relacional juridico-política que existe
entre una persona y el Estado, existe un
nexo de carácter social, implican
derechos y deberes recíporocos. Art. 1
Ley de Nacionalidad
LA AUSENCIA
es la declaracion judicial en la cual se establece la
condición de la persona que se encuentra fuera de
la República, y tiene o ha tenido su domicilio en
ella. ARt. 42 CC, tambien es ausente para los
efectos legales, quien ha desaparecido de su
domicilio,y cuyo paraderro se ignora
CLASIFICACIÓN
AUSENCIA MATERIAL: es la no presencia de
una persona en su domicilio ARt. 42 1)
AUSENCIA SIMPLE: la persona
se ausenta de su domicilio
pero se conoce su paradero y
no hay duda de su existencia
AUSENCIA CALIFICADA O
DESAPARICIÓN: Además de
la no presencia de la
persona en su domicilio, se
ignora su paradero, se
duda de su existencia
DECLARACIÓN DE AUSENCIA
ausentarse de la
república de
Guatemala
Que tenga o haya
tenido domicilio en
el territorio
Que tenga derechos que
ejecutar y obligaciones
que cumplir
que no haya nombrado
mandatario que lo
represente para que
responda en el juicio iniciado
contra el ausente
PRESUPUESTO
OBJETIVO
nombrar un defensor judicial al ausente
hacer valer algún derecho en juicio
para la admon.,
guarda de sus
bienes y
cumplimiento de sus
obligaciones
DECLARACIÓN DE
MUERTE PRESUNTA
Presuncion de muerte, desde
que la persona fue declarada
como ausente, pasados 5 años
OBJETO DE LA PRESUNCIÓN
que los presuntos herederos tomen
posesíon de la herencia o bienes, más
NO LA PROPIEDAD (art. 66, 68 CC y 417
CPCYM
libertad de estado
del cónyuge art. 77
cc
PERSONA JURÍDICA O COLECTIVA
son entes abstractos a los
cuales el Estado les
reconoce capacitad para
adquirir derechos y
contraer obligaciones
conformadas por
personas individulaes a
quienes el Estado le les
reconoce personalidad
juridica distinta de sus
miembros
CLASIFICACIÓN
PÚBLICAS O DE DERECHO PÚBLICO
son las que participan en sus
funciones en mayor o menor grado, de
la potestad o autoridad del Estado,
para la satisfaccion de intereses
colectivos. art. 15 cc ej.
municipalidades
PRIVADAS O DERECHO PRIVADO
NO tienen ninguna
delegación de la potestad
pública, desempeñan una
actividad de interés social
o interéstatal particular,
sean o no de naturales
económica
DE INTERÉS PRIVADO: la
sociedad civil, sociedad
mercantil
DE INTERÉS PÚBLICO:
asociaciones con fines
NO lucrativos
CARACTERÍSTICAS
NOMBRE: las diferencia
unas de otras, se
identifican con su razón
o denominación social
CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
JURÍDICAS: hacen valer sus derechos
y responden a sus obligaciones a
traves de su representante legal
inscrito, su personalidad es distinta
a las de los socios individualmente
considerados
INSCRIPCIÓN
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS REPEJU
instituciónes a cargo del MINGOB
inscripcion y archivo de las mismas (art. 438
al 440 CC y Acuerdo Ministerial 649-2006)
REGISTRO MERCANTIL GENERAL DE GUATEMALA :
(sociedades mercantiles) lleva registros , certificacion y
brinda seguridad juridica a todos los actos mercantiles
que realicen las personas juridicas, adscrito al
ministerio de economía