ACTO JURÍDICO: (grupo) manifestación individual o
colectiva encaminada a efectos jurídicos
"todo negocio jurídico es un acto
jurídico, PERO no todo acto jurídico es
negocio jurídico"
NEGOCIO JURÍDICO: (especie) voluntad de más de
dos personas encaminado a efectos jurídicos.
el fin del derecho promueve a lo justo y a
una ordenada convivencia
persona: tiene capacidad jurídica, aptitud
para ser titular de derechos y obligaciones
persona natural: todo individuo de la especie
humana, se cual sea sexo, raza, condición...
persona moral o jurídica: seres que no
pertenecen a la especie humana es un
ente ficticio que tiene un fin social
capacidad, goce, ejercicio: ejercer derechos y contraer
obligaciones; las personas en el mundo de derecho actúan
por si mismos sin uso de representante
incapacidad jurídica: carencia de aptitud para la realización
del ejercicio de derechos o para adquirilos por si mismo
incapacidad relativa: menores de 18 años; incapacidad absoluta: sordos
mudos, personas dementes, esquizofrénicos entre otros
vicio del consentimiento
error: ignorancia o conocimiento
equivocado de la norma
(inconscientemente)
fuerza: violencia o presión para
cometer actos
dolo: tiene voluntad su intención es
causar daño
toda persona que intervenga en un acto jurídico tiene la
capacidad y consentimiento
los requisitos para la existencia de los actos jurídicos son la
voluntad manifestada, el consentimiento, el objeto y la forma solemne.
se tiene como sanción la inexistencia, la nulidad absoluta y
relativa si no se cumplen con los requisitos.
la validez de los actos jurídicos, se debe tener en cuenta la
capacidad de los agentes, que este libre de error, fuerza y
dolo; que sea lícito y todo este bajo la ley.
la capacidad: contrae derechos y obligaciones, también
para participar en actos jurídicos por si misma
incapacidad general absoluta se refiere a los dementes,
menores impúberes y sordomudos ellos deben tener
un representante legal
incapacidad general relativa de los menores púberes y disipadores
sus actos tienen valor pero bajo restricciones de la ley de resto es
nulo y deja de ser así cuando sean capaces de sus actos.
la incapacidad particular esta basada en la nulidad relativa y en casos
absoluta, a este grupo de personas no todo es permitido por la ley no
tienen participación por si mismos en casos especiales jurídicos.
voluntad real: agente(s) forman o dan el acto jurídico y esta
debe estar despejada de toda incapacidad, vicios, actos ilícitos...
la declaración de voluntad de el o los agentes debe de estar compuesta por su
manifestación o participación en los actos o negocios jurídicos.
la teoría de la responsabilidad deja en claro la protección
de la buena fe, desecha de raíz la ineficiencia de los actos
jurídicos y así se protege a los agentes
el sistema legal colombiano, inmerge la capacidad legal de los
agentes excluyendo a las personas con condiciones especiales.
protección de la buena fe: se componen de la voluntad y la declaración
y en ella la voluntad real, se debe proteger la buena fe de las partes en
los actos jurídicos, con ella cada una llevando responsabilidad tienen en
cuenta los vicios de consentimiento que en muchos de los casos se
encuentra el error.