La Asamblea General de Accionistas
es el Órgano Supremo de la Sociedad
Podrá acordar y ratificar todos
los actos y operaciones de ésta y
sus resoluciones serán cumplidas
por la persona que ella misma
designe, o a falta de designación,
por el Administrador o por el
Consejo de Administración
Las Asambleas Generales se reunirán en el
domicilio social, y sin este requisito serán
nulas, salvo caso fortuito o de fuerza mayor
Tipos de asambleas
Ordinaria
Se reunirá por lo menos una vez al
año dentro de los cuatro meses que
sigan a la clausura del ejercicio social
Asuntos a tratar
Discutir, aprobar o modificar el informe
de los administradores tomando en
cuenta el informe de los comisarios, y
tomar las medidas que juzgue oportunas
En su caso, nombrar al Administrador o
Consejo de Administración y a los Comisarios
Determinar los emolumentos correspondientes a
los Administradores y Comisarios, cuando no
hayan sido fijados en los estatutos
Extraordinaria
Estas asambleas podrán
reunirse en cualquier tiempo
Asuntos a tratar
Prórroga de la duración de
la sociedad
Disolución
anticipada de
la sociedad
Aumento o reducción
del capital social
Cambio de objeto
de la sociedad
Cambio de
nacionalidad de
la sociedad
Transformación
de la sociedad
Fusión con
otra sociedad
Emisión de acciones
privilegiadas
Amortización por la sociedad
de sus propias acciones y
emisión de acciones de goce
Emisión de bonos
Cualquiera otra modificación
del contrato social
Los demás asuntos para los
que la Ley o el contrato social
exija un quórum especial
Deberán estar representadas, por lo menos, las tres cuartas
partes del capital y las resoluciones se tomarán por el voto
de las acciones que representen la mitad del capital social
Las resoluciones legalmente adoptadas por las
Asambleas de Accionistas son obligatorias aun para los
ausentes o disidentes, salvo el derecho de oposición
Accionistas y Asambleas
Los accionistas que representen por lo menos el
33% del capital social, podrán pedir por escrito al
Administrador o Consejo de Administración o a
los Comisarios, la Convocatoria de una Asamblea
General de Accionistas
La convocatoria para las Asambleas deberá contener la
Orden del Día y será firmada por quien la haga
Las actas de las Asambleas Generales de Accionistas se asentarán en
el libro respectivo y deberán ser firmadas por el Presidente y por el
Secretario de la Asamblea, así como por los Comisarios que concurran
El accionista que en una operación determinada tenga por cuenta
propia o ajena un interés contrario al de la sociedad, deberá
abstenerse a toda deliberación relativa a dicha operación
Los administradores y los comisarios no podrán votar en
las deliberaciones relativas a la aprobación de los informes
Los accionistas de las sociedades
anónimas podrán convenir entre ellos
Derechos y obligaciones que establezcan opciones de compra o
venta de las acciones representativas del capital social de la sociedad
Enajenaciones y demás actos
jurídicos relativos al dominio,
disposición o ejercicio del derecho de
preferencia, con independencia de
que tales actos jurídicos se lleven a
cabo con otros accionistas o con
personas distintas de éstos
Acuerdos para el ejercicio del derecho
de voto en asambleas de accionistas
Acuerdos para la enajenación de
sus acciones en oferta pública
Otros de naturaleza análoga
Los accionistas que representen el 25% del
capital social podrán oponerse judicialmente a
las resoluciones de las Asambleas Generales