Sección 30 NIIF para PYMES

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Jairon Eleazar Pérez López
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Sección 30 NIIF para PYMES
  1. Conversión de la Moneda Extranejra
    1. Alcance de está sección
      1. Una entidad puede llevar a cabo actividades en el extranjero de dos formas diferentes.
        1. Puede realizar transacciones en moneda extranjera o bien puede tener negocios en el extranjero.
          1. Además, una entidad puede presentar sus estados financieros en una moneda extranjera
          2. Moneda Funcional
            1. La moneda funcional de una entidad es la moneda del entorno económico principal en el que opera dicha entidad
              1. El entorno económico principal en el que opera una entidad es, normalmente, aquél en el que ésta genera y emplea el efectivo.
                1. La Moneda
                  1. que influya fundamentalmente en los precios de venta de los bienes y servicios (con frecuencia será la moneda en la cual se denominen y liquiden los precios de venta de sus bienes y servicios)
                    1. del país cuyas fuerzas competitivas y regulaciones determinen fundamentalmente los precios de venta de sus bienes y servicios
                    2. La moneda que influya fundamentalmente en los costos de la mano de obra, de los materiales y de otros costos de proporcionar bienes o suministrar los servicios (con frecuencia será la moneda en la cual se denominen y liquiden estos costos).
                    3. Factores
                      1. La moneda en la cual se generan los fondos de las actividades de financiación (emisión de instrumentos de deuda y patrimonio)
                        1. La moneda en que normalmente se conservan los importes cobrados por las actividades de operación.
                        2. Factores que determinan la moneda funcional de un negocio extranjero
                          1. Si las actividades del negocio en el extranjero se llevan a cabo como una extensión de la entidad que informa, en lugar de hacerlo con un grado significativo de autonomía
                            1. Si las transacciones con la entidad que informa constituyen una proporción alta o baja de las actividades del negocio en el extranjero.
                              1. Si los flujos de efectivo de las actividades del negocio en el extranjero afectan directamente a los flujos de efectivo de la entidad que informa, y están inmediatamente disponibles para ser remitidos a la misma.
                                1. Si los flujos de efectivo de las actividades del negocio en el extranjero son suficientes para atender las obligaciones por deudas actuales y normalmente esperadas, sin que la entidad que informa tenga que poner fondos a su disposición.
                              2. Información en moneda funcional sobre las transacciones en moneda extranjera
                                1. Reconocimiento Inicial
                                  1. Una transacción en moneda extranjera es una transacción que está denominada o requiere su liquidación en una moneda extranjera
                                    1. compra o vende bienes o servicios cuyo precio se denomina en una moneda extranjera
                                      1. presta o toma prestados fondos, cuando los importes por pagar o cobrar se denominan en una moneda extranjera; o
                                        1. aparte de eso, adquiere o dispone de activos, o incurre o liquida pasivos, denominados en una moneda extranjera.
                                        2. una entidad la registrará aplicando al importe de la moneda funcional la tasa de cambio de contado entre la moneda funcional y la moneda extranjera en la fecha de la transacción
                                          1. La fecha de una transacción es la fecha en la cual la transacción cumple las condiciones para su reconocimiento, de acuerdo con esta NIIF.
                                        3. Información al final de los periodos posteriores sobre los que se informa
                                          1. Al final de cada periodo sobre el que se informa, la entidad:
                                            1. (a) convertirá las partidas monetarias en moneda extranjera utilizando la tasa de cambio de cierre;
                                              1. convertirá las partidas no monetarias que se midan en términos de costo histórico en una moneda extranjera, utilizando la tasa de cambio en la fecha de la transacción; y
                                                1. JAIRON ELEAZAR PÉREZ LÓPEZ CARNÉ: 202042810
                                                2. convertirá las partidas no monetarias que se midan al valor razonable en una moneda extranjera, utilizando las tasas de cambio en la fecha en que se determinó dicho valor razonable.
                                                3. Una entidad reconocerá, en los resultados del periodo en que aparezcan, las diferencias de cambio que surjan al liquidar las partidas monetarias
                                                  1. Cuando otra sección de esta NIIF requiera que se reconozca una ganancia o pérdida procedente de una partida no monetaria en otro resultado integral
                                                  2. Inversión neta en un negocio en el extranjero
                                                    1. Una entidad puede tener partidas monetarias por cobrar o pagar a un negocio en el extranjero
                                                      1. Las diferencias de cambio surgidas en una partida monetaria que forme parte de la inversión neta en un negocio en el extranjero de la entidad que informa se reconocerán en los resultados de los estados financieros separados de esa entidad.
                                                      2. Cambio de moneda funcional
                                                        1. Ésta aplicará los procedimientos de conversión que sean aplicables a la nueva moneda funcional de forma prospectiva, desde la fecha del cambio.
                                                          1. Una vez se determina la moneda funcional, solo puede cambiarse si se modifican esas transacciones, sucesos y condiciones subyacentes.
                                                            1. El efecto de un cambio de moneda funcional se contabilizará de forma prospectiva
                                                            2. Utilización de una moneda de presentación distinta de la moneda funcional
                                                              1. Conversión a la moneda de presentación
                                                                1. Una entidad puede presentar sus estados financieros en cualquier moneda (o monedas).
                                                                  1. Una entidad, cuya moneda funcional no se corresponda con la moneda de una economía hiperinflacionaria, convertirá sus resultados y situación financiera a una moneda de presentación diferente
                                                                    1. los activos y pasivos de cada estado de situación financiera presentado (es decir, incluyendo las cifras comparativas), se convertirán a la tasa de cambio de cierre en la fecha de ese estado de situación financiera;
                                                                      1. los ingresos y gastos para cada estado del resultado integral (es decir, incluyendo las cifras comparativas), se convertirán a las tasas de cambio en la fecha de la transacción; y
                                                                        1. todas las diferencias de cambio resultantes se reconocerán en otro resultado integral.
                                                                        2. Una entidad puede utilizar una tasa que aproxime las tasas de cambio en las fechas de las transacciones
                                                                          1. Las diferencias de cambio a las que se refiere el párrafo 30.18(c) proceden de:
                                                                            1. La conversión de los gastos e ingresos a las tasas de cambio en las fechas de las transacciones, y la de los activos y pasivos a la tasa de cambio de cierre; y
                                                                              1. la conversión del activo neto inicial a una tasa de cambio de cierre que sea diferente de la tasa utilizada en el cierre anterior.
                                                                              2. Una entidad, cuya moneda funcional sea la moneda de una economía hiperinflacionaria, convertirá sus resultados y situación financiera a una moneda de presentación.
                                                                            2. Conversión de un negocio en el extranjero a la moneda de presentación del inversor
                                                                              1. Al incorporar los activos, pasivos, ingresos y gastos de un negocio en el extranjero a los de la entidad que informa, la entidad seguirá los procedimientos normales de consolidación, tal como la eliminación de los saldos y transacciones intragrupo de una subsidiaria (véase la Sección 9 Estados Financieros Consolidados y Separados)
                                                                                1. Cualquier plusvalía surgida por la adquisición de un negocio en el extranjero y cualesquiera ajustes del valor razonable a los importes en libros de los activos y pasivos que surgen en la adquisición de ese negocio en el extranjero, se tratarán como activos y pasivos del negocio en el extranjero
                                                                                2. Información a revelar
                                                                                  1. En los párrafos 30.26 y 30.27, las referencias a la “moneda funcional” se aplicarán, en el caso de un grupo, a la moneda funcional de la controladora.
                                                                                    1. Una entidad revelará la siguiente información:
                                                                                      1. El importe de las diferencias de cambio reconocidas en los resultados durante el periodo
                                                                                        1. El importe de las diferencias de cambio que surjan durante el periodo y que se clasifiquen en un componente separado del patrimonio al final del periodo.
                                                                                        2. Cuando la moneda de presentación sea diferente de la moneda funcional, una entidad señalará este hecho y revelará la moneda funcional y la razón de utilizar una moneda de presentación diferente.
                                                                                          1. Cuando se produzca un cambio en la moneda funcional de la entidad que informa o de algún negocio en el extranjero significativo, la entidad revelará este hecho, así como la razón de dicho cambio en la moneda funcional.
                                                                                          Show full summary Hide full summary

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