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Ley 100 1993
Contenido del mapa
Ley 100 1993
TITULO III: DE LA ADMINISTRACIÓN Y FINANCIACIÓN DEL SISTEMA
- Articulo 201: Conformacion del sistema general de seguridad social en salud
- CAPÍTULO I: DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO
- ARTICULO 202: Definición
- ARTICULO 203: Afiliados y beneficiarios
- ARTICULO 204: Monto y distribución de las cotizaciones.
- Fondo de solidaridad y Garantia: hace parte del sistema general de seguridad en salud, se encuentra adscrita al ministerio de salud con la finalidad de un fondo instituido con la finalidad de invertir en salud.
- ARTICULO 205: Administración del régimen contributivo
- ARTICULO 206: Incapacidades
- ARTICULO 207: De las licencias por maternidad
- ARTICULO 208: De la atención de los accidentes de trabajo y la enfermedad profesional
- ARTICULO 209: Suspensión de la afiliación
- ARTICULO 210: Sanciones para el empleador.
- ARTICULO 209: Suspensión de la afiliación
- ARTICULO 208: De la atención de los accidentes de trabajo y la enfermedad profesional
- ARTICULO 207: De las licencias por maternidad
- ARTICULO 206: Incapacidades
- ARTICULO 204: Monto y distribución de las cotizaciones.
- ARTICULO 203: Afiliados y beneficiarios
- ARTICULO 202: Definición
- CAPÍTULO I: DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO
- CAPITULO II: DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO
- ARTICULO 211: Definición
- ARTICULO 212: Creación del régimen
- ARTICULO 213: Beneficiarios del régimen
- ARTICULO 214: Recursos del régimen
- ARTICULO 215: Administración del régimen subsidiado
- ARTICULO 216: Reglas básicas para la administración del régimen de subsidios en salud
- ARTICULO 217: De la participación de las cajas de compensación familiar
- ARTICULO 216: Reglas básicas para la administración del régimen de subsidios en salud
- ARTICULO 215: Administración del régimen subsidiado
- ARTICULO 214: Recursos del régimen
- ARTICULO 213: Beneficiarios del régimen
- ARTICULO 212: Creación del régimen
- ARTICULO 211: Definición
- CAPITULO III: DEL FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTIA
- ARTICULO 218: Creación y operación del fondo
- ARTICULO 219: Estructura del fondo
- ARTICULO 220: Financiación de la subcuenta de compensación
- ARTICULO 221: Financiación de la subcuenta de solidaridad
- ARTICULO 222:Financiación de la subcuenta de promoción de la salud.
- ARTICULO 223: Financiación de la subcuenta de enfermedades catastróficas y accidentes de tránsito
- ARTICULO 224: Impuesto social a las armas y municiones
- Fondo de Seguro Obligatorio de Accidentes de Transito: este fondo tiene como finalidad cubrir aquellas victimas accidentales de transito que cuenta con una póliza SOAT, tendran cobertura medica, de esta manera el hospital se dirige a la aseguradora para los debidos recursos
- ARTICULO 223: Financiación de la subcuenta de enfermedades catastróficas y accidentes de tránsito
- Consejo Nacional de Politica Economica y Social: es el maximo organismo que tiene como mision regular la politica economica en el pais.
- Direccion Nacional de Estadistica: esta institucion tiene como objeto elaborar y divulgar toda aquella informacion estadistiaca para la toma de decisiones y la investigacion para el pais, como tambien desarrollar el sistema estadistico nacional
- ARTICULO 222:Financiación de la subcuenta de promoción de la salud.
- ARTICULO 221: Financiación de la subcuenta de solidaridad
- ARTICULO 220: Financiación de la subcuenta de compensación
- ARTICULO 219: Estructura del fondo
- ARTICULO 218: Creación y operación del fondo
- Articulo 201: Conformacion del sistema general de seguridad social en salud