identificación y descripción de las áreas o procesos de generación de residuos o desechos peligrosos y no peligrosos.
  • 1.3.1.3 Identificación, clasificación y cuantificación de los residuos generados
  • Residuos no peligrosos: aprovechable, no aprovechable, orgánicos.
  • Residuos peligrosos: Residuos con riesgo biológico o infeccioso, residuos radioactivos, residuos peligrosos. 
  • En conformidad con la norma: Residuos no peligrosos y Residuos peligrosos
  • 1.3.1.4 Identificación y descripción de actividades de prevención y minimización de la generación de residuos
  • De manera indicativa podrán incluirse entre otras, las siguientes actividades:
  • a)  Integrar criterios ambientales en la compra y contratación de bienes, productos y servicios. b) Elaborar programas de reducción y uso eficiente de materias primas e insumos. c) Generar estrategias de sustitución de productos y dispositivos médicos que contienen mercurio. d) Inclusión de tecnologías más eficientes para la reducción de residuos o desechos. e) Evitar el uso de equipos de enfriamiento y extintores de fuego con sustancias agotadoras de la capa de ozono (SAO). f) Control de inventarios que evite la caducidad de los productos que se puedan convertir en residuos o desechos. g) Uso de productos, insumos o tecnologías que al ser usados no generen residuos con características peligrosas.
  • Esta actividad debe ser realizada con el fin de separar y almacenar los residuos en recipientes o contenedores para facilitar su posterior transporte y disposición final
  • 1.3.1.6 Identificación y descripción de las condiciones para el movimiento y almacenamiento interno de residuos
  • 1.3.1.7 Condiciones para el almacenamiento interno de residuos generados en la atención en salud y otras actividades
  • a) Unidad de almacenamiento intermedio: Contar con superficies fáciles de lavar; que fomenten el acceso del personal autorizado y limiten con avisos al personal no autorizado; deben estar debidamente señalizados y rotulados por tipo de residuo; debe permitir acceso a control  de incendios; tener ventilación permanente evitar la proliferación de vectores y tener capacidad para la cantidad de residuos definida.
  • b) Unidad de almacenamiento central: Deben tener: una barrera física que separe los residuos según su tipo; sistema de pesaje de los residuos; debe tener kit de anti-derrames con EPP, material absorbente, desinfectante, bolsas etc; para beneficio animal debe estar refrigerado; y su espacio debe facilitar su recolección.
  • c)  Unidad de almacenamiento para pequeños y micro generadores que no se encuentren en inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal: Área definida y aislada de las áreas asistenciales y de servicios; Superficies de fácil limpieza y desinfección; Contar con señalización indicativa por tipo de residuo almacenado; Ubicada en un área de poca circulación de personal y visitantes; Contar con contenedores para el almacenamiento de los residuos.
  • a) Consideraciones para el movimiento interno de residuos.  realizarse en horas de menor circulación de personas, tampoco debe coincidir con el movimiento de material limpio o suministros ni con el movimiento de otros residuos para evitar contaminación cruzada, debe ser por medio de vehículos especiales y con un recorrido predefinido y no por ductos, con personal calificado y finalmente se debe hacer aseo y desinfección de vehículos y lugares circundantes a las rutas de movimiento
  • El almacenamiento de los residuos debe hacerse de forma segura, previniendo derrames, accidentes y posible contaminación de materias primas, insumos o residuos. Las unidades de almacenamiento deberán cumplir las siguientes condiciones:
  • 1.3.1.8 Descripción de los procedimientos para la limpieza y desinfección de equipos en desuso, contenedores, vehículos de recolección interna para el movimiento interno, unidades de almacenamiento y otros.
  • 1.3.1.5 Identificación de condiciones para la segregación en la fuente de residuos
  • Se deberá destinar un área para la limpieza y desinfección de los contenedores reutilizables, vehículos de recolección interna y demás implementos utilizados para el aseo y limpieza de las instalaciones.
  • 1.3.2 Programa de capacitación y socialización
  • Los medianos y grandes generadores, así como las plantas de beneficio animal, formularán e implementarán un programa de capacitación y socialización a todo el personal del establecimiento generador, con el fin de informar sobre la gestión integral de los residuos generados.
  • El programa deberá incluir los siguientes aspectos: a) Descripción de actividades de capacitación, metodología y frecuencias. b) Responsables de la actividad. c) Identificación de recursos. d) Identificación de la población objeto de capacitación (Personal operativo, administrativo, asistencial, pacientes, usuarios, personal de servicios, contratistas, entre otros.)
  • 1.3.3 Plan de contingencias para el manejo de residuo
  • para atender las situaciones o eventos de riesgo asociadas al manejo de residuos, de manera indicativa podrán incluirse entre otras, las siguientes:
  • - Incendios e inundaciones en las zonas de almacenamiento de residuos - Interrupción del suministro de agua para limpieza y desinfección e interrupción en suministro de energía en sistema de refrigeración de residuos. - Interrupción en sistema de recolección  - Derrame de residuos peligrosos (químicos y de riesgo biológicos)
  • 1.3.4 Seguridad y Salud en el Trabajo
  • Se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el capítulo VI del Decreto 1072 de 2015, Por la cual se definen los estándares mínimos del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST” o las normas que las modifiquen o sustituyan
  • 1.3.5 Cronograma de actividades para la implementación del PGIRASA
  • Se debe contar con un cronograma anual que refleje la planeación de actividades para dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el Manual, que incluya las actividades a realizar, plazo de ejecución, recursos, responsables del cumplimiento e indicadores de seguimiento.
  • 1.3.6 Tratamiento interno de residuos con riesgo biológico o infeccioso
  • 1.3.6.1.1 Disposiciones generales para el tratamiento interno de residuos o desechos con riesgo biológico o infeccioso por procesos diferentes al térmico con combustión a) Informar mediante oficio a la autoridad sanitaria y la autoridad ambiental de la intención de realizar el tratamiento interno de los residuos o desechos. b) Caracterizar y documentar el cumplimiento de los estándares para la eliminación de la carga de organismos patógenos que le confieren la característica de peligrosidad de acuerdo con lo establecido en el Anexo 8. c) Dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en los numerales ii al vii del literal d) del Anexo 8 del presente Manual, sobre condiciones mínimas de operación de la instalación de tratamiento. d) Garantizar que los residuos tratados no estén en contacto con los residuos no tratados.
  • 1.3.6.1.2 Información a incluir en el PGIRASA sobre el tratamiento interno de residuos o desechos peligrosos con riesgo biológico o infeccioso a) Identificación del tipo de tratamiento a implementar. b) Estimación mensual del tipo, cantidad y frecuencia de residuos a tratar. c) Descripción de la tecnología a utilizar. d) Descripción del equipo de tratamiento a utilizar (requerimientos de funcionamiento y operación, instrucciones de manejo por parte del fabricante, capacidad instalada, inactivación microbiana esperada, condiciones y procesos de operación, tiempos de tratamiento, concentraciones requeridas, mantenimiento, entre otros aspectos). e) Descripción detallada del procedimiento de caracterización de control interno de  f) Informe de caracterización de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 4.1.1.3.6.1.3 del Manual. g) Programa de mantenimiento del equipo de tratamiento. h) Incluir el procedimiento de respuesta en caso de emergencia, accidente o fallas del equipo que impida que los residuos puedan ser tratados internamente.
  • 1.3.6.1.5 Monitoreo al tratamiento interno de residuos con riesgo biológico o infeccioso El generador que realice tratamiento interno de residuos con riesgo biológico o infeccioso por procesos diferentes al térmico con combustión deberá: a) Realizar como mínimo una (1) caracterización anual que contemple las condiciones establecidas en el manual. Contar con información permanente y documentada en el PGIRASA de las condiciones de operación del proceso a disposición de la Autoridad Sanitaria, contar con un registro permanente del procedimiento de muestreo y monitoreo de control interno a que hace referencia el literal e) Anexo 8, con los respectivos resultados.
  • 4.1.1.3.7 Estrategia para el recibo de residuos cortopunzantes generados por pacientes que requieran para la atención domiciliaria y de su tratamiento el uso de elementos cortopunzantes. Esta estrategia debe tener en cuenta lo siguiente: a) Identificar los pacientes que sean atendidos rutinariamente por el establecimiento y las patologías que requieran el uso continuo de jeringas, lancetas entre otros para su tratamiento. b) Suministro de los recipientes para la segregación de los residuos cortopunzantes (recipientes de paredes rígidas) c) Recibir los residuos cortopunzantes que sean entregados por sus pacientes. d) Informar a los pacientes las condiciones en que se recibirán los residuos cortopunzantes. e) Mantener información sobre los residuos cortopunzantes recibidos. f) Gestionar los residuos cortopunzantes de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Manual.
  • El generador es el responsable de la implementación de la gestión interna del PGIRASA de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.1.1 del Manual.
  • 4.1.3 Etapa de seguimiento
  • La implementación del PGIRASA en su componente de gestión interna debe ser objeto de seguimiento permanente por parte del generador que permita identificar los avances en el cumplimiento de las actividades, así como detectar posibles oportunidades de mejora.
  • 1.3.1 Etapa de seguimiento componente gestión interna del PGIRASA
  • Con el fin de realizar el seguimiento a la implementación de la gestión interna de residuos generados en la atención en salud y otras actividades, el generador debe calcular mensualmente
  • a) Indicadores de destinación: Es el cálculo de la cantidad de residuos sometidos a tratamiento térmico, aprovechamiento, disposición en relleno sanitario, disposición en celdas de seguridad, u otras alternativas dividido entre la cantidad total de residuos que fueron generados. b) Indicadores de Capacitación: Se deben establecer indicadores para realizar seguimiento al programa de capacitación y socialización establecido por el generador. c) Indicadores de accidentabilidad con ocasión del manejo de residuos: Se deben establecer indicadores para realizar el seguimiento a la accidentalidad, que estén relacionadas con la gestión y manipulación inadecuada de la gestión de los residuos generados en la atención en salud y otras actividades
  • 1.3.2 Información Disponible a la Autoridad Sanitaria
  • Numeral Descripción Información que debe estar disponible en el establecimiento 4.1.1.1 Compromiso institucional Documento refleje la adopción del compromiso institucional, en cumplimiento del numeral 4.1.1.1 del presente Manual. 4.1.1.2 Grupo de gestión interna de residuos Acta de conformación del grupo de gestión interna de residuos. Actas de reuniones con sus respectivos soportes de los temas tratados y del seguimiento a los compromisos. 4.1.1.3 Componente de Gestión Interna del PGIRASA Componente de Gestión Interna del PGIRASA: cumplimiento de lo establecido en el numeral 4.1.1.3 del presente Manual. 4.1.3 Etapa de seguimiento Documento consolidado y sus soportes de acuerdo con las especificaciones del numeral 4.1.3
  • El generador debe diligenciar la siguiente informacion (para pequeños, medianos, grandes generadores y plantas de beneficio animal)
  • Para microgeneradores: Numeral Descripción Información que debe estar disponible en el establecimiento 4.1.1.1 Compromiso institucional Documento que refleje la adopción del compromiso institucional, en cumplimiento del numeral 4.1.1.1 del presente Manual. 4.1.1.3 Componente de Gestión Interna del PGIRASA Componente de Gestión Interna del PGIRASA: cumplimiento de lo establecido en el numeral 4.1.1.3 del presente Manual.
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