7-Efectos para el no pago de aportes al sistema General de Riesgos laborales.
8- Reporte de la informacion de actividades y resultados de promocion y prevencion.
10- fortalecimiento de la prevencion de los riesgos laborales en las micro y pequeñas empresas en el pais.
11- servicios de promocion y prevencion
*Articulo 21 - 27
Annotations:
21- Salud ocupacional del magisterio.
22- prescripcion.
23- licencias en salud ocupacional.
24-Flujo de rescursos entre el sistema de riesgos laborales y el sistema General de Seguridad Social.
*Articulo 28 - 33
Annotations:
28- Las fuentes de recurdod que seran asignados al Instituto Nacional de Salud para investigacion en salud laboral seran las siguientes.
29-Reporte de Accidente de trabajo y enfermedad laboral.
30-destinacion especifica de los recursos del sistema.
33- Vigencia y derogatorias.
*Articulo 14 - 20
Annotations:
14-Garantia de la calidad en salud ocupacional y riesgos laborales.
15- inspeccion, vigilancia y control en prestaciones economicas.
16- El articulo 42 de la ley 100 de 1993, quedara asi.
17-Honorarios y Juntas Nacionales y Regionales.
20- Supervision, Inspeccion y control de las Juntas de calificacion de invalidez.
Nuevos beneficios de la Ley de Riesgos Laborales
-Inclusión de la obligatoriedad de cubrimiento en
riesgos laborales para los independientes o
contratistas.
-Las personas contratas por prestación de
servicios, deberán están afiliadas al Sistema
General de Riesgos Laborales, cuando la
duración de este contrato sea superior a 1 mes.
-Las multas por los incumplimientos a las
normas de protección se incrementarán
hasta en 20%.
-La tabla de enfermedades
profesionales, debe ser
actualizada cada 3 años, por
el Ministerio de Salud y la
Protección Social.
-Afiliación obligatoria a los estudiantes cuyo
entrenamiento o actividad formativa es requisito
para la culminación de sus estudios, e involucra un
riesgo ocupacional.