Este contrato es entendido como una operación de intermediación, Dicho contrato implica que una
parte recibe un bien de manera que pueda ofrecerlo al público para su adquisición, pero sin que tenga
que pagar un precio para recibirlo a quien se lo entrega; al recibir dicho bien, su función va a ser
intermediar entre el propietario del bien que recibe y el posible futuro adquirente del
mismo.
Naturaleza Juridica
Consiste ésta en que el
contrato que celebran el
comerciante, generalmente,
y un tercero propietario de la
cosa a vender, para el efecto
de que el comerciante no
corra el riesgo de no vender
o tener pérdida por adquirir
la cosa.
La obligación del comerciante no es la de pagar el precio, sino la de
recibir la cosa para buscar su venta.
La función de este contrato presupone, para su perfeccionamiento y para
atribuir la facultad de disposición, precisamente la identificación y entrega de la
cosa.
Caracteristicas
Es un contrato real, pues las
obligaciones de quien recibe el pago
sólo surgen una vez que tiene a su
disposición la cosa; de otro modo no
podría proceder a su venta y entrega
a un tercer comprador.