Sistema Nacional Anticorrupción

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Sistema Nacional Anticorrupción
  1. ¿Qué es el Sistema?,
    1. Instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos
    2. ¿Cómo se integra?
      1. Comité Coordinador
        1. Atribuciones
          1. Diseño y promoción de políticas integrales en materia de fiscalización y control de recursos públicos, de prevención, control y disuasión de faltas administrativas, hechos de corrupción y causas que los generan
            1. Determinación de mecanismos de suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que sobre estas materias generen las instituciones competentes de los órdenes de gobierno y de coordinación con los sistemas locales.
              1. Establecimiento de bases y principios para la efectiva coordinación de las autoridades de los órdenes de gobierno en materia de fiscalización y control de los recursos públicos
                1. Elaboración de informe anual de avances y resultados del ejercicio de sus funciones y de la aplicación de políticas y programas en la materia
                  1. Emitir recomendaciones a las autoridades, para que adopten medidas de fortalecimiento institucional para la prevención de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como al mejoramiento de su desempeño y del control interno
                  2. Se integra por
                    1. Los titulares de la ASF; la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción; de la Secretaría de la Función Pública; el presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; la presidenta del INAI; un representante del Consejo de la Judicatura Federal y otro del Comité de Participación Ciudadana
                  3. Comité de Participación Ciudadana
                    1. 5 ciudadanos que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción
                  4. Sanciones para los servidores y públicos y particulares que participan en actos de corrupción
                    1. Se impondrán, mediante juicio político
                      1. Administración Federal
                        1. Poder Legislativo federal, Poder Ejecutivo federal, Pder Juducial federal, diputados a la Asamblea del DF, el Jefe de Gobierno del DF,, el Procurador General de Justicia del DF, los magistrados y jueces del Fuero Común del DF, Consejeros de la Judicatura del DF, integrantes de órganos constitucionales autónomos, directores generales y sus equivalentes de organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos
                        2. Administracón Local
                          1. Poder Legislativo local, Poder Ejecutivo local, Pder Juducial local, miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal les otorgue autonomía, sólo podrán ser sujetos de juicio político en los términos de este Título por violaciones graves a esta Constitución y a las leyes federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales
                          2. Las sanciones consistirán en la destitución del servidor público y en su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.
                          3. Será sancionada en los términos de la legislación penal aplicable
                            1. Se aplicarán sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones.
                              1. Amonestación, suspensión, destitución e inhabilitación, así como en sanciones económicas, y deberán establecerse de acuerdo con los beneficios económicos que, en su caso, haya obtenido el responsable y con los daños y perjuicios patrimoniales causados por los actos u omisiones.
                                1. La ley establecerá los procedimientos para la investigación y sanción de los actos u omisiones.
                            2. Figuras institucionales innovadoras en materia de Anticorrupción
                              1. Fiscalía Especializada en Materia de Delitos relacionados con Hechos de Corrupción
                                1. Investigación y persecución de los delitos relacionados con hechos de corrupción de competencia federal, así como cualquier otro delito cometido por un servidor público federal en el desempeño de un empleo, cargo o comisión
                                  1. Unidad Especializada en Investigación de Delitos Cometidos por Servidores Públicos y contra la Administración de Justicia
                                    1. Ministerio Público de la Federación
                                      1. Autorizar la formulación de conclusiones no acusatorias en los procesos penales;
                                        1. Resolver en definitiva las consultas que MPF formulen a las prevenciones que la autoridad judicial acuerde en los términos que la ley disponga, respecto de la omisión de formular conclusiones en el plazo legal, de conclusiones presentadas en un proceso penal, o de actos cuya consecuencia sea el sobreseimiento del proceso o la libertad absoluta del inculpado antes de que se pronuncie sentencia; de cancelación o reclasificación de órdenes de aprehensión
                                          1. Establecer mecanismos de cooperación y colaboración con autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales, en el ámbito de su competencia, atendiendo a las normas y políticas institucionales
                                          2. Depende del Ejetutivo federal
                                          3. Tribunal Federal de Justicia Administrativa
                                            1. Antes Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
                                              1. Funciona con su organización y facultades actuales y substanciando los asuntos que actualmente se encuentran en trámite, hasta la entrada en vigor de la Ley
                                              2. Imponer las sanciones a los servidores públicos por las responsabilidades administrativas graves y a los particulares que participen en actos vinculados, así como fincar a los responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales
                                                1. 16 Magistrados y actuará en Pleno o en Secciones
                                              3. Retos que tiene el Congreso de la Unión son la expedición de:
                                                1. Leyes para la Auditoría Superior de la Federación y las que normen la gestión, control y evaluación de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales
                                                  1. Ley general el Sistema Nacional Anticorrupción
                                                    1. Ley para el Tribunal Federal de Justicia Administrativa,
                                                    Show full summary Hide full summary

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