El objetivo de esta Norma es el de
prescribir, para arrendatarios y
arrendadores, las políticas contables
adecuadas para contabilizar y revelar la
información relativa a los
arrendamientos.
ALCANCE
Esta Norma será de aplicación a los acuerdos mediante los cuales se
ceda el derecho de uso de activos, incluso en el caso de que el
arrendador quedara obligado a prestar servicios de cierta importancia en
relación con la explotación o el mantenimiento de los citados bienes
CLASIFICACION
Riesgos
Se incluyen la posibilidad de pérdidas por capacidad
ociosa u obsolescencia tecnológica, así como las
variaciones en el rendimiento debidas a cambios en
las condiciones económicas.
Beneficios
Pueden estar representados por la expectativa de una
explotación rentable a lo largo de la vida económica del
activo, así como por una ganancia por revalorización o por
una realización del valor residual.
Fiancieros
Cuando se transfieran sustancialmente
todos los riesgos y beneficios
inherentes a la propiedad
Operativo
si no se han transferido sustancialmente
todos los riesgos y beneficios inherentes a
la propiedad.
CONTABILIZACION
Al comienzo del plazo del arrendamiento financiero, éste se reconocerá,
en el balance del arrendatario, registrando un activo y un pasivo por el
mismo importe, igual al valor razonable del bien arrendado, o bien al
valor actual de los pagos mínimos por el arrendamiento, si éste fuera
menor, determinados al inicio del arrendamiento
Al calcular el valor actual de los pagos mínimos por el
arrendamiento, se tomará como factor de descuento el tipo de
interés implícito en el arrendamiento, siempre que sea practicable
determinarlo; de lo contrario se usará el tipo de interés incremental
de los préstamos del arrendatario. Cualquier coste directo inicial del
arrendatario se añadirá al importe reconocido como activo.
VALORACION
POSTERIOR
Los pagos mínimos por el arrendamiento se
dividirán en dos partes que representen las
cargas financieras y la reducción de la deuda viva
La carga financiera total se distribuirá entre los
ejercicios que constituyan el plazo del
arrendamiento, de manera que se obtenga un
tipo de interés constante en cada ejercicio, sobre
el saldo de la deuda pendiente de amortizar
Los pagos contingentes se cargarán
como gastos en los ejercicios en los
que sean incurridos.