Los percibidos por la Federación, las Entidades Federativas, los
Municipios, los órganos constitucionales autónomos y las entidades de la
administración pública paraestatal
Los obtenidos por personas morales con fines no
lucrativos o fideicomisos, autorizados para recibir
donativos deducibles
Los que no estén afectos al pago del impuesto sobre
la renta en los términos de la Ley de la materia
Los que perciban las
personas físicas y
morales,
provenientes de
actividades agrícolas,
ganaderas, silvícolas
o pesqueras
Los que se encuentren exentos del pago
del impuesto sobre la renta
Los percibidos por personas físicas cuando
en forma accidental realicen alguna de las
actividades a que se refiere el artículo 1 de
esta Ley