EL DERECHO DISCIPLINARIO EN LA POLICÍA NACIONAL

Description

DERECHO DISCIPLINARIO EN LA POLICIA NACIONAL.
Victor Hugo Figueroa Galeano (MEDELLIN)
Mind Map by Victor Hugo Figueroa Galeano (MEDELLIN), updated more than 1 year ago
Victor Hugo Figueroa Galeano (MEDELLIN)
Created by Victor Hugo Figueroa Galeano (MEDELLIN) almost 7 years ago
0
0

Resource summary

EL DERECHO DISCIPLINARIO EN LA POLICÍA NACIONAL
  1. MARCO LEGAL
    1. LEY 1015 DE 2006
      1. por medio de la cual se expide el Régimen Disciplinario para la Policía Nacional.
        1. La presente ley se aplicará a sus destinatarios cuando incurran en falta disciplinaria dentro o fuera del territorio nacional.
          1. Son destinatarios de esta ley el personal uniformado escalafonado y los Auxiliares de Policía que estén prestando servicio militar en la Policía Nacional; aunque se encuentren retirados, siempre que la falta se haya cometido en servicio activo.
            1. FALTAS DISCIPLINARIAS
              1. Gravísimas, Graves Y Leves
              2. SANCIONES
                1. Destitución e Inhabilidad General, Suspensión e Inhabilidad Especial, Multa Y Amonestación Escrita
            2. MARCO CONSTITUCIONAL
              1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA 1991
                1. ARTICULO 218: La Policía Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, a cargo de la Nación, cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz. La ley determinará su régimen de carrera, prestacional y disciplinario.
                  1. Artículo 216. La fuerza pública estará integrada en forma exclusiva por las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. Todos los colombianos están obligados a tomar las armas cuando las necesidades públicas lo exijan para defender la independencia nacional y las instituciones públicas. La Ley determinará las condiciones que en todo tiempo eximen del servicio militar y las prerrogativas por la prestación del mismo.
                    1. Artículo 222. La ley determinará los sistemas de promoción profesional, cultural y social de los miembros de la Fuerza Pública. En las etapas de su formación, se les impartirá la enseñanza de los fundamentos de la democracia y de los derechos humanos
                      1. UNIFICACIÓN DE CRITERIOS PARA
                        1. Fortalecer su nivel educativo en todos los campos porque juega un papel de liderazgo, de solución de problemas y de atención a la ciudadanía.
                  2. PLANTEAMIENTO A LA CRISIS INSTITUCIONAL
                    1. Se requiere gestión del conocimiento, investigación, pero ante todo descubrir el sentido de la profesión y de una escuela de posgrados, con carreras universitarias las cuales tienen que ver con la efectividad del servicio
                      1. El policía tiene el saber, la experiencia y contexto de investigación.
                    2. Un policía debe hacer un posgrado por su vocación de servicio
                      Show full summary Hide full summary

                      Similar