La violencia de género no debe ser
considerada como una burla, es una
transgresión hacia las mujeres y debe
ser sensibilizada para transformar la
sociedad. Las medidas de prevención
se deben implementar en las políticas
públicas y ser aplicadas por la
autoridad competente por parte de las
administraciones y el gobierno
nacional.
El maltratador no es
una persona que se
pueda identificar a
plena vista,
minimizando la
problemática que hay
y puede ser una
persona que recurre a
la violencia para
ejercer control en la
victima en diferentes
ambientes. No asume
que es violento tiende
a justificarse.
La víctima puede
ser que no se de
cuenta que es
una víctima
porque muchas
veces se realiza
de forma sutil , se
normaliza los
comportamientos
del agresor bajo
la justificación del
amor.
Mitos e imaginarios
El amor romántico genera
indefensión y posición de poder
sobre la mujer por parte de la
pareja
La violencia de
género es un
invento de las
feministas
A las mujeres les
gusta que las
traten mal
El
machismo
no existe
Los celos
indican el
verdadero
amor
Ciclo de violencia
Las víctimas son aquellas que han
sido reprimidas en sus relaciones
de pareja, sufren violencia física,
verbal, sexual o patrimonial, en
algunas ocaciones este ciclo de
violencia termina en feminicidio
por parte de ex parejas
sentimentales que se justifican en
el abandono hacia ellos.
Fases
Acumulación de tensión
Explosión de violencia
Luna de meil
Aspectos culturales
Existen factores que permiten que la víctima deba
permanecer en la relación, uno de ellos es la
dependencia económica, el miedo y el estigma de
ser juzgadas por la sociedad hacia el abandono de
un hogar en donde está naturalizada la violencia.
Concepto de continum
Es un tipo de violencia que se ha naturalizado en la
sociedad como una forma de relación; se cruza de manera
inconsciente en los aspectos cotidianos como en la
familia, escuela y en la sociedad
Normativa
En Colombia se ha ratificado por norma en
tratados internacionales la protección de los
derechos de las mujeres, se reconoce el fenómeno
de violencia por el solo hecho de ser mujeres y
designa que se debe tratar de manera diferencial.
Ley 1257 de 2008 adopta normas que permite a las
mujeres tener una vida libre de violencia,
ejerciendo sus derechos y teniendo acceso a
procedimientos judiciales y administrativos para
su protección.