FUNCIONES ESCENCIALES DE LA SALUD PÚBLICA

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Angela Coral
Orlando Nuñez
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Orlando Nuñez
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FUNCIONES ESCENCIALES DE LA SALUD PÚBLICA
  1. FESP 7: Evaluación y promoción del acceso equitativo de la población a los servicios de salud necesarios
    1. Normatividad
      1. DECRETO NÚMERO 780 DE 2016 (6 de mayo de 2016) Capítulo 2 Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de Atención en Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud – SOGCS Artículo 2.5.1.2.1 Características del SOGCS. Accesibilidad. Es la posibilidad que tiene el usuario de utilizar los servicios de salud que le garantiza el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
        1. PARTE 10 PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EN EL SGSSS TÍTULO 1 PARTICIPACIÓN EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD, Capítulo 1 Participación en salud Artículo 2.10.1.1.1. Participación en salud. Las personas naturales y jurídicas participarán a nivel ciudadano, comunitario, social e institucional, con el fin de ejercer sus derechos y deberes en salud, gestionar planes y programas, planificar, evaluar y dirigir su propio desarrollo en salud.
        2. Políticas
          1. El Plan Decenal de Salud Pública 2012 - 2021 establece políticas públicas sustentadas en ciclo de vida; por ejemplo, la Política de Primera Infancia (Colombia P. d., Política Pública de Primera Infancia, 2011), la Política Nacional de Juventud (Colombia P. d., Política Nacional de Juventud, octubre de 2004), Política Nacional de Envejecimiento y Vejez (Social M. d., Política Nacional de Envejecimiento y Vejez, 2007).
            1. Ley 1751 de 2015, estatutaria del derecho fundamental a la salud, en el artículo 5° asigna al Estado la responsabilidad de respetar, proteger y garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud, disponiendo al tenor de los literales c) e i) que para ello deberá “Formular y adoptar políticas que propendan por la promoción de la salud, prevención y atención de la enfermedad y rehabilitación de sus secuelas, mediante acciones colectivas e individuales” y “Adoptar la regulación y las políticas indispensables para financiar de manera sostenible los servicios de salud y garantizar el flujo de los recursos para atender de manera oportuna y suficiente las necesidades en salud de la población”.
              1. Decreto Número 2774 de 2012, por el cual se establece la estructura interna del Instituto Nacional de Salud -INS, Artículo 2. Funciones. En desarrollo de su objeto, el Instituto Nacional de Salud INS, cumplirá las siguientes funciones: Promover, dirigir, ejecutar y coordinar la investigación y gestión del conocimiento en salud pública, de conformidad con las políticas, planes y lineamientos del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación y del Ministerio de Salud y Protección Social
                1. Los prestadores de Servicios de Salud tambén deben desarollar Políticas internas, de Calidad, Salud y Seguridad en el Trabajo, Políticas de Seguridad del Paciente, Políticas de Humanización establecidas y orientadas por los diferentes comités institucionales
                2. Estrategias
                  1. Decreto 780 parte 10, Artículo 2.10.1.1.14. Comités de ética hospitalaria. Las Instituciones Prestatarias de Servicios de salud, sean públicas, mixtas o privadas, deberán conformar los Comités de Ética Hospitalaria, los cuales estarán integrados por: Artículo 2.10.1.1.15. Funciones de los Comités de Ética Hospitalaria. Los Comités de Ética Hospitalaria tendrán las siguientes funciones: 1. Promover programas de promoción y prevención en el cuidado de la salud individual, familiar, ambiental y los dirigidos a construir una cultura del servidor público.
                    1. Divulgación de políticas Institucionales, a través de socialización personalizada, entrega de folletos, presentación de videos entre otras.
                      1. Indicadores, RESOLUCIÓN 256 DE 2016, teniendo en cuenta sus cuatro dominios como son Efectividad, Experiencia de la atención, Gestión del Riesgo y Seguridad
                        1. Coordina con las universidades u otras instituciones que preparan a los profesionales y técnicos de salud para orientar la formación de recursos humanos con conocimientos y habilidades dirigidas a favorecer el acceso a los servicios de salud colectivos e individuales necesarios
                          1. Divulgación de derechos y deberes, Ley 1751 de 2015, Artículo 10. Derechos y deberes de las personas, relacionados con la prestación del servicio de salud. Las personas tienen los siguientes derechos relacionados con la prestación del servicio de salud: a) A acceder a los servicios y tecnologías de salud, que le garanticen una (atención integral, oportuna y de alta calidad)
                          2. Programas
                            1. RESOLUCIÓN NÚMERO 3280 DE 2018, CAPÍTULO 2. GESTIÓN DE LA RUTA INTEGRAL DE ATENCIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA SALUD Conjunto de acciones coordinadas, complementarias y efectivas para garantizar el derecho a la salud, expresadas en políticas, planes, programas, proyectos, estrategias y servicios, que se materializan en atenciones dirigidas a las personas, familias y comunidades para la promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos”
                              1. Esquema de intervenciones/atenciones en salud individuales para niños y niñas en primera infancia, para los adolescentes, para los jóvenes, para los adultos, para las personas adultas mayores Esquema de intervenciones/atenciones en salud individuales para niños y niñas en primera infancia, para los adolescentes, para los jóvenes, para los adultos, para las personas adultas mayores
                              2. Planes existentes
                                1. El Plan Decenal de Salud Pública 2012 - 2021
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