INSTITUCIONES JURÍDICAS DEL DERECHO ADUANERO

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INSTITUCIONES JURÍDICAS DEL DERECHO ADUANERO
  1. La Importación y Exportación Definitiva
    1. Importación
      1. Operación por medio de la cual una mercancía extranjera es sometida a la regularización y fiscalización.
      2. Exportación
        1. Es el envío de mercancías nacionales para uso o consumo en el exterior.
        2. Importaciones de perfeccionamiento industrial.
          1. Fundamento Jurídico artículo 96 de la Ley Aduanera.
            1. La entrada de mercancía de procedencia extranjera para permanecer en el territorio nacional por tiempo ilimitado.
          2. Exportación definitiva
            1. Fundamento Jurídico en el art. 102 de la Ley Aduanera
              1. Salida de mercancías del territorio nacional para permanecer en el extranjero por tiempo ilimitado.
              2. Importación definitiva
                1. Se paga impuestos
                  1. Cumple con obligaciones en materia de restricciones o regulaciones no arancelarias.
                    1. Cumple con formalidades de su despacho aduanero.
                  2. La Importación y Exportación Temporal
                    1. Régimen suspensivo
                      1. Importación Temporal
                        1. La entrada al país de mercancías para permanecer por un tiempo limitado.
                          1. Su finalidad es específica
                            1. Su destino puede ser:
                              1. Elaborar, Transformar o Reparar
                                1. Programas de maquila o exportación
                              2. No se pagan impuestos en el exterior
                                1. Debe Cumplir con obligaciones de regulación y restricción no arancelaria.
                                  1. Plazos
                                    1. 1 mes, en los remolques y semirremolques.
                                      1. 6 meses.
                                        1. 1 año
                                          1. 10 años
                                            1. 18 meses
                                          2. Exportación temporal
                                            1. Fundamento art. 102 Le Aduanera
                                              1. La salida de mercancías del territorio nacional al territorio extranjero por tiempo limitado para una finalidad específica.
                                              2. Plazos
                                                1. 3 meses
                                                  1. 6 meses
                                                    1. 1 año
                                                2. Déposito Fiscal
                                                  1. Permite a los particulares mantener almacenadas sus mercancías todo el tiempo que así lo consideren.
                                                    1. Las mercancías se pueden extraer total o parcialmente para su importación pagando previamente los impuestos, contribuciones y cuotas compensatorias.
                                                      1. Se pueden retirar para:
                                                        1. Importación definitiva
                                                          1. Exportación definitiva
                                                            1. Retornarse al extranjero
                                                              1. Importarse temporalmente
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