#3 ARRAS

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Mapa Mental sobre ARRAS, creado por Alejandra Galindo el 12/10/2016.
Alejandra Galindo
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#3 ARRAS
  1. Definición
    1. Es la suma de dinero u otra cosa que uno de los dos contratantes entrega al otro como garantía de la celebración o ejecución de la venta o como prueba de la celebración
    2. Origen
      1. Venían del derecho romano y servían como instrumento para el perfeccionamiento de un contrato constituían la prueba de su perfeccionamiento, era utilizado como un elemento de confirmación.
      2. Clases de Arras
        1. Arras confirmatorias
          1. Art. 1861 C.C
            1. EFECTOS
              1. Estas arras no permiten desistimiento o retracto, es un acto jurídico perfecto y debe cumplirse, no puede ninguno de los otorgantes alegar que dio las arras para permitir el arrepentimiento
          2. Arras penitenciales o de retracción
            1. Contempladas en el art. 1859 C.C
              1. EFECTOS
                1. * Las partes dentro del plazo pactado expresamente o , a falta de plazo fijado en el termino de dos meses subsiguientes a la convención, pueden dejar sin eficacia la venta o la promesa de venta, con efecto retroactivo. RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DEL CONTRATO
                  1. *Quien se retracta pierde las arras, si las dió, o las entrega dobladas si las recibió
                    1. * Si las partes no se retractan, las arras dadas deben ser restituidas a quien las entregó, o bien imputarse al precio si fuere el comprador quien las dió
                      1. Arras Penitenciales
                        1. Si se estipulan arras penitenciales el beneficiario de la promesa habrà de reducirse a lo establecido en dicha estipulaciòn
                          1. Autorizan el retracto, previamente precio fijado, si deciste quien las dio las perderà y si es quien las recibiò, deberà devolverlas dobladas.
                            1. El arrepentimiento no constituye pena, ni indemnizaciòn de perjuicios
                            2. Claùsula Penal
                              1. MORATORIA
                                1. Ambas necesitan la constituciòn en mora para poder ser exigibles
                                2. COMPENSATORIA
                                  1. Estimaciòn anticipada de perjuicios
                      2. PLAZO Y FORMA DEL RETRACTO
                        1. El arrepentimiento debe estar contemplado dentro del termino legal estipulado, es decir 2 meses subsiguientes a la convenciòn
                          1. El retracto es la manifestaciòn expresa del que va a disolver el contrato, a la otra parte sin requerir la declaratoria judicial
                        2. PRESUNCIÒN
                          1. Art. 1861 Codigo Civil: Presunciòn de Derecho
                        3. En la compraventa comercial
                          1. Art. 886 del Codigo Comercial
                            1. Seràn entendidas como arras penitenciales
                          2. En la opciòn de compraventa
                            1. No se pueden dar las arras, porque contrarìan la naturaleza misma del acto
                              1. Es un acto sometido a una condiciòn ya que las partes pueden aceptar o no el contrato
                              2. Libro: Los principales contratos civiles y comerciales /Josè Alejandro Bonivento Fernandez/ Codigo Civil y Codigo de Comercio
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