EL JURISTA Y LA PLEGARIA DE LA VERDAD JURIDICA

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EL JURISTA Y LA PLEGARIA DE LA VERDAD JURIDICA
  1. EL MOMENTO HISTORICO Y LAS MANIFESTACIONES DE ORDEN CULTURAL
    1. Cada momento histórico va dejando hondas manifestaciones de orden cultural, que van enriqueciendo el patrimonio de los pueblos en excelente calidad de reservas axiológicas para los siguientes períodos de comprobación histórica, como concentración máxima del señorío intelectual de la humanidad, en toda su riqueza y contenido político y social, jurídico y sociológico, y con toda la potencia creadora de nue- vas normas de vida y de conocimiento
    2. 2. LAS EXCELENCIAS DEL JURISTA y LA TAREA QUE TERMINA
      1. La realización del bien común, en cumplimiento de los imperati- vos de la deontología reguladora de la conducta y como principio ético de benevolencia para sí mismo y para la sociedad, enfatiza la excelencia del jurista en su hondo sentido social, porque coadyuva para alcanzar la altitud de la equidad y las cumbres de la Justicia
        1. la tarea del jurista es inacabable, relevante, amplia, vasta, extensa
          1. Pero la tarea termina y va muriendo el jurista, pero las generaciones permanecen y se suceden, y el estudio del Derecho sigue y sobre él se seguirá escribien- do con pensamiento renovado en la doctrina fundamental y con fe inconmovible en el Derecho y la Justicia
          2. 3. EL TRABAJO DEL JURISTA ES LA PLEGARIA DE LA VERDAD JURIDICA
            1. Si el defensor toma en cuenta estos factores coincidentes, el saber jurídico, el saber psicológico y la potencia del amor contenido en el segundo mandamiento, saldrá victorioso en el orden moral y en el orden jurídico: cumplió con su deber.
              1. Su trabajo es la plegaria de la verdad jurídica y su galardón el triunfo de lajusticia. Su satisfacción es la elegancia en el alegato en cumplimiento de exigencias éticas, sociales y políticas contenidas implícitamente en la norma
            2. 4. LOS ENEMIGOS DE LOS VALORES CULTURALES POR AGUDO CESARISMO
              1. La Moral y el Derecho son un dique formidable y un refugio contra la sumergente tarea de quienes se convierten en enemigos permanen- tes de los valores culturales, por su agudo cesarismo y hostiles al poder crítico
              2. 5. LA MORAL FORTALECE Y DA PLENITUD A LA ORDENACIÓN JURÍDICA
                1. De este enlace y relación, surge la función social dialécticamente necesaria y jurídicamente imprescindible, como complemento lógico de la persona para su enriquecimiento intelectual en toda su plenitud y en estrecha armonía con el conjunto de valores, para evitar antítesis contra la libertad y la dignidad de la persona, que sólo el analfabe- tismo lógico pregona con menosprecio de la razón.

                  Annotations:

                  • Todo cuanto se ha venido diciendo-exige,  por ende, una excelente formación académica del jurista y una exquisita cultura humanística y filosófica,  para evitar, hasta donde es Humanamente  posible, las ineluctables deficiencias de  la prestación de servicios profesionales
                2. 6. LA MORAL Y LA METAFÍSICA NO DEBEN SER DESTERRADAS POR EL DERECHO
                  1. La ciencia especulativa tiene como fin el conocimiento puro, como la Metafísica, y el Derecho, el estudio de las relaciones de los ciudada- nos entre sí. La primera es la ciencia del ser, de los primeros principios y de las causas primeras. En consecuencia, la Moral y la Metafísica no deben ser desterradas por el Derecho. No la primera, porque dirige la voluntad en la práctica del bien. No la segunda, porque es precisa para la noción del ser, de la substancia, de la vida, de la causa
                  2. 7. LA NORMA JURÍDICA TIENE SU RAIZ CULTURAL y SOCIAL EN LA AUTONOMÍA DE LA MORAL
                    1. como toda norma jurídica tiene su raíz cultural y social en la autonomía de la Moral que es reflexión específica interna
                      1. El Derecho no puede apartarse de la Moral que encierra el manda- to de hacer el bien en el "honeste vivere", ni puede desconocer el axioma fundamental de la Moral de no causar perjuicio o mal a otro y que el Derecho le da hospedaje en el "alterum non laedere", como tampoco puede ignorar e! principio moral de respetar lo que corres- ponde a los demás, porque lo acepta en ei "suum cuique tribuere" de! Dige
                      2. 8. SI LA MORAL ES EL ARTE DE VIVIR BIEN, EL DERECHO ES EL ARTE DE LA RELACIÓN
                        1. Ambos con exigencias fundamentales y de carácter universal
                          1. La correlación existe, la asociación es evidente y mutuamente se complementan. La Moral busca la armonía en el conjunto social. El Derecho es la garantía para lograría, en medio de las discrepancias y de la agresividad, con toda la fuerza coactiva de que dispone
                          2. 9. LA MORAL Y EL DERECHO SON NORMATIVAMENTE INTRANSIGENTES
                            1. no se puede prescindir de la norma moral, ni de la norma que emana del Derecho, pero una y otra instancia tienen su instancia específica, cada una en su puesto y con sus propios fines
                            2. 10. EL DERECHO ASPIRA A LO QUE LE FALTA. LA MORAL NO BUSCA MÁS DE LO QUE ES
                              1. La Moral tiene la categoría de ciencia fundamental, porque de ella proceden otras, de ella se derivan sus principios o su objeto. El Derecho es ciencia subalterna en virtud de que "Sus principios y objeto dependen de otra, pero no subordinada, porque no admite orden '.como de inferior a superior a otra ciencia.
                                1. El Derecho aspira a lo que le falta. La Moral no busca más de lo que es y de lo que tiene. Ambos con dignidad y prestigio, confieren honor y fecundidad al éjercicio de la profesión de abogado que busca la argu- mentación que aplasta, derrota y vence
                                  1. El Derecho no puede desprenderse de la Moral. Y como la imparcialidad jurídica es el fruto de la Filosofía Moral y de la Filosofía Jurídica, el Derecho se asocia a 'una moral trascendental e inmanente.
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