Conversión de estados financieros de moneda nacional a dólares americanos

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Mapa mental sobre conversión financiera
Carlos Eduardo  Estrella Medina
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Carlos Eduardo  Estrella Medina
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Conversión de estados financieros de moneda nacional a dólares americanos
  1. Las empresas mexicanas han sufrido cambios latentes en materia de comercio, debido a la globalización . De tal manera que se acude a la inversión internacional y por consiguiente al uso de moneda extranjera
    1. Normalmente las empresas informan en la moneda del país en el cual tiene su domiciilio.
      1. si se requiere una moneda diferente, es necesario explicar la razón de porque otra moneda
    2. Es menester considerar en cuenta la NIF-15, que se emplea para el registro, valuación y presentación de este tipo de operaciones
      1. Al definir su objetivo, el B-15 señala que establece las reglas contables de valuación y de presentación relativa a las transacciones efectuadas con monedas extranjeras, así como también la conversión de los estados financieros de subsidiarias y asociadas en extranjero que se incluyan en los estados financieros de las empresas por consolidación o al aplicar el método de participación.
        1. En la presente NIF, los siguientes factores pueden considerarse para determinar la moneda funcional de una operación extranjera e identificar cuándo esta moneda es la misma que la de la entidad informante
          1. 1. La realización de las actividades de la operación extranjera se lleva a cabo como una extensión de la entidad informante (por ejemplo, cuando la operación extranjera sólo vende bienes importados de la entidad informante y remite a la misma los flujos obtenidos), en lugar de hacerlo con un grado significativo de autonomía (por ejemplo, cuando la operación extranjera obtiene efectivo y otras partidas monetarias, incurre en gastos, genera ingresos y toma préstamos utilizando, sustancialmente, su moneda local).
            1. 2. Las operaciones con la entidad informante constituyen una proporción elevada de las actividades de la operación extranjera.
              1. 3. Los flujos de efectivo de la operación extranjera no son suficientes para atender las obligaciones actuales y esperadas, en su ciclo normal de operaciones, por lo que la entidad informante debe fondear la operación.
            2. La conversión de los estados financieros se lleva a cabo cuando la empresa que informa tiene una operación extranjera integrada, es decir, que mantiene relación interdependiente con otra empresa en aspectos financieros y operativos, de manera que los riesgos por las fluctuaciones en el tipo de cambio se presentan como si afectaran directamente a la entidad que informa.
              1. La conversión de activos y pasivos serán convertidos al tipo de cambio de cierre a la fecha del balance general. Los ingresos y gastos serán convertidos al tipo de cambio de cierre del periodo que se informa. El resultado de la conversión se debe registrar en el Capital Contable en una cuenta especial llamada “Efecto de conversión de entidades extranjeras
                1. La conversión de las partidas no monetarias se lleva a cabo por medio del tipo de cambio vigente al momento de la transacción, reexpresando a su valor actual de acuerdo al boletín B-10.
                2. TIPO DE CAMBIO
                  1. Si están disponibles varias fuentes de tipos de cambio para convertir las transacciones en moneda extranjera, debe utilizarse aquélla que tiene el tipo de cambio con el que los flujos futuros de efectivo representados por la transacción o el saldo respectivo pudieron haber sido realizados como si tales flujos hubieran ocurrido en la fecha de cierre. Si derivado de un control de cambios existen temporalmente restricciones o ausencia de intercambio de divisas, el tipo de cambio a utilizar debe ser el primero que se fije en una fecha posterior en la que puedan negociarse las divisas en condiciones de mercado.
                  2. Transacciones en moneda extranjera
                    1. Entre las transacciones en moneda extranjera se incluyen aquellas en que la entidad:
                      1. 1. Compra o vende bienes o servicios cuyo precio se denomina en una moneda extranjera.
                        1. 2. Presta o toma prestados fondos, si los importes correspondientes se establecen a cobrar o pagar en una moneda extranjera.
                          1. 3. Adquiere o dispone de activos, o bien, incurre, transfiere o liquida pasivos, siempre que estas transacciones se hayan denominado en moneda extranjera.
                        2. Toda transacción en moneda extranjera debe reconocerse inicialmente en la moneda de registro aplicando el tipo de cambio histórico a la fecha de la transacción. La moneda de registro puede ser o no la moneda funciona
                          1. Reconocimiento Inicial
                            1. Reconocimiento posterior
                              1. Una diferencia en cambios surge cuando se tienen partidas monetarias como consecuencia de una transacción en moneda extranjera, y se produce una variación en el tipo de cambio entre la fecha de la transacción y la fecha de realización.
                            2. Operación extranjera
                              1. Conforme a las NIF particulares relativas a estados financieros consolidados y combinados e inversiones permanentes en acciones, los estados financieros individuales de cada una de las entidades jurídicas, las cuales pueden existir y operar en diferentes entornos económicos y con diferentes monedas, se consolidan, combinan o reconocen con base en el método de participación, para presentarse formando parte de los estados financieros de la entidad económica que integran
                                1. Adquisición de una operación extranjera
                                  1. Los ajustes al valor razonable de los activos y pasivos de la adquirida, como consecuencia de la adquisición de una operación extranjera, deben tratarse como activos y pasivos de dicha operación extranjera. Por lo tanto, deben expresarse en la misma moneda funcional de la operación extranjera y convertirse al tipo de cambio de los activos y pasivos correspondientes
                                  2. Disposición de una operación extranjera
                                    1. El efecto acumulado por conversión relacionado con una operación extranjera, reconocido como una partida integral del capital contable
                                    2. Cumplimiento con Normas de Información Financiera
                                      1. Los estados financieros que hayan sido preparados sobre bases diferentes a Normas de Información Financiera deben ajustarse a éstas antes de su conversión y consolidación.
                                    3. NORMAS DE PRESENTACIÓN
                                      1. Transacciones en moneda extranjera
                                        1. Las diferencias en cambios que se originan en la conversión o realización de partidas monetarias a un tipo de cambio diferente de aquél al que fueron reconocidas inicialmente o informadas en estados financieros previos deben presentarse en el estado de resultados como un componente del resultado integral de financiamiento (RIF).
                                        2. Conversión de la moneda de registro a la funcional
                                          1. La ganancia o pérdida en cambios que surge al convertir las partidas en moneda de registro a la moneda funcional, debe presentarse en el estado de resultados como un componente del resultado integral de financiamiento (RIF).
                                          2. Conversión de la moneda funcional a la de informe
                                            1. Si se dispone parcial o totalmente de una operación extranjera, el efecto acumulado por conversión y su impuesto a la utilidad, que forman parte de la ganancia o pérdida derivada de la disposición parcial o total de dicha operación extranjera, deben reciclarse al estado de resultados en los rubros de otros ingresos y gastos y de impuestos a la utilidad, respectivamente.
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