Referente a lo estipulado en el artículo 3 de la Ley Federal de Procedimientos Administrativos:
Son aquellos documentos expedidos por órganos competentes a través de un servidor
público, cuyo objeto sea preciso en cuanto a circunstancias, tiempo, modo o lugar, que
cumpla con la finalidad del interés público.
REQUISITOS:
Expedidos por órganos competente a través de un funcionario público
Objeto preciso. (tiempo, modo, lugar)
Cumplir con la finalidad del interés público.
Ser expedida sin error, dolo o violencia.
Contener el órgano de quien emana.
Constar por escrito.
CUOTAS OBRERO- PATRONAL.
Es aquella aportación que se genera mediante la suma del total de dinero aportado por el
trabajador, el patrón y el gobierno federal.
PARA LA LIQUIDACIÓN:
El IMSS puede emitir cédulas de liquidación, ya sea por una incorrecta integración del salario base de
cotización, la incorrecta clasificación de las empresas y la prima para la cobertura del seguro de
riesgos de trabajo, la incorrecta afiliación de sujetos al régimen obligatorio, errores en declaraciones
CAPITALES CONSTITUTIVOS Y SU DEFINITIVIDAD
Son aquellas cantidades de dinero que deben de cubrir los patrones al IMSS por la prestación de
servicios del IMSS al trabajador, tales como: servicios médicos, servicios hospitalarios, medicamentos
y material de curación, intervenciones quirúrgicas, gastos funerales etc.
¿QUE HAY QUE HACER CUANDO EL PATRÓN NO ASEGURA A SUS TRABAJADORES?
ART. 77 DE LA L.S.S
El trabajador deberá informar al Instituto, quien podrá otorgar dichos beneficios al
trabajador, determinando y cobrando al patrón los capitales constitutivos que le
correspondan. También se considera como acto definitivo según los requisitos antes
mencionados.
OTROS ACTOS DEFINITIVOS.DEL IMSS.
Liquidación de cuotas obrero- patronales.
Determinación y cobro de capitales consecutivos.
Rectificación de la prima de riesgos de trabajo.
QUEJA ADMINISTRATIVA DE ÍNDOLE MÉDICO. PROCEDENCIA Y TRAMITACIÓN.
ART. 296 DE LA L.S.S.
Los derechohabientes pueden interponer quejas administrativas por actos u omisiones del personal
institucional vinculado con la prestación de los servicios médicos. Las quejas se presentan en el área de
atención y orientación al derechohabiente.
REQUISITOS DEL ESCRITO:
Escrito simple.
Se deberán anexar los documentos que sirvan como elementos probatorios y ratifiquen lo dicho.
Deberá contener el nombre de los servidores públicos o
trabajadores del área correspondiente al IMSS
PROCEDIMIENTOS DE CADUCIDAD Y PRESCRIPCIÓN
CAPITULO III, TITULO V DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL.
Fijarcantidad liquida de los créditos a su favor: CADUCA EN 5
AÑOS, contados a partir de la fechade la presentación del aviso o
liquidación.
Obligación de enterar las cuotas y capitales constitutivos: PRESCRIBE A
LOS 5 AÑOS, a partir de la fecha de su exigibilidad.
Derecho de los obligados para reclamar el pago de
las prestaciones en dinero: PRESCRIBE AL AÑO.
DE LA SUSTITUCIÓN PATRONAL
ARTÍCULO 290 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL.
Exista entre el patrón sustituido y el patrón
sustituto transmisión, por cualquier título, de los
bienes esenciales afectos a la explotación, con
ánimo de continuarla. El propósito de continuar
la explotación se presumirá en todos los casos.
En los casos en que los socios o accionistas del patrón
sustituido sean, mayoritariamente, los mismos del
patrón sustituto y se trate del mismo giro mercantil.
Clasificación y/o reclasificación de las
Negativa de devolución de cuotas obrero- patronales.
Estar fundada y motivada.
Contener la firma autógrafa del funcionario público que la expida.